III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-13653)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "GR Sisón y GR Avutarda", de 99,99 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81691
– Rehabilitación y mantenimiento de las colonias de cría existentes.
– Posibilidades de empleo de hacking en zonas coordinadas con el órgano
competente.
(25) En caso de que exista un tendido eléctrico aéreo, se llevarán a cabo medidas
correctoras anti-electrocución de aplicación, según el Real Decreto 1432/2008, de 29 de
diciembre, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la
colisión y electrocución en líneas eléctricas aéreas de alta tensión. Además, se deberán
aplicar las condiciones técnicas generales establecidas en el Decreto 5/1999, de 2 de
febrero, por el que se establecen normas para instalaciones eléctricas aéreas de alta
tensión y líneas en baja tensión con fines de protección de la avifauna. Para los tramos
de línea que queden aéreos se instalarán salvapájaros adecuados.
(26) Se delimitarán las zonas de actuación, obra y zonas auxiliares de forma previa
para minimizar el movimiento de maquinaria y personal.
(27) En caso de ser necesarias zonas de acopio de materiales, estas se dispondrán
de forma que ocupen la menor superficie posible y, preferentemente, en zonas
desprovistas de vegetación natural. Las zonas de acopio de materiales deberán estar
correctamente impermeabilizadas para evitar riesgos de infiltración y contaminación,
además de asegurar pérdidas por desbordamiento.
(28) Se adoptarán medidas para evitar fenómenos erosivos y pérdida de suelo por
movimiento de tierras en la fase de ejecución del proyecto y de explotación.
(29) Se minimizarán los movimientos de tierra. Se seleccionarán los paneles que
supongan la menor excavación y ocupación del suelo, utilizando preferiblemente
módulos anclados mediante hincado de perfiles metálicos al suelo. En el caso de ser
necesarios (enterramiento de líneas de media tensión, etc.), una vez realizados los
trabajos deberá restituirse en la medida de lo posible la morfología y estructura natural
del terreno original, favoreciendo así la recuperación de la vegetación natural existente
previamente a dicha actuación.
(30) En el relleno superficial de las zanjas se utilizará el mismo material
previamente retirado para permitir la nueva colonización por las especies típicas de dicho
hábitat a través del propio banco de semillas.
(31) Se realizará un exhaustivo control de todos los residuos generados
asegurando su adecuada gestión. Se procederá a la limpieza general de las áreas
afectadas, retirando las instalaciones temporales, los restos de residuos y los
escombros, que se depositarán en vertederos controlados e instalaciones adecuadas
para su tratamiento.
(32) En la medida en que sea técnicamente posible, se deberá respetar la orografía
natural del terreno, sin efectuar movimientos de tierras para la explanación/nivelación de
la superficie en la que se dispongan las estructuras portantes de las placas solares, y
evitar la retirada/eliminación de la capa superficial, de modo que se salvaguarde el
horizonte edáfico existente y sus posibles usos tras la finalización del proyecto.
Los primeros cm de suelo vegetal se retirarán y se acopiarán en cordones
longitudinalmente y de altura máxima 2 m. Se utilizarán posteriormente en las labores de
restauración de taludes y zonas auxiliares, no pudiéndose vender ni considerar residuo.
(33) Con anterioridad a la finalización de la vida útil o del plazo autorizado para la
explotación del proyecto, el promotor presentará al órgano sustantivo un proyecto de
desmantelamiento de la totalidad de sus componentes, incluyendo la gestión de los
residuos generados, y los trabajos para la completa restitución geomorfológica y edáfica
posibilitando el restablecimiento del paisaje y uso original de todos los terrenos afectados
por el proyecto.
(34) En cuanto a la iluminación, se contemplará la reducción del número de
luminarias al mínimo imprescindible, el uso de sistemas de iluminación de más alta
eficiencia, la regulación del encendido y la intensidad a la demanda real, evitando la
proyección de la luz directa hacia el cielo, o proyecciones que supongan reflejos, y
empleando lámparas que minimicen la atracción de invertebrados, como lepidópteros.
cve: BOE-A-2023-13653
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81691
– Rehabilitación y mantenimiento de las colonias de cría existentes.
