III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13172)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones desarrolladas por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y por el Ministerio para la Transición Ecológica en relación con el cambio climático, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 78407



El elemento central de buena gobernanza en todas las actuaciones55, reconociendo la
existencia de múltiples agentes y sectores y la necesidad de coordinación en todos los niveles
administrativos territoriales y sectoriales. Para ello, aunque continuaba priorizando los sectores
identificados en el PT2, añadió al ámbito de trabajo la definición de territorios geográficos que
no estaban incluidos explícitamente con anterioridad, concretamente, el medio rural, el medio
urbano y el ámbito insular, poniendo en valor la importancia de la planificación y gestión a nivel
local para minimizar la vulnerabilidad de las ciudades a los impactos del cambio climático.



Asimismo, añadía entre sus medidas la promoción del desarrollo de conocimiento sobre la
contribución de la adaptación a la reducción del riesgo de desastres asociado a fenómenos
climáticos extremos.



En el ámbito de la integración normativa (eje 2), con el enfoque basado en la EEA, contemplaba
la revisión de los marcos normativos comunitarios de sectores vulnerables al cambio climático
y su repercusión en cascada en los niveles normativos nacional, regional y local.



En cuanto a la movilización de actores clave (eje 3), a través de la participación, comunicación
y concienciación, y formación e investigación, el PT3 destaca el programa europeo LIFE56 como
instrumento de financiación de estas acciones, e incorpora acciones de investigación social
para el seguimiento de las percepciones de la sociedad española frente a los impactos, la
vulnerabilidad y la adaptación al cambio climático, otorgando una especial atención a la
integración de la adaptación en el sector privado, facilitando su participación en procesos de
análisis de riesgos y vulnerabilidad a los efectos del cambio climático.



Por último, respecto al sistema de indicadores de impacto, vulnerabilidad y adaptación, el PT3
señalaba que se continuaría con los trabajos previos iniciados en el contexto del anterior
programa de trabajo, dirigidos a alinear el sistema español de indicadores con el europeo,
contemplado en el análisis llevado a cabo por la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA)
en 201257.

El PT3 contenía hasta 115 acciones de ámbito sectorial. Sin embargo, continuaba con las debilidades
manifestadas anteriormente para el PT2, careciendo de concreción en todos los aspectos relativos a
los recursos y financiación de cada actividad, la identificación de las unidades administrativas que
desarrollarían cada una de ellas, y los grupos de interés. En cuanto al calendario de desarrollo, el PT3
se limitaba a establecer que su alcance se extendía hasta el año 2020, señalando que las acciones y
líneas de trabajo se llevarían “a cabo de forma continua y siguiendo la secuencia lógica del ciclo de la
adaptación, condicionado a los recursos públicos y privados, europeos y nacionales que se canalicen
para su desarrollo”.

55

Incorpora en este sentido acciones de coordinación inter e intra administraciones, de participación de los agentes más
relevantes, de promoción de asociaciones y partenariados; y de comunicación, formación, concienciación y sensibilización
en materia de adaptación.
56

Instrumento de financiación previsto en Reglamento nº 1293/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo para el Marco
Financiero Plurianual 2014-2020 que, dentro del Subprograma de Acción por el Clima, incluye entre sus líneas el Área
Prioritaria de la Gobernanza (a través de sensibilización, comunicación y difusión de la información.
57

“Climate change, impacts and vulnerability in Europe 2012. An indicator-based report” (AEMA).

58

El segundo PNACC 2021-2030, ha sido aprobado por el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 22 de septiembre de 2020.

cve: BOE-A-2023-13172
Verificable en https://www.boe.es

En cuanto a su seguimiento, el PT3 establecía la emisión de dos informes, el primero en 2017 (cuarto
informe de seguimiento del PNACC) y el segundo en 2020 (quinto informe de seguimiento),
coincidiendo con el final de su vigencia y de todos los instrumentos de planificación de nivel europeo.
No obstante, finalmente la actuación de la OECC en este sentido se ha materializado en la emisión,
en 2018, del cuarto informe de seguimiento y del informe de evaluación global sobre la implementación
del PNACC-1, emitido en 2019, como paso previo a la aprobación del segundo PNACC (en adelante,
PNACC-2)58. En el epígrafe II.4.1 se detallan los resultados del análisis efectuado sobre las medidas
implementadas y los trabajos de coordinación y el seguimiento llevado a cabo por la OECC para la
ejecución del PT3.