I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2023-12914)
Resolución de 27 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el área de recaudación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Jueves 1 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 75770

continuación, así como llevar a cabo en relación con estas actuaciones los trámites que
deban realizarse en el Departamento de Recaudación para su preceptiva autorización.
c) La coordinación de las actuaciones vinculadas a los procedimientos concursales
y preconcursales con otras administraciones y entes públicos.
d) El asesoramiento a los órganos de recaudación en relación con las actuaciones
de gestión recaudatoria y en materia preconcursal y concursal que afecten a los
expedientes que estos tramiten.
e) El estudio y propuesta de mejoras de las aplicaciones informáticas para una más
eficaz gestión de los procedimientos concursales y preconcursales.
V.

La Unidad Nacional de Actuaciones.

1) Composición: Al frente de esta unidad existirá un Jefe de Servicio Especial, y
podrá estar integrada por otros Jefes de Servicio, Técnicos de Hacienda, Agentes de la
Hacienda Pública y el resto del personal que se determine.
2) Funciones: Ejercerá en todo el territorio nacional, cualquiera que sea la
adscripción de los obligados tributarios, las actuaciones que le encomiende el titular de
esta Subdirección General.
1.2.1.4

Subdirección General de Procedimientos Especiales.

Le corresponde la elaboración y elevación de disposiciones normativas, el
establecimiento de criterios generales a seguir por los órganos de recaudación y las
actuaciones relativas a la planificación y organización de la prevención y lucha contra el
fraude a la Hacienda pública en el ámbito recaudatorio, tanto en vía administrativa, como
ante la jurisdicción civil y penal. Respecto de las funciones que se detallan en el
artículo 6.1 de la Orden PRE/3581/2007, letras a), h), j), n) y ñ), será competente esta
Subdirección para llevarlas a efecto en su ámbito específico de competencias.
A esta Subdirección le corresponde el ejercicio de las funciones que se detallan en el
artículo 6.1 de la Orden PRE/3581/2007, letras i), k), o), p), q) y r), esta última, en
relación con el ejercicio de la función recaudatoria vinculada a procedimientos penales
en los que la Agencia Tributaria sea o pueda ser parte, para lo cual podrá requerir la
colaboración de los demás órganos de recaudación.
Corresponde a la Subdirección General de Procedimientos Especiales la tramitación
y, de acuerdo con el artículo 120 del Reglamento General de Recaudación, la
formulación de la propuesta de resolución en las tercerías cuya resolución se atribuya al
titular del Departamento.
1.2.2

El Equipo de Selección y Análisis de Riesgos.

1) Composición. El Equipo de Selección y Análisis de Riesgos estará dirigido por un
Jefe de Equipo, Inspector de Hacienda conforme a los criterios que se determinen.
Estará integrado por un Jefe de Equipo Adjunto, así como los Inspectores de Hacienda,
Jefes de Área, Jefes de Servicio Especial, Jefes de Servicio, Técnicos de Hacienda,
Agentes de la Hacienda Pública y el resto del personal que se determine.
2) Funciones y competencias: Al Equipo de Selección y Análisis de Riesgos le
corresponde el ejercicio de las funciones que se detallan en el artículo 6.1 de la Orden
PRE/3581/2007, letras s) y t).
Para el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas, al Equipo de Selección
y Análisis de Riesgos le corresponde:
– El diseño y elaboración, con el apoyo de las herramientas informáticas, de riesgos
recaudatorios que permitan mejorar la eficacia recaudatoria, mediante procesos de

cve: BOE-A-2023-12914
Verificable en https://www.boe.es

El Equipo de Selección y Análisis de Riesgos dependerá directamente del titular del
Departamento de Recaudación. Ejercerá sus funciones y competencias sobre todo el
territorio nacional.