I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Titulaciones académicas. (BOE-A-2023-13219)
Real Decreto 403/2023, de 29 de mayo, por el que se actualiza el título de la formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural, de la familia profesional Agraria, y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 78933
– Trabajos de mantenimiento en el cauce. Tipos de alteraciones del medio.
Plan de mejora. Evaluación y restauración del hábitat acuático. Obras de
acondicionamiento y mejora. Medidas para aumentar la cobertura y el espacio
vital. Medidas para mejorar la producción de alimento. Medidas para mejorar la
temperatura de las aguas.
– Construcción de los elementos e infraestructuras. Técnicas para reducir los
impactos. Obstáculos a la migración. Pasos y escalas de peces. Implantación.
Esclusas. Represas. Ríos artificiales. Contadores de peces, rejillas, rastrillos y
otros elementos propios de la gestión de cauces.
– Organización de recursos humanos y materiales necesarios para realizar los
trabajos de gestión del cauce.
– Medios, equipos, máquinas y herramientas. Selección. Uso.
– Normativa ambiental, la específica de las actividades que se van a realizar y
de prevención de riesgos laborales.
Organización y supervisión de la ejecución de los trabajos de gestión de la
ribera y de sus instalaciones:
– Especies de la flora de ribera. Plantas invasoras.
– Acceso a las zonas de pesca. Trabajos para facilitar la acción de pesca.
– Elementos e infraestructuras vinculados a la pesca y seguridad de los
usuarios. Características.
– Construcción y mantenimiento de elementos e infraestructuras para la pesca.
Tipos.
– Señalización de los tramos de pesca. Tipos de señales.
– Medios, equipos, máquinas y herramientas. Selección. Uso.
– Normativa ambiental, la específica de las actividades que se van a realizar y
la de prevención de riesgos laborales.
Realización de los trabajos de gestión de la protección del medio fluvial y
lacustre:
– El plan de ordenación de recursos piscícolas. Objetivos generales.
– Planes de gestión. Recopilación de datos. Seguimiento de la evolución de
las poblaciones.
– Vigilancia y detección de impactos sobre ríos y masas de agua. Sistemas,
técnicas y procedimientos. Seguimiento de la evolución de los ríos y masas de
agua. Detección de agresiones.
– Control de especies depredadoras y competidoras. Métodos.
– Detección y control de enfermedades. Notificación y elaboración de informes.
– Organización de recursos humanos y materiales empleados en la gestión y
protección del medio fluvial y lacustre.
– Normativa ambiental, la específica de las actividades que se van a realizar y
la de prevención de riesgos laborales.
Realización del control del aprovechamiento de las especies de aguas
continentales:
– Modalidades y técnicas de pesca. Equipo de pesca y del pescador. Manejo
de un pez tras su captura. Valoración de las capturas. Nociones de fisiografía
fluvial aplicadas a la pesca. Medidas de seguridad en el desplazamiento por el
medio natural.
– Espacios piscícolas. Clasificación. Tramos de pesca.
– Información al usuario.
– Control y seguimiento de la actividad de la pesca. Detección y control del
furtivismo y de otras prácticas ilegales. Procedimiento de denuncia e informe.
cve: BOE-A-2023-13219
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 78933
– Trabajos de mantenimiento en el cauce. Tipos de alteraciones del medio.
Plan de mejora. Evaluación y restauración del hábitat acuático. Obras de
acondicionamiento y mejora. Medidas para aumentar la cobertura y el espacio
vital. Medidas para mejorar la producción de alimento. Medidas para mejorar la
temperatura de las aguas.
– Construcción de los elementos e infraestructuras. Técnicas para reducir los
impactos. Obstáculos a la migración. Pasos y escalas de peces. Implantación.
Esclusas. Represas. Ríos artificiales. Contadores de peces, rejillas, rastrillos y
otros elementos propios de la gestión de cauces.
– Organización de recursos humanos y materiales necesarios para realizar los
trabajos de gestión del cauce.
– Medios, equipos, máquinas y herramientas. Selección. Uso.
– Normativa ambiental, la específica de las actividades que se van a realizar y
de prevención de riesgos laborales.
Organización y supervisión de la ejecución de los trabajos de gestión de la
ribera y de sus instalaciones:
– Especies de la flora de ribera. Plantas invasoras.
– Acceso a las zonas de pesca. Trabajos para facilitar la acción de pesca.
– Elementos e infraestructuras vinculados a la pesca y seguridad de los
usuarios. Características.
– Construcción y mantenimiento de elementos e infraestructuras para la pesca.
Tipos.
– Señalización de los tramos de pesca. Tipos de señales.
– Medios, equipos, máquinas y herramientas. Selección. Uso.
– Normativa ambiental, la específica de las actividades que se van a realizar y
la de prevención de riesgos laborales.
Realización de los trabajos de gestión de la protección del medio fluvial y
lacustre:
– El plan de ordenación de recursos piscícolas. Objetivos generales.
– Planes de gestión. Recopilación de datos. Seguimiento de la evolución de
las poblaciones.
– Vigilancia y detección de impactos sobre ríos y masas de agua. Sistemas,
técnicas y procedimientos. Seguimiento de la evolución de los ríos y masas de
agua. Detección de agresiones.
– Control de especies depredadoras y competidoras. Métodos.
– Detección y control de enfermedades. Notificación y elaboración de informes.
– Organización de recursos humanos y materiales empleados en la gestión y
protección del medio fluvial y lacustre.
– Normativa ambiental, la específica de las actividades que se van a realizar y
la de prevención de riesgos laborales.
Realización del control del aprovechamiento de las especies de aguas
continentales:
– Modalidades y técnicas de pesca. Equipo de pesca y del pescador. Manejo
de un pez tras su captura. Valoración de las capturas. Nociones de fisiografía
fluvial aplicadas a la pesca. Medidas de seguridad en el desplazamiento por el
medio natural.
– Espacios piscícolas. Clasificación. Tramos de pesca.
– Información al usuario.
– Control y seguimiento de la actividad de la pesca. Detección y control del
furtivismo y de otras prácticas ilegales. Procedimiento de denuncia e informe.
cve: BOE-A-2023-13219
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132