III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13170)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Fundación del Teatro Real, FSP, ejercicios 2018 y 2019.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78273
II.3. ANÁLISIS DE LOS SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN
II.3.1. Control interno de la gestión económico-financiera de la FTR
2.85. En el transcurso de la fiscalización se han puesto de manifiesto algunas deficiencias y
debilidades del control interno en la gestión de la actividad de la Fundación, que se detallan en el
presente epígrafe II.3.1 y se exponen más ampliamente en los epígrafes siguientes relativos a las
distintas áreas de gestión analizadas.
2.86. La FTR no cuenta con un procedimiento escrito que regule el proceso de compra de los
activos desde la orden de compra hasta su activación. Debe señalarse no obstante que, analizada
una muestra representativa del 14,14 % del importe total de compras de los ejercicios 2018 y
2019, en la que se ha examinado la documentación justificativa de todo el proceso, desde que el
departamento ordenante hace una solicitud de compra hasta el registro en contabilidad y el alta en
inventario, se ha comprobado que todas las operaciones han sido soportadas y registradas. Como
regla general se inventarían los elementos de importe de 300 euros o superior, aunque hay
excepciones dependiendo de las características del elemento y del criterio del personal de
administración.
2.87. La gestión del inventario se realiza a través de la aplicación GENIZA por la empresa
propietaria del software. Esta base de datos incorpora a nivel contable información comparable
con el balance de situación (valor de adquisición y amortización), así como la relación y
descripción de los bienes. A nivel logístico incorpora el etiquetado de los bienes (etiqueta física y
virtual, y a medio plazo admitirá el etiquetado RDFI), la ubicación y la comprobación de los
mismos, proponiendo, en su caso, las bajas en el inventario que puedan producirse por pérdidas,
robos, roturas o situaciones análogas. En la conciliación del inventario con la contabilidad se ha
apreciado una diferencia inmaterial de 883,32 euros.
2.88. Como se expondrá más adelante en este Informe al analizar la estructura funcional del
personal de la FTR (ver epígrafe II.3.7), la dotación de efectivos de personal de administración
económica y de la Unidad de apoyo jurídico es insuficiente para la carga de trabajo que asumen,
por lo que la FTR no puede poner en práctica unos adecuados procedimientos de supervisión y de
segregación de funciones, lo que supone la existencia de importantes debilidades de control
interno.
2.89. De igual modo, y como se expondrá más adelante al evaluar los sistemas de información
implantados por la FTR (ver epígrafe II.3.8), la dotación de efectivos de personal del
Departamento de sistemas informáticos es insuficiente para efectuar desarrollos de sistemas
propios, lo que la sitúa en una posición de dependencia excesiva de empresas externas y puede
dar lugar a riesgos relacionados con la seguridad de la información.
2.90. Como se ha señalado en el punto 2.36 de este Informe, los recursos de la Fundación
proceden, en un 25,78 % en 2018 y un 23,03 % en 2019, de los ingresos de patrocinadores. Esta
fuente de financiación es la segunda en importancia, después de los ingresos por venta de
entradas y otros ingresos de la actividad mercantil, superando, por tanto, a la financiación pública
a través de subvenciones. En el ejercicio 2018 los ingresos de patrocinadores aumentaron en un
21 % respecto al ejercicio anterior, como consecuencia de la celebración del Bicentenario.
2.91. La Comisión Ejecutiva aprobó, en su reunión de 29 de mayo de 2017, el Programa de
Patrocinio, en el que se establecen las modalidades de patrocinador en función de su aportación,
distinguiendo las siguientes figuras: a) mecenas (aportación de más de 300.000 euros); b)
patrocinador (por encima de 100.000 euros); c) colaborador (más de 60.000 euros); y d)
cve: BOE-A-2023-13170
Verificable en https://www.boe.es
II.3.2. Convenios de patrocinio
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78273
II.3. ANÁLISIS DE LOS SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN
II.3.1. Control interno de la gestión económico-financiera de la FTR
2.85. En el transcurso de la fiscalización se han puesto de manifiesto algunas deficiencias y
debilidades del control interno en la gestión de la actividad de la Fundación, que se detallan en el
presente epígrafe II.3.1 y se exponen más ampliamente en los epígrafes siguientes relativos a las
distintas áreas de gestión analizadas.
2.86. La FTR no cuenta con un procedimiento escrito que regule el proceso de compra de los
activos desde la orden de compra hasta su activación. Debe señalarse no obstante que, analizada
una muestra representativa del 14,14 % del importe total de compras de los ejercicios 2018 y
2019, en la que se ha examinado la documentación justificativa de todo el proceso, desde que el
departamento ordenante hace una solicitud de compra hasta el registro en contabilidad y el alta en
inventario, se ha comprobado que todas las operaciones han sido soportadas y registradas. Como
regla general se inventarían los elementos de importe de 300 euros o superior, aunque hay
excepciones dependiendo de las características del elemento y del criterio del personal de
administración.
2.87. La gestión del inventario se realiza a través de la aplicación GENIZA por la empresa
propietaria del software. Esta base de datos incorpora a nivel contable información comparable
con el balance de situación (valor de adquisición y amortización), así como la relación y
descripción de los bienes. A nivel logístico incorpora el etiquetado de los bienes (etiqueta física y
virtual, y a medio plazo admitirá el etiquetado RDFI), la ubicación y la comprobación de los
mismos, proponiendo, en su caso, las bajas en el inventario que puedan producirse por pérdidas,
robos, roturas o situaciones análogas. En la conciliación del inventario con la contabilidad se ha
apreciado una diferencia inmaterial de 883,32 euros.
2.88. Como se expondrá más adelante en este Informe al analizar la estructura funcional del
personal de la FTR (ver epígrafe II.3.7), la dotación de efectivos de personal de administración
económica y de la Unidad de apoyo jurídico es insuficiente para la carga de trabajo que asumen,
por lo que la FTR no puede poner en práctica unos adecuados procedimientos de supervisión y de
segregación de funciones, lo que supone la existencia de importantes debilidades de control
interno.
2.89. De igual modo, y como se expondrá más adelante al evaluar los sistemas de información
implantados por la FTR (ver epígrafe II.3.8), la dotación de efectivos de personal del
Departamento de sistemas informáticos es insuficiente para efectuar desarrollos de sistemas
propios, lo que la sitúa en una posición de dependencia excesiva de empresas externas y puede
dar lugar a riesgos relacionados con la seguridad de la información.
2.90. Como se ha señalado en el punto 2.36 de este Informe, los recursos de la Fundación
proceden, en un 25,78 % en 2018 y un 23,03 % en 2019, de los ingresos de patrocinadores. Esta
fuente de financiación es la segunda en importancia, después de los ingresos por venta de
entradas y otros ingresos de la actividad mercantil, superando, por tanto, a la financiación pública
a través de subvenciones. En el ejercicio 2018 los ingresos de patrocinadores aumentaron en un
21 % respecto al ejercicio anterior, como consecuencia de la celebración del Bicentenario.
2.91. La Comisión Ejecutiva aprobó, en su reunión de 29 de mayo de 2017, el Programa de
Patrocinio, en el que se establecen las modalidades de patrocinador en función de su aportación,
distinguiendo las siguientes figuras: a) mecenas (aportación de más de 300.000 euros); b)
patrocinador (por encima de 100.000 euros); c) colaborador (más de 60.000 euros); y d)
cve: BOE-A-2023-13170
Verificable en https://www.boe.es
II.3.2. Convenios de patrocinio