I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Servicios sociales. (BOE-A-2023-13538)
Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Miércoles 7 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 80873

obligaciones de los beneficiarios, estándares de calidad que han de asegurarse, las
causas de su pérdida o extinción y los criterios de reintegro de cantidades indebidamente
percibidas.
4. La consejería competente en materia de servicios sociales velará por la
coherencia entre el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales
y su Cartera de Servicios, los instrumentos de planificación y el Mapa de Servicios
Sociales de la Comunidad de Madrid, y el resto de los elementos organizativos.
Artículo 26.

Prestaciones de servicio garantizadas y condicionadas.

1. El Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales incluye
las siguientes prestaciones de servicio garantizadas, sin perjuicio de las que puedan
contemplarse en otras leyes de carácter sectorial y de acuerdo con los términos
establecidos en su normativa reguladora:
a) Los servicios de información, valoración, orientación y asesoramiento.
b) La elaboración del plan individualizado de intervención social, con la
participación y aceptación de los usuarios y tras un diagnóstico social, integrado por
acciones y acompañamiento orientados a fomentar la inclusión personal, social,
educativa y laboral, así como la promoción de la autonomía.
c) La atención inmediata en situaciones de urgencia o emergencia social.
d) Los servicios específicos para la protección social y jurídica de los niños en
situación de riesgo o desamparo y en conflicto social, incluido el cumplimiento de
medidas judiciales de los menores de edad.
e) El reconocimiento y la acreditación de familias numerosas y familias
monoparentales.
f) El seguimiento y la supervisión de adopciones.
g) Los puntos de encuentro familiar.
h) El servicio de apoyo a personas adultas para el ejercicio de su capacidad
jurídica.
i) La protección de las víctimas de violencia de género o trata, así como, en su
caso, de su unidad de convivencia.
j) El reconocimiento de las situaciones de discapacidad y dependencia,
determinando su tipo y grado, a lo largo de todas las etapas de la vida.
k) La atención temprana dirigida a niños de 0 a 6 años, que comprenderá 8 la
prevención, la detección precoz y el diagnóstico.
l) La mediación familiar y comunitaria.
m) La atención o intervención familiar o de la unidad de convivencia.
n) El apoyo psicosocial y la atención psicoeducativa de la infancia y la familia.
ñ) El acompañamiento psicosocial para la integración de las personas adultas con
discapacidad o situación de vulnerabilidad derivada de enfermedad mental.

a) Alojamiento alternativo.
b) Atención diurna o ambulatoria.
c) Atención residencial.

cve: BOE-A-2023-13538
Verificable en https://www.boe.es

2. El Catálogo establece las siguientes prestaciones de servicio condicionadas, sin
perjuicio de otras prestaciones condicionadas complementarias que excepcionalmente
se recojan en la Cartera de Servicios: