III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-13653)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "GR Sisón y GR Avutarda", de 99,99 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81692
(35) Será necesario mantener toda la red de vaguadas y arroyos estacionales o
permanentes con una zona de reserva para recibir y encauzar las escorrentías y evacuar
eventuales inundaciones.
(36) No se proyectará ni realizará ninguna actuación dentro del dominio público
hidráulico ni su zona de servidumbre (5 m) incluidos cerramientos, salvo que se disponga de
autorización del organismo de cuenca (Confederación Hidrográfica de Tajo). Todas las
actuaciones en zona de policía requieren autorización de ese organismo. En el cruce de los
cursos de agua y vaguadas con los caminos y viales proyectados, se deberán respetar sus
capacidades hidráulicas y calidades hídricas. Se deberán tomar las medidas necesarias
para evitar el incremento del aporte de sólidos a los cauces durante la remoción de los
materiales durante la fase de construcción y su posterior arrastre pluvial.
(37) Se realizará una pantalla vegetal que sirva para preservar el medio perceptual,
a la vez que constituya un corredor natural y zona de refugio para la fauna y contribuya a
reducir el riesgo de colisión de aves contra el vallado. Esta pantalla tendrá una anchura
mínima de 5 m, integrando la vegetación natural existente, en caso de que se presente.
Se deberá presentar un proyecto específico que contemple esta medida para su
aprobación por la delegación provincial, debiendo contemplar el mantenimiento de las
plantaciones hasta su total arraigo.
(38) Se preservarán los elementos del paisaje, linderos, ribazos, pies aislados, que
pudiesen existir, así como aquellos otros elementos que pueden ayudar a mantener la
conectividad territorial.
(39) Se emplearán materiales y colores que permitan la integración paisajística de
las instalaciones en el entorno, así como el uso de materiales opacos para evitar
destellos y reflejos en las diferentes infraestructuras y edificaciones proyectadas, así
como tratar los módulos con un tratamiento químico anti reflectante para impedir su
excesiva visibilidad desde puntos alejados.
(40) Se procederá a la restauración paisajística de cualquier zona del entorno
afectada durante la fase de obra y no necesaria para el normal funcionamiento de la
explotación. Se elaborará un plan de restauración paisajística, que se tendrá que
implementar al finalizar las obras, donde se recojan de una manera pormenorizada las
actuaciones de instalación y mantenimiento de la plantación de la pantalla perimetral
interior y las teselas de vegetación del interior de la PSFV.
(41) Específicamente en el ámbito de la PSFV Sisón y línea de evacuación, se
establecerá un área de exclusión de actuaciones (5 m de radio desde el borde de los
restos) en torno a los elementos: Navajo del Piojoso, Hitos Los Salgares, según indica el
organismo competente.
(42) Se deberá contar con la aprobación del órgano competente en materia de
patrimonio cultural y arqueológico, así como cumplir con lo que dicho organismo
condicione. Cualquier modificación deberá comunicarse y contar con su autorización.
(43) En todo el ámbito ocupado por todas las infraestructuras del proyecto se
llevará a cabo un control arqueológico intensivo de los movimientos de tierras durante la
ejecución del proyecto de construcción.
(44) En su caso, en las localizaciones donde se produzca interferencia entre apoyos y
yacimientos tanto catalogados como inéditos se realizará el desbroce superficial mecánico
con limpieza manual. Cuando las líneas sobrevuelen los yacimientos se deberán balizar y
quedar señalizados correctamente en los planos de obra.
(45) En relación a los yacimientos de carácter inédito, se deberán recoger los
restos materiales y se procesarán con descripciones detalladas.
(46) En caso de nuevos descubrimientos o modificación de la información de los
yacimientos existentes, se deberán realizar un inventariado, descripción y digitalización.
Se comunicará al órgano competente para la adopción de nuevas medidas si fuera
necesario.
