III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2023-13583)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, para establecer un marco de cooperación en materia de propiedad industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81187
Esta colaboración está alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 8
y 9, el ODS 8 Trabajo decente y crecimiento económico y el ODS 9 Industria, Innovación
e Infraestructura de la Agenda 2030.
Por todo ello, todas las partes, reconociendo mutuamente su capacidad y su
competencia, acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer los términos de la colaboración entre la
Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., y el Instituto de Fomento de la Región de
Murcia, para difundir la información tecnológica objeto de registro, así como para
promover un mayor y mejor conocimiento, protección y observancia de los derechos de
Propiedad Industrial en la Comunidad Autónoma, y llevando a cabo para ello las
actividades de lucha contra la falsificación de derechos de Propiedad Industrial que se
consideren oportunas.
Segunda.
Obligaciones de la OEPM.
La OEPM se obliga por el presente convenio a la realización de las siguientes
actuaciones:
1. Acreditar mediante el correspondiente certificado al INFO, como Centro Regional
de Información de Propiedad Industrial y dotarlo de un código identificativo.
2. Proporcionar la formación adecuada sobre Propiedad Industrial al personal
designado por el INFO y sobre aquellos aspectos relacionados que permitan mejorar la
competitividad de las empresas regionales. La OEPM facilitará y/o en su caso colaborará
en la realización de actividades de lucha contra la falsificación y de fomento de la
observancia de los derechos de Propiedad Industrial. Asimismo, la OEPM facilitará
información y formación sobre los servicios prestados por la OEPM al personal
designado por el INFO.
3. Suministrar copias o acceso a los materiales o herramientas divulgativos de que
dispone en la actualidad o de aquellos que se elaboren en el futuro.
4. Apoyar a los Centros Regionales de información en los procesos de búsqueda
de documentación, estudios de patentabilidad, solicitud de patentes y establecer un
mecanismo de resolución de dudas directo con los responsables del centro regional.
5. Aplicar un 30% de descuento al precio de los Informes Tecnológicos de Patentes
e Informes de Vigilancia Tecnológica que soliciten los centros incluidos en el ámbito de
aplicación del convenio, de acuerdo con lo previsto en el apartado Segundo de la Orden
IET/1186/2015, de 16 de junio, por la que se establecen los precios públicos de la Oficina
Española de Patentes y Marcas.
Tercera.
Obligaciones del INFO.
1. Designar dentro de su estructura una Unidad encargada de ejecutar el contenido
de este convenio.
2. Divulgar la importancia y utilidad de la propiedad industrial, así como de su
observancia y de la necesidad de lucha contra la falsificación dentro de sus programas
de actividades.
3. Prestar a terceros, servicios relacionados con la información de patentes y de
otros títulos de Propiedad Industrial siempre de conformidad con su propia regulación
cve: BOE-A-2023-13583
Verificable en https://www.boe.es
El INFO se obliga por el presente convenio a la realización de las siguientes
actuaciones:
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81187
Esta colaboración está alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 8
y 9, el ODS 8 Trabajo decente y crecimiento económico y el ODS 9 Industria, Innovación
e Infraestructura de la Agenda 2030.
Por todo ello, todas las partes, reconociendo mutuamente su capacidad y su
competencia, acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer los términos de la colaboración entre la
Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., y el Instituto de Fomento de la Región de
Murcia, para difundir la información tecnológica objeto de registro, así como para
promover un mayor y mejor conocimiento, protección y observancia de los derechos de
Propiedad Industrial en la Comunidad Autónoma, y llevando a cabo para ello las
actividades de lucha contra la falsificación de derechos de Propiedad Industrial que se
consideren oportunas.
Segunda.
Obligaciones de la OEPM.
La OEPM se obliga por el presente convenio a la realización de las siguientes
actuaciones:
1. Acreditar mediante el correspondiente certificado al INFO, como Centro Regional
de Información de Propiedad Industrial y dotarlo de un código identificativo.
2. Proporcionar la formación adecuada sobre Propiedad Industrial al personal
designado por el INFO y sobre aquellos aspectos relacionados que permitan mejorar la
competitividad de las empresas regionales. La OEPM facilitará y/o en su caso colaborará
en la realización de actividades de lucha contra la falsificación y de fomento de la
observancia de los derechos de Propiedad Industrial. Asimismo, la OEPM facilitará
información y formación sobre los servicios prestados por la OEPM al personal
designado por el INFO.
3. Suministrar copias o acceso a los materiales o herramientas divulgativos de que
dispone en la actualidad o de aquellos que se elaboren en el futuro.
4. Apoyar a los Centros Regionales de información en los procesos de búsqueda
de documentación, estudios de patentabilidad, solicitud de patentes y establecer un
mecanismo de resolución de dudas directo con los responsables del centro regional.
5. Aplicar un 30% de descuento al precio de los Informes Tecnológicos de Patentes
e Informes de Vigilancia Tecnológica que soliciten los centros incluidos en el ámbito de
aplicación del convenio, de acuerdo con lo previsto en el apartado Segundo de la Orden
IET/1186/2015, de 16 de junio, por la que se establecen los precios públicos de la Oficina
Española de Patentes y Marcas.
Tercera.
Obligaciones del INFO.
1. Designar dentro de su estructura una Unidad encargada de ejecutar el contenido
de este convenio.
2. Divulgar la importancia y utilidad de la propiedad industrial, así como de su
observancia y de la necesidad de lucha contra la falsificación dentro de sus programas
de actividades.
3. Prestar a terceros, servicios relacionados con la información de patentes y de
otros títulos de Propiedad Industrial siempre de conformidad con su propia regulación
cve: BOE-A-2023-13583
Verificable en https://www.boe.es
El INFO se obliga por el presente convenio a la realización de las siguientes
actuaciones: