III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2023-13637)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el IV Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de lucha contra el trabajo no declarado, empleo irregular, el fraude a la Seguridad Social y en materia de formación profesional para el empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81580
de convenios y acuerdos de cooperación (BOIB de 29 de noviembre), por delegación de
la Presidenta de las Illes Balears.
De otra parte, doña Carmen Collado Rosique, que interviene como Directora del
Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
nombrada por Real Decreto 802/2021, de 14 de septiembre, (BOE de 15 de septiembre),
en quien recaen las funciones de representación del citado Organismo Estatal, así como
su dirección y gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 de los Estatutos del
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social aprobados por del Real
Decreto 192/2018, de 6 de abril (BOE de 7 de abril), siendo competente para la firma del
presente convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.3.e) de la Ley 23/2015,
de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE
de 22 de julio), y artículo 8.3.g) de los ya citados Estatutos del Organismo Autónomo, todo
ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre).
Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente
convenio y, en su virtud,
EXPONEN
I
La colaboración entre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad
Autónoma de Illes Balears en materia de lucha contra el trabajo no declarado, el fraude a
la Seguridad Social y el empleo irregular se viene materializando desde 2014 en
sucesivos convenios, de duración anual, suscritos entre ambas partes con la principal
finalidad de reforzar la actividad inspectora en aquella comunidad, al objeto de combatir
las distintas formas de fraude laboral, a la Seguridad Social y en materia de empleo,
conductas que perjudican gravemente los derechos de los trabajadores y el
sostenimiento del Sistema de Seguridad Social.
Inicialmente se suscribieron Convenios entre el Gobierno de las Illes Balears y el
Ministerio, entonces de Empleo y Seguridad Social, en materia de lucha contra la economía
sumergida y el trabajo irregular, siendo el primero de ellos de fecha 3 de marzo de 2014 (BOE
de 20 de marzo) y cuyo objeto era definir los términos de la colaboración en dicha materia a
través del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, para dotar a la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears de los recursos necesarios para potenciar y mejorar la eficacia
de los mecanismos de control e intensificar las actuaciones documentales y presenciales en
dicho ámbito como instrumentos de disuasión y de reacción contra conductas que generan
desprotección social de los trabajadores, competencia desleal y evasión de cotizaciones
sociales derivadas de las relaciones laborales.
Mediante Adenda de fecha 15 de septiembre de 2015 (BOE de 22 de enero
de 2016), se amplió el contenido del convenio al objeto de regular los refuerzos
necesarios mediante la incorporación de funcionarios de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social provenientes de otros territorios a determinadas campañas de
inspección, aprobadas en Comisión Operativa Autonómica y programadas y dirigidas por
la Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de las Illes
Balears, así como para determinar el régimen de los pagos a efectuar por la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears en concepto de gastos de desplazamiento, manutención,
estancia y alquiler de vehículos destinados a la ejecución de las campañas acordadas.
Debido a los buenos resultados obtenidos, en fechas 24 de mayo de 2016 y 4 de
mayo de 2017 fueron suscritos el II y III Convenio entre el Ministerio de Empleo y
Seguridad Social y la Comunidad Autónoma para la lucha contra el fraude en materia de
trabajo no declarado, empleo irregular, fraude a la Seguridad Social y, en materia de
formación profesional para el empleo (BOE de 13 de junio de 2016 y 17 de junio de 2017).
Tras la constitución de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social como organismo
autónomo el 8 de abril de 2018, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional
cve: BOE-A-2023-13637
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81580
de convenios y acuerdos de cooperación (BOIB de 29 de noviembre), por delegación de
la Presidenta de las Illes Balears.
De otra parte, doña Carmen Collado Rosique, que interviene como Directora del
Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
nombrada por Real Decreto 802/2021, de 14 de septiembre, (BOE de 15 de septiembre),
en quien recaen las funciones de representación del citado Organismo Estatal, así como
su dirección y gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 de los Estatutos del
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social aprobados por del Real
Decreto 192/2018, de 6 de abril (BOE de 7 de abril), siendo competente para la firma del
presente convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.3.e) de la Ley 23/2015,
de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE
de 22 de julio), y artículo 8.3.g) de los ya citados Estatutos del Organismo Autónomo, todo
ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre).
Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente
convenio y, en su virtud,
EXPONEN
I
La colaboración entre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad
Autónoma de Illes Balears en materia de lucha contra el trabajo no declarado, el fraude a
la Seguridad Social y el empleo irregular se viene materializando desde 2014 en
sucesivos convenios, de duración anual, suscritos entre ambas partes con la principal
finalidad de reforzar la actividad inspectora en aquella comunidad, al objeto de combatir
las distintas formas de fraude laboral, a la Seguridad Social y en materia de empleo,
conductas que perjudican gravemente los derechos de los trabajadores y el
sostenimiento del Sistema de Seguridad Social.
Inicialmente se suscribieron Convenios entre el Gobierno de las Illes Balears y el
Ministerio, entonces de Empleo y Seguridad Social, en materia de lucha contra la economía
sumergida y el trabajo irregular, siendo el primero de ellos de fecha 3 de marzo de 2014 (BOE
de 20 de marzo) y cuyo objeto era definir los términos de la colaboración en dicha materia a
través del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, para dotar a la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears de los recursos necesarios para potenciar y mejorar la eficacia
de los mecanismos de control e intensificar las actuaciones documentales y presenciales en
dicho ámbito como instrumentos de disuasión y de reacción contra conductas que generan
desprotección social de los trabajadores, competencia desleal y evasión de cotizaciones
sociales derivadas de las relaciones laborales.
Mediante Adenda de fecha 15 de septiembre de 2015 (BOE de 22 de enero
de 2016), se amplió el contenido del convenio al objeto de regular los refuerzos
necesarios mediante la incorporación de funcionarios de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social provenientes de otros territorios a determinadas campañas de
inspección, aprobadas en Comisión Operativa Autonómica y programadas y dirigidas por
la Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de las Illes
Balears, así como para determinar el régimen de los pagos a efectuar por la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears en concepto de gastos de desplazamiento, manutención,
estancia y alquiler de vehículos destinados a la ejecución de las campañas acordadas.
Debido a los buenos resultados obtenidos, en fechas 24 de mayo de 2016 y 4 de
mayo de 2017 fueron suscritos el II y III Convenio entre el Ministerio de Empleo y
Seguridad Social y la Comunidad Autónoma para la lucha contra el fraude en materia de
trabajo no declarado, empleo irregular, fraude a la Seguridad Social y, en materia de
formación profesional para el empleo (BOE de 13 de junio de 2016 y 17 de junio de 2017).
Tras la constitución de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social como organismo
autónomo el 8 de abril de 2018, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional
cve: BOE-A-2023-13637
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136