III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13168)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas adoptadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia de comercio electrónico, ejercicios 2016, 2017 y 2018.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78156
inmobiliarios o marcas comerciales. El 60% de la información que consta en esas bases con un
contenido específico o de detalle no puede ser asociado a un NIF. En este caso, los datos sin
identificar no se incorporan al indicador de “economía digital”.
2.78. Un sector que ha sido objeto de especial atención ha sido el de los alquileres. La ONIF
rastreó 1.152.404 anuncios de alquiler y realizó estudios de frecuencia con el criterio de la
inserción de más de cinco anuncios en 2016 y 2017. Una aplicación de detalle contiene toda la
información disponible de las capturas y ha sido actualizada en 2018 y 2019. La información
obtenida de la descarga de anuncios fue utilizada para la inclusión de avisos a los contribuyentes
de su obligación de declarar tales ingresos. El seguimiento de la eficacia de los avisos de rentas
por alquileres fue realizado hasta 2016 por el Departamento de Gestión Tributaria. Posteriormente
el Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas continuó el seguimiento, pero la técnica utilizada
difiere y no es posible la comparación de los análisis efectuados.
2.79. La cesión de uso de viviendas con fines turísticos ha sido objeto de una declaración
informativa creada en mayo de 2018. Esta declaración está aportando información de más
calidad, aunque todavía existen algunas dificultades en su implantación entre las plataformas,
debido a su novedad.
2.80. La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y del comercio
digital, impone, entre las obligaciones de información general, la comunicación de los datos que
permitan la identificación del prestador de servicios y, en concreto, del número de identificación
fiscal. La obligación de identificación está prevista de la Directiva 2000/31/CE. El Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, en la actualidad Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, es
competente para verificar el cumplimiento de esta identificación. La AEAT firmó un convenio con el
Ministerio con la finalidad de intercambiar datos que permitieran a la AEAT la identificación de
portales de comercio electrónico y de mejorar la calidad de la información. Tras la primera carga,
no se recibió más información. El resultado obtenido fue la identificación de 204.190
contribuyentes con dominio en el momento de la revisión por este Tribunal y su relación está
incorporada al indicador de “economía digital”. Durante los trabajos de fiscalización, el Servicio de
Planificación y Relaciones confirmó a la ONIF la tramitación en curso de otro convenio con otra
entidad pública que le permita recibir la información relativa a los dominios ".es".
2.82. Otra fuente de información de la Agencia son los requerimientos de información dirigidos a
empresas privadas. A través de requerimientos dirigidos a entidades financieras, la AEAT ha
obtenido información con la que ha desarrollado actuaciones de comprobación que serán tratadas
más adelante.
2.83. En 2017 la ONIF realizó requerimientos dirigidos sobre franquicias de empresas de
paquetería de tres empresas de logística. El criterio de la selección fue la oferta de servicios
específicos identificados como relacionados con el comercio electrónico. En la selección fueron
cve: BOE-A-2023-13168
Verificable en https://www.boe.es
2.81. La AEAT obtuvo información mediante requerimiento de información dirigido a la CNMC,
dadas sus atribuciones respecto al Sistema de Gestión de Datos de Abonado. El requerimiento
enviado tenía una finalidad de identificación de contribuyentes, dada la opacidad de los anuncios
publicados en páginas web, principalmente anuncios de alquiler. Una vez cumplidos los requisitos
exigidos para su remisión, la información fue suministrada. Esta medida posibilitó la identificación
de 106.569 contribuyentes en 2017. Esta información fue tratada e incorporada a los 136.601
mensajes dirigidos a propietarios de inmuebles en ese año por la AEAT. La información
proporcionada por la CNMC no es actualizada y el número total de abonados desde la remisión de
esta información hasta el segundo semestre de 2019 aumentó en 2.663.631, según datos
extraídos de la página web de la CNMC.
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78156
inmobiliarios o marcas comerciales. El 60% de la información que consta en esas bases con un
contenido específico o de detalle no puede ser asociado a un NIF. En este caso, los datos sin
identificar no se incorporan al indicador de “economía digital”.
2.78. Un sector que ha sido objeto de especial atención ha sido el de los alquileres. La ONIF
rastreó 1.152.404 anuncios de alquiler y realizó estudios de frecuencia con el criterio de la
inserción de más de cinco anuncios en 2016 y 2017. Una aplicación de detalle contiene toda la
información disponible de las capturas y ha sido actualizada en 2018 y 2019. La información
obtenida de la descarga de anuncios fue utilizada para la inclusión de avisos a los contribuyentes
de su obligación de declarar tales ingresos. El seguimiento de la eficacia de los avisos de rentas
por alquileres fue realizado hasta 2016 por el Departamento de Gestión Tributaria. Posteriormente
el Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas continuó el seguimiento, pero la técnica utilizada
difiere y no es posible la comparación de los análisis efectuados.
2.79. La cesión de uso de viviendas con fines turísticos ha sido objeto de una declaración
informativa creada en mayo de 2018. Esta declaración está aportando información de más
calidad, aunque todavía existen algunas dificultades en su implantación entre las plataformas,
debido a su novedad.
2.80. La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y del comercio
digital, impone, entre las obligaciones de información general, la comunicación de los datos que
permitan la identificación del prestador de servicios y, en concreto, del número de identificación
fiscal. La obligación de identificación está prevista de la Directiva 2000/31/CE. El Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, en la actualidad Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, es
competente para verificar el cumplimiento de esta identificación. La AEAT firmó un convenio con el
Ministerio con la finalidad de intercambiar datos que permitieran a la AEAT la identificación de
portales de comercio electrónico y de mejorar la calidad de la información. Tras la primera carga,
no se recibió más información. El resultado obtenido fue la identificación de 204.190
contribuyentes con dominio en el momento de la revisión por este Tribunal y su relación está
incorporada al indicador de “economía digital”. Durante los trabajos de fiscalización, el Servicio de
Planificación y Relaciones confirmó a la ONIF la tramitación en curso de otro convenio con otra
entidad pública que le permita recibir la información relativa a los dominios ".es".
2.82. Otra fuente de información de la Agencia son los requerimientos de información dirigidos a
empresas privadas. A través de requerimientos dirigidos a entidades financieras, la AEAT ha
obtenido información con la que ha desarrollado actuaciones de comprobación que serán tratadas
más adelante.
2.83. En 2017 la ONIF realizó requerimientos dirigidos sobre franquicias de empresas de
paquetería de tres empresas de logística. El criterio de la selección fue la oferta de servicios
específicos identificados como relacionados con el comercio electrónico. En la selección fueron
cve: BOE-A-2023-13168
Verificable en https://www.boe.es
2.81. La AEAT obtuvo información mediante requerimiento de información dirigido a la CNMC,
dadas sus atribuciones respecto al Sistema de Gestión de Datos de Abonado. El requerimiento
enviado tenía una finalidad de identificación de contribuyentes, dada la opacidad de los anuncios
publicados en páginas web, principalmente anuncios de alquiler. Una vez cumplidos los requisitos
exigidos para su remisión, la información fue suministrada. Esta medida posibilitó la identificación
de 106.569 contribuyentes en 2017. Esta información fue tratada e incorporada a los 136.601
mensajes dirigidos a propietarios de inmuebles en ese año por la AEAT. La información
proporcionada por la CNMC no es actualizada y el número total de abonados desde la remisión de
esta información hasta el segundo semestre de 2019 aumentó en 2.663.631, según datos
extraídos de la página web de la CNMC.