– Posibilidades de empleo de hacking en zonas coordinadas con el órgano
competente.
(25) En caso de que exista un tendido eléctrico aéreo, se llevarán a cabo medidas
correctoras anti-electrocución de aplicación, según el Real Decreto 1432/2008, de 29 de
diciembre, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la
colisión y electrocución en líneas eléctricas aéreas de alta tensión. Además, se deberán
aplicar las condiciones técnicas generales establecidas en el Decreto 5/1999, de 2 de
febrero, por el que se establecen normas para instalaciones eléctricas aéreas de alta
tensión y líneas en baja tensión con fines de protección de la avifauna. Para los tramos
de línea que queden aéreos se instalarán salvapájaros adecuados.
(26) Se delimitarán las zonas de actuación, obra y zonas auxiliares de forma previa
para minimizar el movimiento de maquinaria y personal.
(27) En caso de ser necesarias zonas de acopio de materiales, estas se dispondrán
de forma que ocupen la menor superficie posible y, preferentemente, en zonas
desprovistas de vegetación natural. Las zonas de acopio de materiales deberán estar
correctamente impermeabilizadas para evitar riesgos de infiltración y contaminación,
además de asegurar pérdidas por desbordamiento.
(28) Se adoptarán medidas para evitar fenómenos erosivos y pérdida de suelo por
movimiento de tierras en la fase de ejecución del proyecto y de explotación.
(29) Se minimizarán los movimientos de tierra. Se seleccionarán los paneles que
supongan la menor excavación y ocupación del suelo, utilizando preferiblemente
módulos anclados mediante hincado de perfiles metálicos al suelo. En el caso de ser
necesarios (enterramiento de líneas de media tensión, etc.), una vez realizados los
trabajos deberá restituirse en la medida de lo posible la morfología y estructura natural
del terreno original, favoreciendo así la recuperación de la vegetación natural existente
previamente a dicha actuación.
(30) En el relleno superficial de las zanjas se utilizará el mismo material
previamente retirado para permitir la nueva colonización por las especies típicas de dicho
hábitat a través del propio banco de semillas.
(31) Se realizará un exhaustivo control de todos los residuos generados
asegurando su adecuada gestión. Se procederá a la limpieza general de las áreas
afectadas, retirando las instalaciones temporales, los restos de residuos y los
escombros, que se depositarán en vertederos controlados e instalaciones adecuadas
para su tratamiento.
(32) En la medida en que sea técnicamente posible, se deberá respetar la orografía
natural del terreno, sin efectuar movimientos de tierras para la explanación/nivelación de
la superficie en la que se dispongan las estructuras portantes de las placas solares, y
evitar la retirada/eliminación de la capa superficial, de modo que se salvaguarde el
horizonte edáfico existente y sus posibles usos tras la finalización del proyecto.
Los primeros cm de suelo vegetal se retirarán y se acopiarán en cordones
longitudinalmente y de altura máxima 2 m. Se utilizarán posteriormente en las labores de
restauración de taludes y zonas auxiliares, no pudiéndose vender ni considerar residuo.
(33) Con anterioridad a la finalización de la vida útil o del plazo autorizado para la
explotación del proyecto, el promotor presentará al órgano sustantivo un proyecto de
desmantelamiento de la totalidad de sus componentes, incluyendo la gestión de los
residuos generados, y los trabajos para la completa restitución geomorfológica y edáfica
posibilitando el restablecimiento del paisaje y uso original de todos los terrenos afectados
por el proyecto.
(34) En cuanto a la iluminación, se contemplará la reducción del número de
luminarias al mínimo imprescindible, el uso de sistemas de iluminación de más alta
eficiencia, la regulación del encendido y la intensidad a la demanda real, evitando la
proyección de la luz directa hacia el cielo, o proyecciones que supongan reflejos, y
empleando lámparas que minimicen la atracción de invertebrados, como lepidópteros.
cve: BOE-A-2023-13653
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136