III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13172)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones desarrolladas por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y por el Ministerio para la Transición Ecológica en relación con el cambio climático, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 78406

estudios existentes en dicho momento en el empleo de métodos de “Análisis Coste-Efectividad”
en la materia 51.


Respecto a los propios indicadores de progreso o avance del desarrollo del PNACC-1, el
informe de seguimiento no contiene mención expresa a ninguno de los 8 indicadores que el
PT2 había definido para los ejes 2 y 3, aunque se describen las acciones llevadas a cabo en
relación con dichos ejes.

El tercer informe de seguimiento, emitido en enero de 2014, está referido a los avances en la
implementación del PT2 desde 2011 hasta 2013, así como a la valoración de PT2 en su conjunto,
como paso previo a la publicación del tercer Programa de Trabajo (PT3) de desarrollo del PNACC-1,
que se efectuó también en dicha fecha. Este informe refleja la ejecución del 75 % (35) de las medidas
sectoriales previstas en el PT2 (47), de las que 20 se hallaban iniciadas y 15 finalizadas. A estas
medidas se añaden acciones que fueron realizadas en otros ámbitos sectoriales contemplados en el
PNACC-1, pero que no estaban priorizados en el PT2 (transporte, agroindustria, construcción y
energía) y relacionadas con el eje 3 (movilización de actores clave) y con el pilar 1 (coordinación de
las estrategias de adaptación nacional y autonómicas), entre las que cabe destacar:


La puesta en marcha del proyecto “Iniciativa-ADAPTA”, con el objeto de desarrollar una
metodología de análisis de la vulnerabilidad a los impactos del cambio climático en el sector
privado.



El lanzamiento, en junio de 2013. de la plataforma AdapteCCa, una herramienta web
desarrollada entre 2010 y 2013, para el intercambio de información entre administraciones, así
como abierta al uso público para consulta de información en materia de adaptación (comunidad
científica, asociaciones, empresas, entre otros) y tenía su precedente en la plataforma europea
“Climate Adapt”52. La actuación parte de la propuesta del GTIA al CCPCC quien efectuó la
aprobación de la medida y se ha venido desarrollando por la OECC, en colaboración con la
Fundación Biodiversidad (FB) y en coordinación con las CCAA.



La elaboración de la Estrategia Local de Cambio Climático, como herramienta de apoyo al
diagnóstico e identificación de las medidas de adaptación que a nivel local disminuyen la
vulnerabilidad de las ciudades al impacto del cambio climático, realizada por la Red Española
de Ciudades por el Clima (RECC)53.

El Tercer Programa de Trabajo PT3 fue definido para el periodo 2014-2020, con el fin de adaptar
PNACC-1 a los planteamientos de la Estrategia Europea de Adaptación y alinear su desarrollo con el
horizonte temporal previsto en la misma (2014-2020) 54. Este Programa mantiene la estructura de los
cuatro ejes y los dos pilares recogida en PT2, si bien en su enfoque incorporó como novedades
relevantes:

51

Resultado del proyecto contratado por la OECC, en desarrollo del PNACC, con la Fundación General de la Universidad
Autónoma de Madrid “Evaluación y Revisión de los métodos y herramientas empleados en los estudios de Coste-Beneficio
en materia de Adaptación al Cambio Climático en España”, y reflejado en el Documento técnico de la CMNUCC “Costes y
beneficios de las opciones de adaptación: Una revisión de la literatura existente” (mayo, 2010).
52

Plataforma Europea para la Adaptación, creada por la Comisión Europea y la AEMA.

53

La RECC está integrada en la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y reúne a las ciudades
comprometidas con la sostenibilidad y la protección del clima.
La Estrategia Europea de Adaptación al Cambio Climático (abril, 2013), sentó las bases y principios sobre la política
comunitaria en materia de adaptación. Define tres objetivos y las acciones a desarrollar en cada uno de ellos: el primer
objetivo, promover acciones de adaptación al cambio climático en los Estados miembros (a través del fomento de estrategias
de adaptación nacionales, la aplicación del instrumento de financiación LIFE para la adaptación y la promoción de iniciativas
de adaptación en el ámbito local a través del Pacto de los Alcaldes); el segundo objetivo, la ampliación y difusión del
conocimiento sobre adaptación para apoyo a la toma de decisiones (mediante la colaboración y apoyo a la investigación y
transferencia de conocimientos en esta materia, y mediante el desarrollo del plataforma de difusión y transferencia de
conocimientos Climate-Adapt); y por último, el tercer objetivo, la promoción de la adaptación en sectores vulnerables
(facilitando acciones de adaptación en la Política Agraria Común, Políticas de Cohesión y Política Pesquera Común;
asegurando el establecimiento de infraestructuras adaptadas al cambio climático y promocionando productos financieros y
de seguros para la inversión en adaptación).

cve: BOE-A-2023-13172
Verificable en https://www.boe.es

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