III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13169)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 78198

Como puede observarse, el promedio anual del periodo medio de pago se ha situado en 20,84
días, por debajo del plazo máximo de 30 días previsto en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de
diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales. No obstante, en los meses de enero, febrero y marzo, la ANECA superó el periodo
de 30 días señalado anteriormente, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el mencionado
artículo 13.6 de la Ley Orgánica 2/2012, el Organismo debió haber elaborado un plan de tesorería
con las medidas oportunas para la reducción de gastos, incremento de ingresos u otras medidas
de gestión de cobros y pagos, que le permitieran generar la tesorería necesaria para la reducción
de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo que fija dicha normativa.
Revisada la evolución de los plazos medios de pago en los meses posteriores, se constata que los
retrasos no se debieron a la ausencia de crédito disponible, ni a restricciones de liquidez, sino a
demoras en la tramitación del procedimiento de registro y conformidad de las facturas.
Personal
En el ejercicio 2018, el importe de las obligaciones reconocidas en el Capítulo 1 “Gastos de
personal” del presupuesto del Organismo ascendió a 4.089.225 euros, lo que supone una
ejecución del 97 % del crédito definitivo de este capítulo1 y el 45 % del total de obligaciones del
presupuesto de gastos.
El mayor gasto se produce en el artículo 13, que recoge las retribuciones del personal laboral,
debido al que un 85 % del personal de la ANECA tiene la condición de laboral “a extinguir”
procedente de la extinta Fundación ANECA. El detalle de las obligaciones reconocidas en
concepto de gastos de personal se recoge, por artículo, en el cuadro siguiente:
CUADRO Nº 13
GASTOS DE PERSONAL DE LA ANECA
Ejercicio 2018
(euros)
Artículo

Descripción

10
12
13
15
16

Altos cargos
Funcionarios
Laborales
Incentivos al rendimiento
Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador

TOTALES

Crédito
Inicial

Crédito
Definitivo

Obligaciones
Reconocidas

56.650
233.890
2.894.380
65.290
958.550

56.650
233.890
2.894.380
65.290
958.550

63.143
180.919
2.872.746
64.236
908.181

4.208.760

4.208.760

4.089.225

Fuente: Elaboración propia. Ejecución presupuestaria

El “personal laboral a extinguir procedente de la Fundación ANECA”, que se rige por el Convenio
de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid, se incorporó como personal del Organismo
“a extinguir” con los mismos derechos y obligaciones que tenía en el momento de la integración de
la fundación, sin que, en ningún caso, este personal haya adquirido la condición de empleado
público.
El “personal laboral indefinido no fijo por sentencia” adquirió esta condición en virtud de la
Sentencia 665/2016, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, de 8 de julio de

cve: BOE-A-2023-13169
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En el ejercicio fiscalizado existían los siguientes tipos de personal dentro del Organismo
Autónomo: personal funcionario, personal laboral a extinguir procedente de la Fundación ANECA,
y personal laboral indefinido no fijo por sentencia.