III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-13652)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Los Predios y Los Hierros, de 87,5 MWp y 79,37 MW de potencia instalada cada uno, y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Valencia".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81643
su viabilidad: 471.478,34 m³ de desmonte, 468.248,79 m³ de terraplén y 3.229,54 m³ de
balance neto. El promotor los justifica en base a las siguientes consideraciones:
– Se ha realizado un importante ajuste de la poligonal del proyecto de manera que
se han excluido las zonas en las que los movimientos de tierras serían de mayor
magnitud, lo que ha permitido también disminuir la superficie total afectada por el
proyecto en un 12,9% respecto de la que fue sometida a información pública. Para ello
se ha realizado un estudio cartográfico de detalle a través de bases topográficas y vuelo
fotogramétrico.
– Los terrenos donde se realizarán los movimientos de tierras o bien son antiguas
canteras y explotaciones mineras, zonas de escombros o antiguas explotaciones
agrícolas abandonadas, así como zonas en las que se ha realizado vertido
descontrolado de residuos, en las que el movimiento de tierras propuesto se asimila, en
muchos casos, a una auténtica restauración de terrenos afectados por actividades
intensivas sobre el terreno, en ocasiones descontroladas (unas 50-60 ha en la zona
central y oeste de la PSFV), o bien parcelas dedicadas a la agricultura intensiva en las
que se han realizado en el pasado sus particulares modificaciones del relieve, con la
creación de terrazas o bancales.
– De los informes recibidos durante el período de información pública y consultas por
parte de los organismos autonómicos de la Generalitat Valenciana con competencias en
materia de medioambiente y política territorial, ninguno de ellos reflejó limitación alguna o
señaló posibles afecciones causadas por los movimientos de tierra propuestos.
– Mínimos impactos ambientales:
● Los movimientos de tierras no se pueden entender como una afección negativa de
los valores naturales, en la medida en la que estos terrenos ya han sido objeto de
transformación intensa mediante actividades humanas previas y el suelo ha sido
removido, alterado y adaptado artificialmente en numerosas ocasiones.
● En desmonte, un 92% de los movimientos de tierra serán de menos de 1 m y
un 98% de menos de 2 m. En terraplén, un 85% de los trabajos estarán por debajo de 1
m y un 95% serán de menos de 2 m. Los trabajos por encima de los 2 m se descartarán
directamente ajustando el proyecto constructivo de ingeniería.
● Los trabajos consistirán en regularizar y suavizar las pendientes en parcelas en las
que se han creado previamente muchas irregularidades (hendiduras, barrancos,
terrazas, pilas de terreno, etc.), de manera que las pendientes resultantes hacia la red de
cauces principales seguirán permitiendo el flujo adecuado de la escorrentía superficial
sin impactos negativos. Se incluye como medida preventiva y en el Programa de
Vigilancia Ambiental el seguimiento de estas zonas, monitoreando la posible formación
de charcas o lodazales por acumulación de agua de lluvia y corrigiendo la formación de
irregularidades en el terreno en el caso de formarse estas.
Las principales afecciones sobre la edafología se producirán, en la fase de
construcción, por el trasiego de maquinaria y la compactación de los terrenos debido a la
ocupación temporal para las zonas auxiliares previstas y por el riesgo potencial de
contaminación por vertidos accidentales de aceites y combustibles. En la fase de
explotación, el principal impacto se debe a la ocupación permanente del suelo. Para
valorar esta afección, en la documentación facilitada por el promotor, se incluyen los
siguientes datos:
– La superficie de suelo ocupada por los recintos en los que se ubicarán los paneles
fotovoltaicos será de 211,36 ha en la PSFV Los Predios y 162,18 ha en la PSFV Los
Hierros.
