III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Profesión de Procura. (BOE-A-2023-13586)
Orden PCM/570/2023, de 2 de junio, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la Procura para el año 2023.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81206
Al realizar su solicitud de inscripción, las personas aspirantes deberán cumplimentar
en el formulario los siguientes elementos:
a) Aportar una cuenta de correo electrónico personal e intransferible que servirá
para la realización de la prueba.
b) Comprometerse durante la celebración de la prueba a respetar las normas del
examen, a no consultar en ningún momento textos legales, ni manuales jurídicos, ni
cualquier otro documento o dispositivo electrónico de apoyo, ni servirse del auxilio de
persona alguna, desde el inicio del ejercicio hasta el final del mismo.
c) Elección sobre la expedición del título profesional conforme a lo señalado en el
apartado 16 de esta convocatoria.
Además, las personas aspirantes deberán adjuntar una foto actualizada tamaño
carnet que deberá ser remitida al correo acceso.procura@mjusticia.es, poniendo en el
asunto la palabra «Fotografía». La imagen irá en un archivo JPG que llevará por nombre
el número de DNI, NIE o pasaporte. La no remisión de esta fotografía será causa de
exclusión.
La Dirección General para el Servicio Público de Justicia podrá, en cualquier
momento, requerir a los solicitantes la acreditación de la documentación, si así lo
considerase necesario.
6. Derechos de examen
La participación en la prueba de evaluación será gratuita.
7.
Acceso a personas con discapacidad
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100
deberán solicitar, en el momento de realizar su inscripción, las adaptaciones y ajustes
razonables de tiempo y medios, a fin de asegurar su participación en la evaluación en
condiciones de igualdad, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional
quinta de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, y en el artículo 2.2 del Real
Decreto 775/2011, de 3 de junio.
Dentro del plazo de presentación de solicitudes de inscripción y a través del correo
electrónico acceso.procura@mjusticia.es, se aportará el dictamen técnico facultativo
donde se determine la procedencia de dicha adaptación, emitido por el órgano técnico de
valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática, sino
únicamente en el caso de que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a
realizar, correspondiendo a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia resolver
la procedencia y concreción de la adaptación. Para la adaptación de tiempos adicionales, se
tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de inscripción, la Dirección
General para el Servicio Público de Justicia publicará la lista provisional de las personas
aspirantes admitidas y excluidas a la prueba de aptitud, que podrá consultarse en la
página web del Ministerio de Justicia (https://mjusticia.gob.es), apartado «Empleo
Público y acceso a profesiones-Acceso a la profesión de la Procura».
En la lista provisional de las personas aspirantes excluidas se hará constar la causa
de la exclusión.
cve: BOE-A-2023-13586
Verificable en https://www.boe.es
8. Admisión de las personas aspirantes
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81206
Al realizar su solicitud de inscripción, las personas aspirantes deberán cumplimentar
en el formulario los siguientes elementos:
a) Aportar una cuenta de correo electrónico personal e intransferible que servirá
para la realización de la prueba.
b) Comprometerse durante la celebración de la prueba a respetar las normas del
examen, a no consultar en ningún momento textos legales, ni manuales jurídicos, ni
cualquier otro documento o dispositivo electrónico de apoyo, ni servirse del auxilio de
persona alguna, desde el inicio del ejercicio hasta el final del mismo.
c) Elección sobre la expedición del título profesional conforme a lo señalado en el
apartado 16 de esta convocatoria.
Además, las personas aspirantes deberán adjuntar una foto actualizada tamaño
carnet que deberá ser remitida al correo acceso.procura@mjusticia.es, poniendo en el
asunto la palabra «Fotografía». La imagen irá en un archivo JPG que llevará por nombre
el número de DNI, NIE o pasaporte. La no remisión de esta fotografía será causa de
exclusión.
La Dirección General para el Servicio Público de Justicia podrá, en cualquier
momento, requerir a los solicitantes la acreditación de la documentación, si así lo
considerase necesario.
6. Derechos de examen
La participación en la prueba de evaluación será gratuita.
7.
Acceso a personas con discapacidad
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100
deberán solicitar, en el momento de realizar su inscripción, las adaptaciones y ajustes
razonables de tiempo y medios, a fin de asegurar su participación en la evaluación en
condiciones de igualdad, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional
quinta de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, y en el artículo 2.2 del Real
Decreto 775/2011, de 3 de junio.
Dentro del plazo de presentación de solicitudes de inscripción y a través del correo
electrónico acceso.procura@mjusticia.es, se aportará el dictamen técnico facultativo
donde se determine la procedencia de dicha adaptación, emitido por el órgano técnico de
valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática, sino
únicamente en el caso de que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a
realizar, correspondiendo a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia resolver
la procedencia y concreción de la adaptación. Para la adaptación de tiempos adicionales, se
tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de inscripción, la Dirección
General para el Servicio Público de Justicia publicará la lista provisional de las personas
aspirantes admitidas y excluidas a la prueba de aptitud, que podrá consultarse en la
página web del Ministerio de Justicia (https://mjusticia.gob.es), apartado «Empleo
Público y acceso a profesiones-Acceso a la profesión de la Procura».
En la lista provisional de las personas aspirantes excluidas se hará constar la causa
de la exclusión.
cve: BOE-A-2023-13586
Verificable en https://www.boe.es
8. Admisión de las personas aspirantes