III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-13288)
Orden EFP/562/2023, de 18 de mayo, por la que se modifica la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Sábado 3 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 79238

Ministerio y no estén atribuidos a otros órganos o unidades de la Subsecretaría y
la Secretaría General Técnica, con la aprobación y compromiso de gasto.
2.º La aprobación y compromiso de gasto, cuando la cuantía de los contratos
exceda de 12.000.000 de euros, en el ámbito de la Subsecretaría y la Secretaría
General Técnica.».
Siete. La letra a) del apartado 1 del artículo 26 queda redactada en la siguiente
forma:
«a) El reconocimiento de la obligación, la propuesta de pago y la expedición
y aprobación de los documentos contables en todas sus fases, vinculados a los
expedientes de contratación cuyas competencias se encuentren comprendidas en
el ámbito de la Junta de Contratación del Ministerio, y a todos los expedientes de
contratación en los que interviene la Mesa de Contratación como órgano de
asistencia quedando suprimidas las referencias al ejercicio de dichas
competencias a que se refieren los apartados 6.1.b, 7.2.b, 12.1.d, 14.1.b, 23.2.a,
24.2.a y 25.3.b de esta Orden. Se exceptúa de esta competencia la aprobación del
documento contable A de los expedientes de contratación que instrumenten
ayudas en especie, al amparo de la disposición adicional quinta de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.»
Ocho.

El apartado 3 del artículo 26 queda redactado en la siguiente forma:

«3. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica y
Financiera ejercerá, por delegación de la persona titular del Ministerio, las
competencias respecto a los créditos presupuestarios de la Secretaría General de
Formación Profesional relativas al reconocimiento de la obligación, la propuesta de
pago y la expedición y aprobación de los documentos contables en todas sus
fases, vinculado a los expedientes de contratación siguientes:
a) Los que excedan de 12.000.000 de euros.
b) Aquellos cuyas facultades de contratación sean de competencia de la
persona titular de la Secretaría General de Formación Profesional
c) Aquellos cuyas facultades de contratación sean de competencia de la
persona titular del Gabinete Técnico de la Secretaría General de Formación
Profesional.»
Nueve. Se adiciona el apartado 4 al artículo 26 que queda redactado en los
siguientes términos:

cve: BOE-A-2023-13288
Verificable en https://www.boe.es

«4. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica y
Financiera ejercerá, por delegación de la persona titular del Ministerio, las
competencias respecto a los créditos presupuestarios de la Subsecretaría y la
Secretaría General Técnica relativas al reconocimiento de la obligación, la
propuesta de pago y la expedición y aprobación de los documentos contables en
todas sus fases, vinculados a los contratos competencia de la Subsecretaría, y a
los contratos cuya cuantía exceda de 12.000.000 de euros, en el ámbito de la
Subsecretaría y la Secretaría General Técnica.»