– El proyecto prevé una zona para instalaciones auxiliares de obra en la PSFV Los
Predios, que se utilizará durante las obras de las dos PSFV, de aproximadamente 18,11
ha (zona de acopio 13,07 ha, zona de residuos 1,34 ha y zona de campamento 3,7 ha).
cve: BOE-A-2023-13652
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81643
su viabilidad: 471.478,34 m³ de desmonte, 468.248,79 m³ de terraplén y 3.229,54 m³ de
balance neto. El promotor los justifica en base a las siguientes consideraciones:
– Se ha realizado un importante ajuste de la poligonal del proyecto de manera que
se han excluido las zonas en las que los movimientos de tierras serían de mayor
magnitud, lo que ha permitido también disminuir la superficie total afectada por el
proyecto en un 12,9% respecto de la que fue sometida a información pública. Para ello
se ha realizado un estudio cartográfico de detalle a través de bases topográficas y vuelo
fotogramétrico.
– Los terrenos donde se realizarán los movimientos de tierras o bien son antiguas
canteras y explotaciones mineras, zonas de escombros o antiguas explotaciones
agrícolas abandonadas, así como zonas en las que se ha realizado vertido
descontrolado de residuos, en las que el movimiento de tierras propuesto se asimila, en
muchos casos, a una auténtica restauración de terrenos afectados por actividades
intensivas sobre el terreno, en ocasiones descontroladas (unas 50-60 ha en la zona
central y oeste de la PSFV), o bien parcelas dedicadas a la agricultura intensiva en las
que se han realizado en el pasado sus particulares modificaciones del relieve, con la
creación de terrazas o bancales.
– De los informes recibidos durante el período de información pública y consultas por
parte de los organismos autonómicos de la Generalitat Valenciana con competencias en
materia de medioambiente y política territorial, ninguno de ellos reflejó limitación alguna o
señaló posibles afecciones causadas por los movimientos de tierra propuestos.
– Mínimos impactos ambientales:
● Los movimientos de tierras no se pueden entender como una afección negativa de
los valores naturales, en la medida en la que estos terrenos ya han sido objeto de
transformación intensa mediante actividades humanas previas y el suelo ha sido
removido, alterado y adaptado artificialmente en numerosas ocasiones.
● En desmonte, un 92% de los movimientos de tierra serán de menos de 1 m y
un 98% de menos de 2 m. En terraplén, un 85% de los trabajos estarán por debajo de 1
m y un 95% serán de menos de 2 m. Los trabajos por encima de los 2 m se descartarán
directamente ajustando el proyecto constructivo de ingeniería.
● Los trabajos consistirán en regularizar y suavizar las pendientes en parcelas en las
que se han creado previamente muchas irregularidades (hendiduras, barrancos,
terrazas, pilas de terreno, etc.), de manera que las pendientes resultantes hacia la red de
cauces principales seguirán permitiendo el flujo adecuado de la escorrentía superficial
sin impactos negativos. Se incluye como medida preventiva y en el Programa de
Vigilancia Ambiental el seguimiento de estas zonas, monitoreando la posible formación
de charcas o lodazales por acumulación de agua de lluvia y corrigiendo la formación de
irregularidades en el terreno en el caso de formarse estas.
Las principales afecciones sobre la edafología se producirán, en la fase de
construcción, por el trasiego de maquinaria y la compactación de los terrenos debido a la
ocupación temporal para las zonas auxiliares previstas y por el riesgo potencial de
contaminación por vertidos accidentales de aceites y combustibles. En la fase de
explotación, el principal impacto se debe a la ocupación permanente del suelo. Para
valorar esta afección, en la documentación facilitada por el promotor, se incluyen los
siguientes datos:
– La superficie de suelo ocupada por los recintos en los que se ubicarán los paneles
fotovoltaicos será de 211,36 ha en la PSFV Los Predios y 162,18 ha en la PSFV Los
Hierros.
– El proyecto prevé una zona para instalaciones auxiliares de obra en la PSFV Los
Predios, que se utilizará durante las obras de las dos PSFV, de aproximadamente 18,11
ha (zona de acopio 13,07 ha, zona de residuos 1,34 ha y zona de campamento 3,7 ha).
cve: BOE-A-2023-13652
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136