III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2023-13518)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de operaciones, en el marco de programas estatales y del tramo estatal de la prioridad Región Ultraperiférica, que se cofinanciarán con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Martes 6 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 80464

Dichas solicitudes serán valoradas, y en su caso, aprobadas por la Autoridad de Gestión.
A este fin se reserva una dotación total de ayuda FSE+ de 24.759.616 euros.
Artículo 4.

Período de ejecución de las operaciones.

1. El gasto derivado de la ejecución de las operaciones seleccionadas en virtud de
la presente convocatoria podrá ser cofinanciado por el FSE+ si el beneficiario ha
incurrido en él y lo ha abonado a partir del 1 de enero de 2021.
2. De conformidad con el artículo 63.6 del Reglamento (UE) 2021/1060, no se
seleccionarán operaciones que hayan concluido materialmente o se hayan ejecutado
íntegramente antes de que el beneficiario presente a la Autoridad de Gestión su solicitud
de financiación, al margen de que el beneficiario haya efectuado todos los pagos
relacionados.
3. La fecha límite de subvencionabilidad del gasto correspondiente a las
operaciones seleccionadas en la presente convocatoria será el 31 de octubre de 2029 y
su reembolso no podrá solicitarse más allá del 31 de diciembre de 2029. No obstante, la
Autoridad de Gestión podrá ampliar el periodo de subvencionabilidad y prorrogar el plazo
de presentación de la última solicitud de reembolso mediante resolución notificada a las
entidades beneficiarias.
Artículo 5.
1.

Dotación financiera.

Programa de Empleo Juvenil.

Categoría de región

Porcentaje
de la dotación
de ayuda FSE+

A. Más desarrolladas (40 % cofinanciación FSE+): Aragón, Cataluña, Madrid,
Navarra y País Vasco.

6,823 %

B. En Transición (60 % cofinanciación FSE+): Asturias, Baleares, Canarias,
Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Murcia.

34,513 %

C. Menos desarrolladas (85 % cofinanciación FSE+): Andalucía, Castilla-La
Mancha, Extremadura, Ceuta y Melilla.

58,665 %

c) El importe total de ayuda del FSE+ solicitado en cada solicitud de financiación
deberá ajustarse necesariamente a los porcentajes de distribución por categoría de
región señalados en la letra precedente, sin perjuicio de la aplicación durante la
ejecución de la operación seleccionada de lo previsto en el segundo párrafo del
artículo 63.3 del Reglamento (UE) 2021/1060.
La no observancia de estos porcentajes en la solicitud de financiación dará lugar a
que ésta no sea tramitada y tenga que ser objeto de subsanación con arreglo al
artículo 10.3 de esta convocatoria.

cve: BOE-A-2023-13518
Verificable en https://www.boe.es

a) La ayuda del FSE+ para el Programa de Empleo Juvenil asciende a la cantidad
de 268.750.000 euros, asignados al Objetivo Específico h).
De esa cantidad, se reserva un 15% en concepto de importe de flexibilidad, con
arreglo al artículo 86.1 párrafo segundo y al artículo 18.5 del Reglamento (UE)
2021/1060.
El importe de flexibilidad sólo se asignará de manera definitiva a las operaciones
seleccionadas una vez se haya adoptado la decisión de la Comisión Europea a raíz de la
revisión intermedia del Programa que se realizará en 2025 según lo previsto en el
artículo 18.5 del Reglamento (UE) 2021/1060.
b) La ayuda del FSE+ anteriormente señalada se distribuye de la siguiente forma
según las categorías de regiones establecidas por la normativa de la Unión Europea
aplicable: