III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-13653)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "GR Sisón y GR Avutarda", de 99,99 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 81680

– PSFV Sisón: reubicación de las parcelas ubicadas al sur del arroyo Valdeuceda
por otras al norte, resultando en una superficie total de 160,19 ha.
Ante esta modificación la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, considera que las afecciones a zonas
importantes de aves esteparias siguen persistiendo a pesar de los cambios aportados en
la PSFV Avutarda, por lo que la estima como no compatible con la conservación. Por otro
lado, la modificación de la PSFV Sisón sí es considerada una mejor alternativa, sin
embargo, considera que deberían eliminarse también los módulos ubicados al oeste de
la carretera CM-1002.
El promotor propone tras este informe, nuevas modificaciones:
– PSFV Avutarda: dado que el informe del organismo competente en medio
ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha valora como incompatibles
las parcelas propuestas con la conservación de los valores naturales de la zona, se
modifica la ubicación de las parcelas al oeste de la carretera GU-1057. Esta propuesta
presenta una extensión de 147 ha. Esta nueva configuración no se evaluará en esta
resolución puesto que no se conoce la opinión del organismo competente a esta
ubicación completamente distinta de la versión anterior.
– PSFV Sisón: se aceptan las parcelas de la modificación del día 28 de marzo
de 2023, pero se eliminan aquellas ubicadas al oeste de la carretera CM-1002 de
acuerdo al informe del mencionado organismo. Esta propuesta presenta una extensión
de 130 ha.
El promotor señala, además, que valora el soterramiento de la LAT hasta su
conexión con la infraestructura común de evacuación (la SE «La Cereal promotores»
según la última información que ha proporcionado), siempre que sea técnica y
urbanísticamente viable, consensuando sus características con el órgano competente en
medio ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; sin embargo, como
se ha indicado en el punto 1 de esta resolución, los cambios necesarios para la línea se
desconocen, por lo que deberá realizarse una modificación. Asimismo, se incorporan
nuevas medidas correctoras y compensatorias por parte del promotor que se detallan en
el condicionado de esta resolución.
Por otra parte, el acuerdo alcanzado con diversos promotores de la zona para la
infraestructura de evacuación común, redundará significativamente en la reducción de
los efectos sobre la fauna y también en los efectos sinérgicos.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castila-La Mancha en su informe del día 23 de mayo de 2023 valora positivamente
las últimas modificaciones de la PSFV al considerar que la afección a las especies
esteparias se reduce con la nueva propuesta. La Dirección General de Economía
Circular de la Junta de Comunidades de Castila-La Mancha, en su informe recibido en
esta Dirección General el 29 de mayo de 2023, señala que no puede emitir informe a las
modificaciones propuestas que suponen la afección a nuevas parcelas, dado que
carecen análisis ambiental por parte del promotor, así como del trámite de información
pública y consultas asociado. Considera que el sentido favorable, de las distintas partes
de las PSFV en la declaración de impacto ambiental, solo debería ser de aquellas que se
hayan tramitado correctamente y obtenido informe favorable tanto por la Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad como por la Dirección General de Economía
Circular, ambas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Por ello, como se ha indicado en su punto 1, solo podrán realizarse las actuaciones
comprendidas en las parcelas valoradas positivamente por la Dirección General de
Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en su
primer informe, dentro de las incluidas en la versión aportada por el promotor en el EsIA
y que han sido sometidas a información pública. Las nuevas parcelas en las que la
implantación sería posible según la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad

cve: BOE-A-2023-13653
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Núm. 136