I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Servidumbres aeronáuticas. Navegación aérea. (BOE-A-2023-13092)
Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea, y se modifica el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023
Tabla 2.

Sec. I. Pág. 77946

Características de la superficie de aproximación para aproximaciones
instrumentales
Aproximación de no precisión

Aproximación de precisión

Número de clave

Número de clave

Superficie de aproximación
1, 2

3

4

1, 2

3

4

Longitud del límite interior (m).

140

280

280

140

280

280

Distancia desde el umbral (m).

60

60

60

60

60

60

Divergencia de los límites laterales (%).

15,00

15,00

15,00

15,00

15,00

15,00

Longitud horizontal total (m).

2.500

15.000

15.000

15.000

15.000

15.000

Sección Primera
Pendiente de la sección (%).

3,33

2,00

2,00

2,50

2,00

2,00

Longitud horizontal de la sección (m).

2.500

3.000

3.000

3.000

3.000

3.000

Sección Segunda
Pendiente de la sección (%).



2,50

2,50

3,00

2,50

2,50

Longitud horizontal de la sección (m).



3.600a

3.600a

12.000

3.600a

3.600a

8.400a

8.400a

Sección Horizontal
Longitud de la sección (m).



8.400a

8.400a

a
Cuando el plano horizontal que pasa por la parte superior de cualquier objeto que determine la altitud/altura de franqueamiento de obstáculos (OCA/H) en el
caso de aproximaciones de no precisión o el límite de franqueamiento de obstáculos en el caso de aproximaciones de precisión se sitúa a más de 150 metros por
encima de la elevación del punto medio del umbral, el tramo horizontal de la superficie de aproximación se situará a su misma elevación. En este caso, se mantendrá
la pendiente de la sección segunda y se prolongará la longitud de la sección hasta que ésta alcance la elevación de dicho plano, y se reducirá la longitud de la sección
horizontal en consonancia manteniendo la longitud horizontal total establecida para la superficie de aproximación.

Tabla 3.

Características de la superficie de aproximación para aproximaciones
no instrumentales
Superficie de aproximación

Número de clave
1

2

3

4

Longitud del límite interior (m).

60

80

150

150

Distancia desde el umbral (m).

30

60

60

60

Divergencia de los límites laterales (%). 10,00 10,00 10,00 10,00
5,00

4,00

3,33

2,50

Longitud horizontal total (m).

1.600 2.500 3.000 3.000

Superficie de transición.

1. Se podrán establecer superficies de transición por cada sentido de la pista que
se proyecte utilizar para el aterrizaje de aeronaves. Estas superficies se extenderán a lo
largo de la franja y parte del borde de la superficie de aproximación, ascendiendo a
medida que se aleja del eje de pista hasta la superficie horizontal interna, con la
geometría genérica de referencia mostrada en la Figura 3 y definidas de la manera
siguiente:
a) El límite inferior de la superficie de transición comenzará en la intersección del
borde de la superficie de aproximación con la superficie horizontal interna de la pista,

cve: BOE-A-2023-13092
Verificable en https://www.boe.es

C.

Pendiente (%).