III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Profesión de Procura. (BOE-A-2023-13586)
Orden PCM/570/2023, de 2 de junio, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la Procura para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Miércoles 7 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 81205

Ministerio de Universidades, e inscritos en el Registro Administrativo del Ministerio de
Justicia establecido al efecto, de acuerdo con lo dispuesto con lo dispuesto en el
artículo 8 del Reglamento 775/2011, de 3 de junio.
Las personas aspirantes deberán cumplir este requisito a la fecha en que se realice
la prueba.
c) Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de la
Procura.
Las personas aspirantes deberán cumplir este requisito a la fecha en la que se
realice la prueba.
2. Si en algún momento se tuviera conocimiento de que alguna de las personas
aspirantes no cumple los requisitos exigidos en la convocatoria, la Dirección General
para el Servicio Público de Justicia acordará motivadamente su exclusión del proceso,
en virtud de delegación contenida en el artículo 10.j) de la Orden JUS/987/2020, de 20
de octubre, sobre delegación de competencias, previo trámite de audiencia.
Plazo y forma de presentación de las solicitudes de inscripción y documentación

De conformidad con lo establecido en la Orden PCI 1255/2019, de 26 de diciembre, por
la que se establece la obligatoriedad de relacionarse a través de medios electrónicos en las
pruebas de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de las profesiones de
Abogado/a y Procurador/a de los Tribunales, la solicitud de inscripción deberá presentarse
de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https://
sede.mjusticia.gob.es), utilizando Cl@ve como sistema de identificación electrónica por
parte de las personas aspirantes. Los sistemas de identificación y de firma admitidos en
Cl@ve son: DNI-e, certificado electrónico, Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, se podrá determinar una ampliación del plazo de presentación
de solicitudes de inscripción o la cumplimentación y presentación sustitutoria.
El plazo de presentación de solicitudes de inscripción en la evaluación será de
quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Al objeto de simplificar los trámites administrativos que deban realizar los
participantes, éstos podrán autorizar expresamente al Ministerio de Justicia el acceso a
los sistemas de verificación de sus datos de titulación y de identidad en los términos
establecidos en el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la
aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos
administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos
vinculados o dependientes.
Asimismo, se podrá autorizar que la información académica se recabe por el
Ministerio de Justicia directamente de las universidades. Los datos personales serán
tratados conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales.
En el caso de que no se autorice expresamente el acceso a estos datos, el solicitante
deberá marcar el correspondiente recuadro en la solicitud de inscripción y deberá
presentar la documentación acreditativa de la identificación y de estar en posesión del
título de Grado o Licenciado/a en Derecho, o la credencial de homologación, dentro del
plazo de presentación de solicitudes de inscripción, a través del correo electrónico
acceso.procura@mjusticia.es, salvo en el caso del documento acreditativo de la
finalización del máster, que será presentado en un plazo no superior a diez días hábiles
siguientes a la celebración de la prueba.

cve: BOE-A-2023-13586
Verificable en https://www.boe.es

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