III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-13579)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Secretaría de Estado de Seguridad, para la realización de actuaciones materiales y técnicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Miércoles 7 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 81171

c) La División de Personal: La gestión del régimen retributivo del personal del
Centro Universitario, así como la de provisión de los puestos de trabajo.
d) La División Económica y Técnica: Las actividades materiales y técnicas
relacionadas con la gestión presupuestaria, la de los ingresos y gastos, la realización de
los cobros y pagos, la gestión de la tesorería, la ejecución del presupuesto y la gestión
administrativa de los expedientes de contratación y gasto.
Tercera.

Compromisos de la Dirección General de la Policía.

1. La Dirección General de la Policía se compromete a ejecutar las actividades
objeto de la presente encomienda y proporcionar y mantener los recursos materiales y
humanos necesarios para llevar a cabo los objetivos fijados en esta encomienda.
2. La División de Formación y Perfeccionamiento se compromete a participar en la
selección de su personal docente para la realización de las actividades formativas del
Centro Universitario.
Cuarta.

Compromisos del Centro Universitario.

El Centro Universitario se compromete a:
a) Aportar una cantidad anual de 50.000 euros para contribuir a sufragar los gastos
que se derivan de la ejecución de la encomienda.
b) Facilitar toda la información pertinente para la correcta ejecución de la
encomienda.
Quinta.

Financiación.

1. La presente encomienda de gestión se ejecutará con los recursos humanos y
medios materiales propios de las respectivas unidades administrativas de los órganos a
quienes se atribuye la realización de las actividades materiales y técnicas referidas en la
cláusula segunda, asumiendo el Centro Universitario de Formación de la Policía
Nacional, O.A., el coste que se deriva de su prestación, que se determina en 50.000
euros anuales.
La imputación presupuestaria de este gasto se realizará con cargo a la
aplicación 16.103.131N.226.99 del presupuesto del Centro Universitario.
La cuantía transferida por el Centro Universitario se ingresará en el Tesoro Público, al
inicio de cada ejercicio presupuestario, y generará crédito en el capítulo presupuestario
que la Dirección General de la Policía determine.
2. Cada una de las prórrogas que pudieran ser acordadas en los términos
contemplados en la cláusula octava, llevarán aparejadas un incremente del coste de la
prestación conforme al IPC determinado para cada ejercicio.
Sexta.

Comisión Mixta de Seguimiento.

− Por parte del Centro Universitario: Por la persona titular de la Dirección del Centro
Universitario, o persona en quien delegue, más dos representantes por ella designados.
− Por parte de la Dirección General de la Policía: Por las personas titulares de la
Subdirección General de Recursos Humanos y Formación, el Gabinete Técnico y la
División Económica y Técnica, o por las personas en quien aquéllas deleguen.
Asimismo, podrán asistir a la reunión de esta Comisión los expertos que se designen
en cada caso por las partes, necesarios para el mejor desarrollo de los correspondientes
trabajos.

cve: BOE-A-2023-13579
Verificable en https://www.boe.es

1. Al objeto de garantizar las actuaciones previstas en esta encomienda y
garantizar su desarrollo integral se crea una Comisión Mixta de Seguimiento, como
mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de los compromisos adquiridos.
2. La Comisión estará integrada: