V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. (BOE-B-2023-16421)
Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio del Gobierno de Cantabria por la que se otorga autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al expediente AT-65-2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. V-B. Pág. 26027
medidas preventivas y correctoras establecidas en la DIA y en el EsIA para la
atenuación o minimización del impacto, y el Plan de Vigilancia Ambiental, así como
el conjunto de condicionados propuestos por las diferentes Administraciones y
Organismos Públicos.
b) En el epígrafe C.2. de la DIA se establece el tratamiento de los impactos
significativos de la alternativa seleccionada, las condiciones al proyecto y medidas
preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio
ambiente. En concreto, se detallan:
- MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS PROPUESTAS POR EL
PROMOTOR, en los ámbitos de: Población y salud, atmósfera, geodiversidad y
suelo, aguas superficiales y subterráneas, vegetación y flora, fauna, patrimonio
cultural, paisaje, residuos, para las distintas fases del proyecto (obra, explotación y
desmantelamiento), según el caso.
- CONSIDERACIONES AMBIENTALES COMPLEMENTARIAS.
- PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL (para las tres fases del proyecto).
- ACTUACIONES INCLUIDAS EN EL PLAN DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO
AMBIENTAL (Población y salud, atmósfera, geodiversidad y suelo, aguas
superficiales y subterráneas, vegetación y flora, fauna, patrimonio cultural, paisaje,
residuos).
- METODOLOGÍA PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTUACIONES
ESTABLECIDAS EN EL PLAN DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL
(para las tres fases del proyecto).
- INFORMES (para las tres fases del proyecto).
- CONSIDERACIONES.
Entre las "consideraciones ambientales complementarias", cabe destacar las
siguientes, en tanto requieren actuaciones previas, a la autorización del proyecto,
por parte del promotor:
- La traza de la alternativa seleccionada, en concreto el tramo definido por los
apoyos 22-23-24 generará un impacto paisajístico significativo, al localizarse en
una zona de elevado valor paisajístico, destinado a pradería para alimentación
animal, sin otras líneas eléctricas, por donde transita el Camino Lebaniego y
Camino de Santiago del Norte, y muy próximo al núcleo de Serdio, por lo que
además de implementar para esta zona todas las medidas destinadas a minimizar
el impacto sobre el paisaje, se estudiará la posibilidad de soterrar la línea entre los
apoyos 22 y 24, eliminando el apoyo 23, más impactante.
- El coste de ejecución material de las medidas ambientales y del PVA deberá
ser integrado en el presupuesto del proyecto constructivo que finalmente se
apruebe.
En ese sentido, con fecha 8 de mayo de 2023 se recibió informe de Viesgo
Distribución Eléctrica, S.L., justificando las consideraciones ambientales
complementarias establecidas en la DIA, y citadas anteriormente.
En el informe presentado se realiza una valoración de las ventajas e
cve: BOE-B-2023-16421
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. V-B. Pág. 26027
medidas preventivas y correctoras establecidas en la DIA y en el EsIA para la
atenuación o minimización del impacto, y el Plan de Vigilancia Ambiental, así como
el conjunto de condicionados propuestos por las diferentes Administraciones y
Organismos Públicos.
b) En el epígrafe C.2. de la DIA se establece el tratamiento de los impactos
significativos de la alternativa seleccionada, las condiciones al proyecto y medidas
preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio
ambiente. En concreto, se detallan:
- MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS PROPUESTAS POR EL
PROMOTOR, en los ámbitos de: Población y salud, atmósfera, geodiversidad y
suelo, aguas superficiales y subterráneas, vegetación y flora, fauna, patrimonio
cultural, paisaje, residuos, para las distintas fases del proyecto (obra, explotación y
desmantelamiento), según el caso.
- CONSIDERACIONES AMBIENTALES COMPLEMENTARIAS.
- PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL (para las tres fases del proyecto).
- ACTUACIONES INCLUIDAS EN EL PLAN DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO
AMBIENTAL (Población y salud, atmósfera, geodiversidad y suelo, aguas
superficiales y subterráneas, vegetación y flora, fauna, patrimonio cultural, paisaje,
residuos).
- METODOLOGÍA PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTUACIONES
ESTABLECIDAS EN EL PLAN DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL
(para las tres fases del proyecto).
- INFORMES (para las tres fases del proyecto).
- CONSIDERACIONES.
Entre las "consideraciones ambientales complementarias", cabe destacar las
siguientes, en tanto requieren actuaciones previas, a la autorización del proyecto,
por parte del promotor:
- La traza de la alternativa seleccionada, en concreto el tramo definido por los
apoyos 22-23-24 generará un impacto paisajístico significativo, al localizarse en
una zona de elevado valor paisajístico, destinado a pradería para alimentación
animal, sin otras líneas eléctricas, por donde transita el Camino Lebaniego y
Camino de Santiago del Norte, y muy próximo al núcleo de Serdio, por lo que
además de implementar para esta zona todas las medidas destinadas a minimizar
el impacto sobre el paisaje, se estudiará la posibilidad de soterrar la línea entre los
apoyos 22 y 24, eliminando el apoyo 23, más impactante.
- El coste de ejecución material de las medidas ambientales y del PVA deberá
ser integrado en el presupuesto del proyecto constructivo que finalmente se
apruebe.
En ese sentido, con fecha 8 de mayo de 2023 se recibió informe de Viesgo
Distribución Eléctrica, S.L., justificando las consideraciones ambientales
complementarias establecidas en la DIA, y citadas anteriormente.
En el informe presentado se realiza una valoración de las ventajas e
cve: BOE-B-2023-16421
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130