I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Titulaciones académicas. (BOE-A-2023-13221)
Real Decreto 405/2023, de 29 de mayo, por el que se actualizan los títulos de la formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma y Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web, de la familia profesional Informática y Comunicaciones, y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 79049

d) Se han establecido los objetivos que se pretenden conseguir identificando
su alcance.
e) Se han determinado las actividades necesarias para el desarrollo del
proyecto.
f) Se han previsto los recursos materiales y personales necesarios para
realizar el proyecto.
g) Se han identificado las necesidades de financiación para la puesta en
marcha del proyecto.
h) Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para su diseño.
i) Se han identificado los aspectos que se deben controlar para garantizar la
calidad del proyecto.
3. Planifica la ejecución del proyecto, determinando el plan de intervención y
la documentación asociada.
Criterios de evaluación:
a) Se han secuenciado las tareas en función de las necesidades de
implementación.
b) Se han determinado los recursos y la logística necesaria para cada tarea.
c) Se han identificado las necesidades de permisos y autorizaciones para
llevar a cabo las tareas.
d) Se han determinado los procedimientos para ejecución de las tareas.
e) Se han identificado los riesgos inherentes a la ejecución del proyecto,
definiendo el plan de prevención de riesgos y los medios necesarios.
f) Se ha planificado la asignación de recursos materiales y humanos según
los tiempos de ejecución.
g) Se ha hecho la valoración económica que da respuesta a las condiciones
de la ejecución del proyecto.
h) Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la ejecución
del proyecto.
4. Define los procedimientos para el seguimiento y control en la ejecución del
proyecto, justificando la selección de variables e instrumentos empleados.
Criterios de evaluación:
a) Se ha definido el procedimiento de evaluación de las actividades o
intervenciones realizadas durante la ejecución del proyecto.
b) Se han definido los indicadores de calidad para realizar la evaluación del
proyecto.
c) Se ha definido el procedimiento para el registro y evaluación de las
incidencias que puedan presentarse durante la ejecución del proyecto.
d) Se ha definido el procedimiento para la solución de las incidencias
registradas.
e) Se ha definido el procedimiento para la gestión y registro de los cambios
en los recursos y en las tareas.
f) Se ha establecido el procedimiento para la participación en la evaluación
de los usuarios y se han elaborado documentos específicos.
g) Se ha establecido un sistema para garantizar el cumplimiento del pliego de
condiciones del proyecto cuando este existe.

cve: BOE-A-2023-13221
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Núm. 132