III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2023-13637)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el IV Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de lucha contra el trabajo no declarado, empleo irregular, el fraude a la Seguridad Social y en materia de formación profesional para el empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81581
primera de los Estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal de la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, aprobados por el Real Decreto 192/2018, de 6 de
abril (BOE de 7 de abril), se han suscrito convenios anuales entre el Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Administración Autonómica de Illes
Baleares, con el mismo objeto que los precedentes.
Así, en fechas 26 de abril de 2018 y 16 de abril de 2019 se suscriben el I y II
Convenio entre el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la
Administración Autonómica de Illes Balears, de lucha contra el trabajo no declarado, el
empleo irregular, el fraude a la Seguridad Social y en materia de formación profesional
para el empleo.
No obstante, durante los ejercicios 2020 y 2021, y dada la situación extraordinaria
generada por la pandemia de COVID-19, no se procedió a la firma y consecución del
consiguiente convenio, posponiéndose su suscripción hasta el 2022.
En el año 2022, tras la superación de la situación vivida en los periodos precedentes
motivada por la pandemia, junto con la plena recuperación de la normalidad, se reactivó la
cooperación entre la Comunidad Autónoma de Illes Baleares y el Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en su afán de continuar luchando de forma
coordinada, contra la lacra que suponen el trabajo no declarado, el empleo irregular y el
fraude a la seguridad social, poniendo en marcha el que sería el III Convenio, cuyos buenos
resultados justifican la firma, consecución y puesta en marcha, del presente IV Convenio.
En todos los convenios citados, las actuaciones inspectoras a realizar por los
inspectores y subinspectores desplazados desde otros territorios han consistido en el
control del trabajo no declarado, las modalidades de contratación utilizadas,
especialmente las temporales y de duración determinada, el contrato a tiempo parcial, de
acuerdo con las previsiones legales y convencionales en la materia, el control de la
correcta cotización a la Seguridad Social y de los incumplimientos en la aplicación y
destino de ayudas y subvenciones para el fomento de empleo y formación profesional
para el empleo. Estas actuaciones se intensifican en 2023, en un mayor control del
fraude en la contratación laboral dirigida a la conversión, en su caso, a la contratación
indefinida y otras irregularidades en la contratación temporal, así como las actuaciones
dirigidas a comprobar irregularidades en el tiempo de trabajo y trabajo a tiempo parcial.
Atendiendo a la necesidad de continuar con las actuaciones inspectoras que se han
llevado a cabo en virtud de los anteriores convenios y que han permitido alcanzar los
objetivos previstos en los planes anuales de objetivos de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social (en adelante ITSS), y en cumplimiento de las medidas establecidas en
el vigente Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023
aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2021, ambas
partes manifiestan un interés mutuo en el mantenimiento de las actividades reguladas en
tales convenios, suscribiendo un nuevo convenio para 2023.
ll
La tramitación de este convenio ha cumplido los trámites preceptivos que preceden a
su firma.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto definir los términos de la colaboración entre el
Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las
Consejerías de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y de Hacienda y Relaciones
Exteriores y sus organismos dependientes, de Illes Balears, en materia de lucha contra la
cve: BOE-A-2023-13637
Verificable en https://www.boe.es
En virtud de lo dispuesto anteriormente, las partes acuerdan suscribir el presente
convenio de conformidad con las siguientes
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81581
primera de los Estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal de la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, aprobados por el Real Decreto 192/2018, de 6 de
abril (BOE de 7 de abril), se han suscrito convenios anuales entre el Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Administración Autonómica de Illes
Baleares, con el mismo objeto que los precedentes.
Así, en fechas 26 de abril de 2018 y 16 de abril de 2019 se suscriben el I y II
Convenio entre el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la
Administración Autonómica de Illes Balears, de lucha contra el trabajo no declarado, el
empleo irregular, el fraude a la Seguridad Social y en materia de formación profesional
para el empleo.
No obstante, durante los ejercicios 2020 y 2021, y dada la situación extraordinaria
generada por la pandemia de COVID-19, no se procedió a la firma y consecución del
consiguiente convenio, posponiéndose su suscripción hasta el 2022.
En el año 2022, tras la superación de la situación vivida en los periodos precedentes
motivada por la pandemia, junto con la plena recuperación de la normalidad, se reactivó la
cooperación entre la Comunidad Autónoma de Illes Baleares y el Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en su afán de continuar luchando de forma
coordinada, contra la lacra que suponen el trabajo no declarado, el empleo irregular y el
fraude a la seguridad social, poniendo en marcha el que sería el III Convenio, cuyos buenos
resultados justifican la firma, consecución y puesta en marcha, del presente IV Convenio.
En todos los convenios citados, las actuaciones inspectoras a realizar por los
inspectores y subinspectores desplazados desde otros territorios han consistido en el
control del trabajo no declarado, las modalidades de contratación utilizadas,
especialmente las temporales y de duración determinada, el contrato a tiempo parcial, de
acuerdo con las previsiones legales y convencionales en la materia, el control de la
correcta cotización a la Seguridad Social y de los incumplimientos en la aplicación y
destino de ayudas y subvenciones para el fomento de empleo y formación profesional
para el empleo. Estas actuaciones se intensifican en 2023, en un mayor control del
fraude en la contratación laboral dirigida a la conversión, en su caso, a la contratación
indefinida y otras irregularidades en la contratación temporal, así como las actuaciones
dirigidas a comprobar irregularidades en el tiempo de trabajo y trabajo a tiempo parcial.
Atendiendo a la necesidad de continuar con las actuaciones inspectoras que se han
llevado a cabo en virtud de los anteriores convenios y que han permitido alcanzar los
objetivos previstos en los planes anuales de objetivos de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social (en adelante ITSS), y en cumplimiento de las medidas establecidas en
el vigente Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023
aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2021, ambas
partes manifiestan un interés mutuo en el mantenimiento de las actividades reguladas en
tales convenios, suscribiendo un nuevo convenio para 2023.
ll
La tramitación de este convenio ha cumplido los trámites preceptivos que preceden a
su firma.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto definir los términos de la colaboración entre el
Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las
Consejerías de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y de Hacienda y Relaciones
Exteriores y sus organismos dependientes, de Illes Balears, en materia de lucha contra la
cve: BOE-A-2023-13637
Verificable en https://www.boe.es
En virtud de lo dispuesto anteriormente, las partes acuerdan suscribir el presente
convenio de conformidad con las siguientes