I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Servidumbres aeronáuticas. Navegación aérea. (BOE-A-2023-13092)
Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea, y se modifica el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023
Disposición final tercera.

Sec. I. Pág. 77942

Habilitación para el desarrollo y adaptación.

1. Se autoriza a las personas titulares del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y del Ministerio de Defensa para dictar, en el ámbito de sus propias
competencias, las normas de ejecución y desarrollo del presente real decreto.
Asimismo, se autoriza a la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana para incorporar las modificaciones derivadas de la aprobación de
normativa técnica de la Organización de Aviación Civil Internacional o de la normativa
europea aplicable que afecten a los anexos.
2. Las autoridades aeronáuticas competentes podrán dictar, en el ámbito de sus
respectivas competencias, cuantas resoluciones sean necesarias para la aplicación de
esta norma, así como material guía o cualquier otra resolución que facilite su
cumplimiento.
Disposición final cuarta.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2023.
Dado en Madrid, el 16 de mayo de 2023.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes
y Memoria Democrática,

cve: BOE-A-2023-13092
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FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA