III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13589)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Tregmul Trade, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Magda, de 127,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Les Coves de Vinromà, Vilanova d'Alcolea, la Torre d'en Doménec, Benlloc, Alcalà de Xivert, Torreblanca, La Vall d'Alba, Cabanes, Vilafamés, Sant Joan de Moró, Borriol, Castelló de la Plana y Almassora (Castellón).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 81228

El Ayuntamiento de Les Coves de Vinromà manifiesta que las parcelas afectadas por
el proyecto no coinciden con las que se reflejan en el certificado de compatibilidad
urbanística emitido por ese consistorio, por lo que anula por decreto el citado certificado.
Adicionalmente, se manifiesta en contra de la expropiación forzosa de los bienes y
derechos afectados, dado que, en el 71,90 % del suelo afectado por la planta solar
Magda, el promotor no ha suscrito acuerdo con los propietarios de dichas parcelas, que
se oponen al proyecto. Se dio traslado al promotor de la contestación, el cual alega que
el informe de compatibilidad urbanística emitido por el Ayuntamiento sí incluye todas las
parcelas que involucran al proyecto y declara que existe voluntad y compromiso para
llegar a acuerdos con los propietarios y evitar expropiaciones. Se da traslado al
organismo para que muestre su conformidad o reparos, no habiéndose recibido
contestación, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto
en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El Ayuntamiento de Vilanova d’Alcolea se opone a la línea de evacuación a 400 kV
que conecta las subestaciones «SET Magda» con «SET La Plana (REE)». Solicita que
ésta se incorpore a la infraestructura de evacuación existente a 100 metros del trazado
previsto en el proyecto. Asimismo, manifiesta que la línea de evacuación se traza sobre
suelo urbanizable y que es necesario el informe favorable de la Consellería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica de la
Generalitat Valenciana. Por último, considera que el proyecto implicará un impacto
paisajístico no estudiado en profundidad por el promotor y se opone a la declaración de
utilidad pública del proyecto. Se dio traslado al promotor de la contestación, el cual
manifiesta que la infraestructura existente no es compatible con la línea proyectada,
alega que dispone de informes de los organismos competentes que no expresan
incompatibilidad con el proyecto, reitera su voluntad de evitar expropiaciones y se
compromete a presentar informes más detallados en el estudio de integración
paisajística. Se da traslado al organismo para que muestre su conformidad o reparos, no
habiéndose recibido contestación, por lo que se entiende la conformidad del mismo en
virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
El Ayuntamiento de La Torre d’en Domenech se opone a la línea de evacuación
a 400 kV que conecta las subestaciones «SET Magda» con «SET La Plana (REE)», ya
que existe una infraestructura de evacuación en la misma zona sobre el que podría
diseñar la línea. Asimismo, el trazado planificado atraviesa zonas de protección
paisajística y urbanística, por lo que alega incompatibilidad urbanística. Se dio traslado al
promotor de la citada contestación, el cual manifiesta que no es posible aprovechar la
línea existente en el término municipal pero que se plantea compartir el trazado del
proyecto con otros promotores, y que se tendrá en cuenta el Plan General del municipio
respecto a paisaje. Se da traslado al organismo, que se reitera en su disconformidad.
Tras diversos traslados de respuestas entre promotor y organismo, ambos se mantienen
en sus posiciones iniciales.
El Ayuntamiento de Alcalà de Xivert alega que la línea de evacuación a 132 kV es
susceptible de producir impactos ambientales. Se dio traslado al promotor de la citada
contestación, el cual responde que está trabajando para reducir el trazado de línea
de 132 kV, que está considerando el soterramiento de la misma a su paso por el
municipio y que está barajando alternativas para reducir la longitud de la línea de 400 kV
proyectada. Se da traslado de la respuesta al Ayuntamiento, que se ratifica en su
oposición. Tras diversos traslados de respuestas entre promotor y organismo, ambos se
mantienen en sus posiciones iniciales.
El Ayuntamiento de Benlloc muestra su oposición a la instalación fotovoltaica,
alegando que la zona de implantación se encuentra en suelo protegido. En cuanto a la
línea de evacuación, manifiesta que supondrá una barrera para el desarrollo del
municipio desde el punto de vista estratégico y urbanístico. Se traslada la respuesta al
promotor, el cual indica que la línea de evacuación se ha planificado priorizando el suelo
no urbanizable y muestra su voluntad en desplazar la línea hacia el este del casco

cve: BOE-A-2023-13589
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Núm. 135