III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13169)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 78201

Los beneficios sociales previstos en la normativa interna de la ANECA son principalmente los de
ayuda al transporte, ayuda a la manutención, cobertura de asistencia sanitaria y medidas de
conciliación entre la vida familiar y laboral. En el cuadro siguiente se detalla, por subconceptos
presupuestarios, el importe destinado a gastos sociales de personal en el ejercicio 2018.
CUADRO Nº 15
GASTOS SOCIALES DE PERSONAL
EJERCICIO 2018
(euros)
Subconcepto

Denominación

2018
Obligaciones
reconocidas Netas
9.885

%
7

16200

Formación y perfeccionamiento del personal

16202

Transporte de personal

33.163

23

16205

Seguros

32.984

23

16209

Otros reconocimientos médicos

8.112

4

13000

Retribuciones básicas personal laboral (gastos de manutención)

61.085

42

12001

Retribuciones básicas funcionarios (gastos de manutención)

642

1

TOTAL

145.871

100

FUENTE: Elaboración propia. Ejecución presupuestaria

Respecto a la ejecución de los diversos beneficios sociales, es necesario realizar las siguientes
consideraciones:
1. La imputación presupuestaria del gasto por manutención se ha registrado en los subconceptos
130.00 “Retribuciones básicas del personal laboral fijo”, y 120.01 “Retribuciones básicas
funcionarios”, por importes de 61.085 Y 642, respectivamente; en vez de en el subconcepto
162.01 “Gastos sociales del personal. Economatos y comedores”, de acuerdo con lo
establecido en la Resolución de 20 de enero de 2014 de la Dirección General de
Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica.
2. Los criterios empleados para la distribución de las ayudas de manutención han sido
estrictamente económicos (retribuciones percibidas), sin haberse tomado en consideración
criterios de carácter laboral, como la jornada laboral; sin embargo, mientras que no existe una
relación directa entre el nivel de retribución y el gasto en comida en horario laboral, si se da
dicha relación directa entre la jornada laboral y el gasto en comida.

Durante el ejercicio 2018 se concedieron anticipos de nómina sobre salarios futuros a dos
trabajadores de la ANECA por un importe total de 5.000 euros. Ambos se concedieron en el mes
de junio (uno por importe de 1.500 euros y un plazo de 6 meses y el otro por 3.500 euros y un
plazo de 18 meses). Asimismo, en marzo se concedió un anticipo sobre la paga extraordinaria ya
devengada por el trabajo ya realizado a un trabajador, por importe de 450 euros, a descontar de la
paga extra del mes de junio de 2018.
El “Manual de procedimiento concesión de anticipos de nómina a la plantilla del Organismo
Autónomo ANECA” aplicable tanto a personal funcionario como personal laboral de la ANECA
preveía la concesión de un máximo de cuatro mensualidades con un plazo máximo de devolución

cve: BOE-A-2023-13169
Verificable en https://www.boe.es

3. La suscripción de una póliza de asistencia sanitaria para el aseguramiento sanitario y dental
del personal es una de las medidas que la Resolución de 28 de julio de 2011 de la Secretaría
de Estado para la Función Pública deja fuera del ámbito de la acción social. Por tanto, la
existencia de estos beneficios sociales ha contravenido lo establecido en el apartado 1 de la
mencionada Resolución.