III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2023-13425)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, sobre la integración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia a través del número telefónico 112.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79796
para su efectiva transmisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que
tengan competencia territorial y funcional para intervenir, de conformidad con cuanto se
establece en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad.
Cuarta.
Compromisos del Ministerio del Interior.
Al objeto de analizar y canalizar de manera adecuada y eficaz las demandas
efectuadas por los ciudadanos cuando se refieran al ámbito competencial de las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el Centro del Servicio de Atención de Llamadas
de Urgencia, habrá una representación permanente de la Policía Nacional y del Cuerpo
de la Guardia Civil.
Dentro de la estructura de funcionamiento del Centro 112, estos cuerpos forman
parte de los denominados Técnicos Sectoriales.
Los mismos dependen orgánicamente de sus respectivas instituciones, y
funcionalmente de la Junta de Extremadura, excepto durante su jornada de trabajo en el
Centro 112, que se encuentran bajo el mando funcional del Jefe de sala en lo que a
disciplina interna de la Sala de Coordinación se refiere.
Las funciones que les corresponden son las siguientes:
a) Resolver las consultas de su ámbito de competencia.
b) Realizar las labores de enlace con sus instituciones.
c) Ejecutar los protocolos que se hayan pactado previamente con las diferentes
instituciones y resolver en el caso de los incidentes no protocolizados.
d) Realizar el seguimiento del incidente, verificando la asistencia y recabando la
información, de retorno, necesaria para el funcionamiento del Centro 112
e) Actualizar y mantener las bases de datos de su sector.
El Ministerio del Interior proporcionará el personal, tanto de la Guardia Civil como de
la Policía Nacional, seleccionando al más idóneo con relación a las condiciones
requeridas para los puestos.
El Ministerio del Interior efectuará las aportaciones técnicas necesarias para la
integración en el sistema de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Compromisos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Comunidad Autónoma de Extremadura proveerá y dotará la correspondiente
estructura técnica al Centro del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia a través
del número telefónico 112, realizando un seguimiento de las intervenciones en tiempo
real, gracias al registro, entre otros datos, de los tiempos de servicio.
Toda la actividad que se realice en la Sala de Coordinación deberá quedar
registrada, tanto por el registro informático de los datos relativos a los incidentes y su
atención, como mediante la grabación de las conversaciones de voz, tanto de las
comunicaciones por teléfono como por radio.
Ambos tipos de registros deberán contar con las correspondientes copias de
seguridad. El sistema de realización de copias de seguridad, independientemente de la
duplicidad de los sistemas que están previstos en la plataforma tecnológica, se realizará
de acuerdo a una instrucción que se emitirá y que incluirá forma, soporte, responsable y
periodicidad.
Se crean dos ficheros complementarios automatizados de carácter personal en el
Centro 112 cuya finalidad es la de recoger y guardar los datos necesarios para la
actividad del servicio y control de la misma.
El primer fichero será de datos alfanuméricos y contendrá los datos de actividad del
servicio y los necesarios para su gestión.
El segundo fichero será de voz y contendrá las grabaciones de todas las
comunicaciones de la Sala de Coordinación.
cve: BOE-A-2023-13425
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 133
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79796
para su efectiva transmisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que
tengan competencia territorial y funcional para intervenir, de conformidad con cuanto se
establece en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad.
Cuarta.
Compromisos del Ministerio del Interior.
Al objeto de analizar y canalizar de manera adecuada y eficaz las demandas
efectuadas por los ciudadanos cuando se refieran al ámbito competencial de las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el Centro del Servicio de Atención de Llamadas
de Urgencia, habrá una representación permanente de la Policía Nacional y del Cuerpo
de la Guardia Civil.
Dentro de la estructura de funcionamiento del Centro 112, estos cuerpos forman
parte de los denominados Técnicos Sectoriales.
Los mismos dependen orgánicamente de sus respectivas instituciones, y
funcionalmente de la Junta de Extremadura, excepto durante su jornada de trabajo en el
Centro 112, que se encuentran bajo el mando funcional del Jefe de sala en lo que a
disciplina interna de la Sala de Coordinación se refiere.
Las funciones que les corresponden son las siguientes:
a) Resolver las consultas de su ámbito de competencia.
b) Realizar las labores de enlace con sus instituciones.
c) Ejecutar los protocolos que se hayan pactado previamente con las diferentes
instituciones y resolver en el caso de los incidentes no protocolizados.
d) Realizar el seguimiento del incidente, verificando la asistencia y recabando la
información, de retorno, necesaria para el funcionamiento del Centro 112
e) Actualizar y mantener las bases de datos de su sector.
El Ministerio del Interior proporcionará el personal, tanto de la Guardia Civil como de
la Policía Nacional, seleccionando al más idóneo con relación a las condiciones
requeridas para los puestos.
El Ministerio del Interior efectuará las aportaciones técnicas necesarias para la
integración en el sistema de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Compromisos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Comunidad Autónoma de Extremadura proveerá y dotará la correspondiente
estructura técnica al Centro del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia a través
del número telefónico 112, realizando un seguimiento de las intervenciones en tiempo
real, gracias al registro, entre otros datos, de los tiempos de servicio.
Toda la actividad que se realice en la Sala de Coordinación deberá quedar
registrada, tanto por el registro informático de los datos relativos a los incidentes y su
atención, como mediante la grabación de las conversaciones de voz, tanto de las
comunicaciones por teléfono como por radio.
Ambos tipos de registros deberán contar con las correspondientes copias de
seguridad. El sistema de realización de copias de seguridad, independientemente de la
duplicidad de los sistemas que están previstos en la plataforma tecnológica, se realizará
de acuerdo a una instrucción que se emitirá y que incluirá forma, soporte, responsable y
periodicidad.
Se crean dos ficheros complementarios automatizados de carácter personal en el
Centro 112 cuya finalidad es la de recoger y guardar los datos necesarios para la
actividad del servicio y control de la misma.
El primer fichero será de datos alfanuméricos y contendrá los datos de actividad del
servicio y los necesarios para su gestión.
El segundo fichero será de voz y contendrá las grabaciones de todas las
comunicaciones de la Sala de Coordinación.
cve: BOE-A-2023-13425
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.