(47) En relación a las VVPP afectadas, es preceptivo disponer de la autorización de
ocupación o cruce correspondiente.
cve: BOE-A-2023-13653
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81692
(35) Será necesario mantener toda la red de vaguadas y arroyos estacionales o
permanentes con una zona de reserva para recibir y encauzar las escorrentías y evacuar
eventuales inundaciones.
(36) No se proyectará ni realizará ninguna actuación dentro del dominio público
hidráulico ni su zona de servidumbre (5 m) incluidos cerramientos, salvo que se disponga de
autorización del organismo de cuenca (Confederación Hidrográfica de Tajo). Todas las
actuaciones en zona de policía requieren autorización de ese organismo. En el cruce de los
cursos de agua y vaguadas con los caminos y viales proyectados, se deberán respetar sus
capacidades hidráulicas y calidades hídricas. Se deberán tomar las medidas necesarias
para evitar el incremento del aporte de sólidos a los cauces durante la remoción de los
materiales durante la fase de construcción y su posterior arrastre pluvial.
(37) Se realizará una pantalla vegetal que sirva para preservar el medio perceptual,
a la vez que constituya un corredor natural y zona de refugio para la fauna y contribuya a
reducir el riesgo de colisión de aves contra el vallado. Esta pantalla tendrá una anchura
mínima de 5 m, integrando la vegetación natural existente, en caso de que se presente.
Se deberá presentar un proyecto específico que contemple esta medida para su
aprobación por la delegación provincial, debiendo contemplar el mantenimiento de las
plantaciones hasta su total arraigo.
(38) Se preservarán los elementos del paisaje, linderos, ribazos, pies aislados, que
pudiesen existir, así como aquellos otros elementos que pueden ayudar a mantener la
conectividad territorial.
(39) Se emplearán materiales y colores que permitan la integración paisajística de
las instalaciones en el entorno, así como el uso de materiales opacos para evitar
destellos y reflejos en las diferentes infraestructuras y edificaciones proyectadas, así
como tratar los módulos con un tratamiento químico anti reflectante para impedir su
excesiva visibilidad desde puntos alejados.
(40) Se procederá a la restauración paisajística de cualquier zona del entorno
afectada durante la fase de obra y no necesaria para el normal funcionamiento de la
explotación. Se elaborará un plan de restauración paisajística, que se tendrá que
implementar al finalizar las obras, donde se recojan de una manera pormenorizada las
actuaciones de instalación y mantenimiento de la plantación de la pantalla perimetral
interior y las teselas de vegetación del interior de la PSFV.
(41) Específicamente en el ámbito de la PSFV Sisón y línea de evacuación, se
establecerá un área de exclusión de actuaciones (5 m de radio desde el borde de los
restos) en torno a los elementos: Navajo del Piojoso, Hitos Los Salgares, según indica el
organismo competente.
(42) Se deberá contar con la aprobación del órgano competente en materia de
patrimonio cultural y arqueológico, así como cumplir con lo que dicho organismo
condicione. Cualquier modificación deberá comunicarse y contar con su autorización.
(43) En todo el ámbito ocupado por todas las infraestructuras del proyecto se
llevará a cabo un control arqueológico intensivo de los movimientos de tierras durante la
ejecución del proyecto de construcción.
(44) En su caso, en las localizaciones donde se produzca interferencia entre apoyos y
yacimientos tanto catalogados como inéditos se realizará el desbroce superficial mecánico
con limpieza manual. Cuando las líneas sobrevuelen los yacimientos se deberán balizar y
quedar señalizados correctamente en los planos de obra.
(45) En relación a los yacimientos de carácter inédito, se deberán recoger los
restos materiales y se procesarán con descripciones detalladas.
(46) En caso de nuevos descubrimientos o modificación de la información de los
yacimientos existentes, se deberán realizar un inventariado, descripción y digitalización.
Se comunicará al órgano competente para la adopción de nuevas medidas si fuera
necesario.
(47) En relación a las VVPP afectadas, es preceptivo disponer de la autorización de
ocupación o cruce correspondiente.
cve: BOE-A-2023-13653
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136