I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2023-12914)
Resolución de 27 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el área de recaudación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 75771
selección homogénea de deudores, de acuerdo a perfiles de riesgo recaudatorio y
fijando líneas de actuación sobre los mismos. Estas actuaciones estarán enfocadas
fundamentalmente a la exigencia de deudas a terceros y búsqueda de nuevos bienes y
derechos; todo ello, sin perjuicio de la necesaria colaboración con los órganos
territoriales de Recaudación tanto para la realización de propuestas de riesgos como
para la evaluación y mejora de la efectividad de los mismos.
– Junto al Catálogo de riesgos, será responsable de la detección de tramas y
actividades fraudulentas en el Área de recaudación y la formulación de estrategias
generales para la lucha contra las mismas, que podrán concretarse en Programas de
Actuación Específicos sobre deudores que correspondan a dichas estructuras de fraude.
Corresponderá al Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación en las
Delegaciones Especiales y, en su caso, al Jefe de la Dependencia de Asistencia y
Servicios Tributarios de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, directamente
o a través del enlace que designe, la organización, planificación y coordinación de la
ejecución de dichos Programas, en coordinación con el Equipo de Selección y Análisis
de Riesgos.
Podrá realizar labores de obtención de información e investigación previas a la
distribución de los Programas de Actuación Específicos a los órganos de recaudación
territoriales.
Corresponderá al Equipo de Selección y Análisis de Riesgos, en el ejercicio de las
funciones que tiene encomendadas, el diseño y especificación funcional y las propuestas
de mejora de las herramientas informáticas de ayuda para la investigación recaudatoria,
así como la utilización de cualquier fuente de información que pueda ser objeto de
explotación masiva dentro de las infraestructuras existentes y que garantizan el
tratamiento seguro de dicha información, para detección de conductas recaudatorias
fraudulentas y la lucha contra el fraude recaudatorio, difundiendo entre los órganos de
recaudación su tipología y utilidad así como la información que para este cometido
pueda obtener.
Ejercerá, en materia de investigación y de formulación de estrategias generales para
la lucha contra el fraude recaudatorio, las funciones de coordinación con las demás
Áreas funcionales.
1.3 Régimen de sustitución. En caso de vacante, ausencia o enfermedad de los
titulares de las Subdirecciones Generales, estos serán sustituidos por sus Adjuntos, si
los hubiera y, en defecto de los anteriores, la Dirección del Departamento de
Recaudación acordará la sustitución que proceda.
1.4 Para el ejercicio de las funciones y competencias que tiene atribuidas el
Departamento de Recaudación, las Subdirecciones Generales, el Equipo de Selección y
Análisis de Riesgos y demás Equipos o Unidades dependientes del Departamento, se
estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria y su normativa de desarrollo, sin más
límites que los dispuestos en estas normas y el resto del ordenamiento jurídico. Podrán
realizar todos los trámites necesarios para la ordenación, instrucción y resolución
correspondiente a las actuaciones derivadas de las competencias y funciones atribuidas,
incluidos los requerimientos de información que sean necesarios. Dicho ejercicio se
realizará sobre todos los obligados tributarios cualquiera que sea su ámbito de
adscripción.
2. Delegación Central de Grandes Contribuyentes. A la Dependencia de Asistencia
y Servicios Tributarios de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, al titular de
la citada Delegación y a sus adjuntos les corresponden las funciones y competencias
que en materia recaudatoria se establecen en las disposiciones específicas que la
regulan.
3. Corresponde a los titulares de los órganos centrales de Recaudación la
planificación, dirección, supervisión, coordinación y control de las actuaciones, debiendo
asignar el trabajo entre el personal que los integre según el grado de carrera alcanzado
cve: BOE-A-2023-12914
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 75771
selección homogénea de deudores, de acuerdo a perfiles de riesgo recaudatorio y
fijando líneas de actuación sobre los mismos. Estas actuaciones estarán enfocadas
fundamentalmente a la exigencia de deudas a terceros y búsqueda de nuevos bienes y
derechos; todo ello, sin perjuicio de la necesaria colaboración con los órganos
territoriales de Recaudación tanto para la realización de propuestas de riesgos como
para la evaluación y mejora de la efectividad de los mismos.
– Junto al Catálogo de riesgos, será responsable de la detección de tramas y
actividades fraudulentas en el Área de recaudación y la formulación de estrategias
generales para la lucha contra las mismas, que podrán concretarse en Programas de
Actuación Específicos sobre deudores que correspondan a dichas estructuras de fraude.
Corresponderá al Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación en las
Delegaciones Especiales y, en su caso, al Jefe de la Dependencia de Asistencia y
Servicios Tributarios de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, directamente
o a través del enlace que designe, la organización, planificación y coordinación de la
ejecución de dichos Programas, en coordinación con el Equipo de Selección y Análisis
de Riesgos.
Podrá realizar labores de obtención de información e investigación previas a la
distribución de los Programas de Actuación Específicos a los órganos de recaudación
territoriales.
Corresponderá al Equipo de Selección y Análisis de Riesgos, en el ejercicio de las
funciones que tiene encomendadas, el diseño y especificación funcional y las propuestas
de mejora de las herramientas informáticas de ayuda para la investigación recaudatoria,
así como la utilización de cualquier fuente de información que pueda ser objeto de
explotación masiva dentro de las infraestructuras existentes y que garantizan el
tratamiento seguro de dicha información, para detección de conductas recaudatorias
fraudulentas y la lucha contra el fraude recaudatorio, difundiendo entre los órganos de
recaudación su tipología y utilidad así como la información que para este cometido
pueda obtener.
Ejercerá, en materia de investigación y de formulación de estrategias generales para
la lucha contra el fraude recaudatorio, las funciones de coordinación con las demás
Áreas funcionales.
1.3 Régimen de sustitución. En caso de vacante, ausencia o enfermedad de los
titulares de las Subdirecciones Generales, estos serán sustituidos por sus Adjuntos, si
los hubiera y, en defecto de los anteriores, la Dirección del Departamento de
Recaudación acordará la sustitución que proceda.
1.4 Para el ejercicio de las funciones y competencias que tiene atribuidas el
Departamento de Recaudación, las Subdirecciones Generales, el Equipo de Selección y
Análisis de Riesgos y demás Equipos o Unidades dependientes del Departamento, se
estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria y su normativa de desarrollo, sin más
límites que los dispuestos en estas normas y el resto del ordenamiento jurídico. Podrán
realizar todos los trámites necesarios para la ordenación, instrucción y resolución
correspondiente a las actuaciones derivadas de las competencias y funciones atribuidas,
incluidos los requerimientos de información que sean necesarios. Dicho ejercicio se
realizará sobre todos los obligados tributarios cualquiera que sea su ámbito de
adscripción.
2. Delegación Central de Grandes Contribuyentes. A la Dependencia de Asistencia
y Servicios Tributarios de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, al titular de
la citada Delegación y a sus adjuntos les corresponden las funciones y competencias
que en materia recaudatoria se establecen en las disposiciones específicas que la
regulan.
3. Corresponde a los titulares de los órganos centrales de Recaudación la
planificación, dirección, supervisión, coordinación y control de las actuaciones, debiendo
asignar el trabajo entre el personal que los integre según el grado de carrera alcanzado
cve: BOE-A-2023-12914
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