III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-13313)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, por la que se publica el Convenio con la Entidad Pública Empresarial Red.es y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la puesta en marcha de iniciativas de Transformación Digital, vinculadas al PERTE de la nueva economía de la lengua, en el marco del proyecto Valle de la Lengua, «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextgenerationEU».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Sábado 3 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 79537

fomenten el desarrollo y despliegue de servicios digitales, capacidades e infraestructuras
que contribuyan a acelerar los procesos de transformación digital; así como del
desarrollo e impulso de programas, actuaciones y esquemas de gobernanza que
contribuyan a reforzar la cooperación en los procesos de transformación digital de
cualquier sector, y, en particular, en materia de digitalización y empleo masivo de datos,
potenciando su compartición segura entre los ciudadanos, las empresas y las
Administraciones Públicas.
Tercero.
Que, Red.es es una Entidad Pública Empresarial adscrita al Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial, que tiene legalmente encomendadas, con carácter
general, una serie de funciones con el objeto de contribuir al fomento y desarrollo de la
Sociedad de la Información en España en todos los ámbitos de la actividad económica y
social. La Entidad tiene capacidad para celebrar convenios con entidades o instituciones
públicas y privadas, nacionales e internacionales en el ejercicio de las competencias que
tiene atribuidas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 164/2002,
de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial
Red.es.
Cuarto.
Que, la Comunidad Autónoma de La Rioja tiene competencia exclusiva en materia de
ordenación, planificación y fomento del desarrollo económico de la Comunidad
Autónoma, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional, así
como en materia de investigación científica y técnica, en coordinación con la
Administración General del Estado, prestando especial atención a la lengua castellana,
por ser ésta originaria de La Rioja y constituir parte esencial de su cultura, de acuerdo
con el artículo 8, apartado. Uno, números. 4 y 24, de la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de
junio, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de La Rioja.

Que, el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, establece como uno de los
principios generales de actuación de las Administraciones Públicas, el principio de
cooperación, colaboración y coordinación de estas entre sí. A tal efecto, en su capítulo VI
del título preliminar, la ley regula el convenio como instrumento con efectos jurídicos para
la formalización de acuerdos entre Administraciones para un fin común. Asimismo, el
artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre establece que las Administraciones
Públicas, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público.
Por otro lado, para agilizar la acción de las Administraciones Públicas, el Real
Decreto-ley 36/2020 de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha introducido numerosas medidas, ya
sean estos procedimientos de aprobación normativa, de tramitación de convenios,
subvenciones o contratos administrativos, de modo que se reducen plazos y se
flexibilizan determinadas condiciones en el ámbito de la gestión de proyectos ligados al
Plan Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante el Plan de Recuperación).
Se crea una nueva figura de colaboración público-privada: los Proyectos Estratégicos
para la Recuperación y Transformación Económica (en adelante PERTE) para la
ejecución de algunos proyectos tractores emblemáticos contemplados en el Plan de
Recuperación.

cve: BOE-A-2023-13313
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.