III. Otras disposiciones. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-13214)
Resolución de 15 de mayo de 2023, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración como bien de interés cultural, con categoría de conjunto histórico, de los elementos que conforman el conjunto de la central y la colonia industrial, y de declaración como bien de interés cultural, con categoría de monumento, del edificio central térmica de Alcanada, en el término municipal de Alcúdia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 78789

Espacios exteriores.
Los espacios exteriores comprendidos en el conjunto del BIC-CH serán susceptibles
de ser edificados y utilizados de acuerdo con lo que determine el plan especial de
protección, así como podrán destinarse zonas de aparcamiento, espacios libres o áreas
para desarrollar actividades recreativas, lúdicas y culturales.
En todo caso, las nuevas edificaciones no podrán sobrepasar de forma sensible la
altura de las edificaciones existentes, a excepción hecha de la central.
Los espacios libres comprendidos dentro del CH en la parte del poblado se regirán
por lo que determina el Estudio de Detalle (ED) aprobado el 6.05.2021 (BOIB núm. 62,
de 13 de mayo de 2021) y por el plan especial de protección que se redacte.
Estación transformadora.
Se trata de un elemento que se construyó con posterioridad, que no entendemos
directamente ligando al BIC ya que, aunque está relacionado en cuanto a función, ya se
trata de un elemento más moderno y que no formaba parte del sistema productivo
original que se quiere proteger.
Si en el futuro esta estación transformadora dejara de ocupar el espacio que
actualmente ocupa, éste sería susceptible de ser ocupado por nueva volumetría, cuya
envolvente fuese similar a la sólida común que ocupa actualmente la estación, si así se
contemplara en el plan especial de protección que deberá redactarse.
En ningún caso su altura, volumetría o configuración podrá ocultar la perspectiva del
edificio central si bien se permitirá que el nuevo edificio tenga, al menos, una planta de
altura.
En caso de sustituirse por una subestación vertical, ésta deberá situarse en el
extremo donde menos afecte a las visuales.
Las viviendas del poblado.
Todas las viviendas del poblado, tanto las que están a un lado de la carretera de
Alcanada como las dos viviendas de los ingenieros que se encuentran junto a la
carretera (muy cercanas a la torre Mayor) se han de mantener. Podrán ser objeto de
obras de mantenimiento, conservación, restauración, rehabilitación y eliminación de
volumetría añadida. Se deberá respetar la volumetría existente del diseño original, así
como el lenguaje y diseño de los mismos, incluyendo los pequeños volúmenes de
almacén que, o bien aparecen en los planos del poblado de Gesa de Josep Ferragut, o
bien tienen exactamente el mismo diseño.
La capilla.
La capilla deberá mantenerse y sólo podrá ser objeto de obras de mantenimiento,
conservación y restauración. Podrá destinarse a usos respetuosos con su uso original.
En este edificio, al igual que en el edificio casinillo, se admitirá el cambio de uso
según determina el planeamiento general de Alcúdia, o en su caso, lo que determine el
plan especial a redactar, y siempre estos nuevos usos tendrán que respetar las
características esenciales originales de los inmuebles.
Partes integrantes y pertenencias del monumento.

En cuanto a la maquinaria, útiles, y otros elementos del proceso industrial se
exponen los criterios seguidos para elegir los elementos a mantener y los criterios de
intervención generales y específicos:
Dado que la central conserva la secuencia de los procesos industriales in situ y que
este hecho es clave para asegurar que la comprensión del proceso productivo, más allá
de la contemplación arquitectónica y la visión escultórica de las piezas industriales, es
importante que los elementos que queden estén instalados siguiendo la secuencia de

cve: BOE-A-2023-13214
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