I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2023-13091)
Orden EFP/547/2023, de 29 de mayo, por la que se modifica la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, por la que se regula el procedimiento para la selección, nombramiento, cese, renovación y evaluación de directoras y directores en los centros docentes públicos no universitarios de Ceuta y Melilla.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 77902

y se considera una garantía adicional en la finalidad de seleccionar la candidatura más
apropiada.
En relación al procedimiento de renovación, en el apartado 2 del artículo 136 de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se indica que el nombramiento de los directores o
directoras podrá renovarse, por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del
trabajo desarrollado al final de los mismos, oído el Consejo Escolar. Las
Administraciones educativas podrán fijar un límite máximo para la renovación de los
mandatos.
La Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, contempla en su artículo 24 que los
directores y las directoras que hayan sido seleccionados conforme al capítulo II de la
misma, salvo los nombrados con carácter extraordinario, podrán renovar su mandato por
un nuevo periodo de cuatro años, debiendo manifestar expresamente su voluntad de
renovación en el cargo mediante escrito dirigido a la Dirección Provincial
correspondiente. Con la modificación que ahora se introduce, con la finalidad de
garantizar una mayor estabilidad en el ejercicio de la dirección, se posibilita que puedan
renovar el mandato por dos periodos de cuatro años en lugar de uno, previa
actualización del proyecto de dirección. Finalizados estos dos periodos deberán
participar en un nuevo procedimiento de selección.
Por otro lado, el capítulo IV de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, establece en
su artículo 25.5 los ámbitos de desempeño de la función directiva sobre los que versará
la evaluación. Las direcciones escolares deben ejercer el liderazgo pedagógico como
factor fundamental para la mejora y dinamización de sus respectivos centros educativos.
Para contribuir al cambio de un modelo de dirección escolar más burocrático y
administrativo a otro que aporte orientaciones de liderazgo pedagógico, la presente
orden recoge nuevas competencias profesionales en la evaluación del desempeño de la
función directiva, garantía de que esta cuenta con un equilibrio entre las tareas
administrativas y las pedagógicas tal y como contempla el artículo 131.1 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Esta orden se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general al
conferir estabilidad y continuidad al procedimiento por el que se seleccionarán a los
directores y directoras, y cumple estrictamente el mandato establecido en el artículo 129
de la Ley, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos,
resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los
recursos públicos.
Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha
permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través de los trámites
de consulta, audiencia e información pública, quedando justificados los objetivos que
persigue. También ha emitido Dictamen del Consejo Escolar del Estado.
En virtud de lo expuesto, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y
Función Pública, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, por la que se
regula el procedimiento para la selección, nombramiento, cese, renovación y
evaluación de directoras y directores en los centros docentes públicos no
universitarios de Ceuta y Melilla.
La Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, por la que se regula el procedimiento para la
selección, nombramiento, cese, renovación y evaluación de directoras y directores en los

cve: BOE-A-2023-13091
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 131