III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13061)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Green Capital Power, SL, autorización administrativa previa para el Parque Eólico Valderrete, de 52 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Ocón, El Redal, Corera, Galilea, Murillo de Río Leza, Agoncilo y Arrúbal (La Rioja).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76664
Santa Engracia de Jubera. Desde ahí, la línea podrá discurrir en aéreo, utilizando el
corredor de infraestructuras eléctricas que conforman la LAAT de Santa Engracia 400 kV
y LAAT El Sequero, lo más próxima posible y en paralelo a ambas, hasta la subestación
de Sequero Renovables que ambas conforman, o bien proyectarse íntegramente en
subterráneo de conformidad con el condicionante 5.2.4.8.
– Se diseñarán y se presentarán en una adenda, las medidas de integración
paisajística en los términos del condicionante 5.2.5.1 y 5.2.5.3.
– Plan de emergencia de gestión y actuación conforme al apartado 5.2.2.8.
– Informe de impacto arqueológico y paleontológico con dictamen favorable de
Dirección General de Cultura del Gobierno de La Rioja según el condicionante 5.2.7.1.
– Estudio geotécnico de detalle del emplazamiento de aerogeneradores y apoyos,
que permita detectar eventuales inestabilidades en el terreno y adaptar el diseño del
proyecto según apartado 5.2.8.1.
– Estudio sísmico justificativo de las instalaciones y obras anexas y Plan Específico
ante el riesgo sísmico conforme 5.2.8.2.
– Se completará el programa de seguimiento y vigilancia ambiental en los términos
de la DIA y, en particular, conforme al punto 5.3 de la DIA.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor mediante una adenda al proyecto, con
el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA.
Finalmente, la DIA establece los condicionantes específicos que se tendrán en
cuenta en las sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso,
antes de otorgar una autorización de explotación.
Teniendo en cuenta todo lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en
el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre respecto de las
modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización
administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidos en el citado
artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
La infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta conectará el Parque
Eólico con la red de transporte, en la Subestación El Sequero 220 kV, propiedad de Red
Eléctrica de España, SAU.
El Parque Eólico Valderrete cuenta con permiso de acceso a la red de transporte en
la Subestación El Sequero 220 KV, otorgado con fecha 20 de octubre de 2019.
La nueva posición de la red de transporte en El Sequero 220 kV está planificada de
forma expresa en la planificación vigente, «Plan de Desarrollo de la Red de Transporte
de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22
de marzo de 2022 (BOE de 19 de abril de 2022). La citada actuación se articula de
conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto
Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la
protección de consumidores, estando incluida en la planificación vigente.
La infraestructura de evacuación cuenta con tres líneas de interconexión
subterráneas a 30 kV, que unen los aerogeneradores con la Subestación
Valderrete 30/220 kV. Esta subestación se conectará mediante una línea aérea a 220 kV
con la subestación denominada «Colectora Sequero Renovables 30/220 kV», común a
varias instalaciones de generación eléctrica, desde ella partirá una línea subterránea
a 220 kV para evacuación de la energía hasta la Subestación El Sequero 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica.
Con fecha 17 de mayo de 2022, Green Capital Power firmó con otras entidades un
acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada del Parque Eólico Valderrete con otras
cve: BOE-A-2023-13061
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76664
Santa Engracia de Jubera. Desde ahí, la línea podrá discurrir en aéreo, utilizando el
corredor de infraestructuras eléctricas que conforman la LAAT de Santa Engracia 400 kV
y LAAT El Sequero, lo más próxima posible y en paralelo a ambas, hasta la subestación
de Sequero Renovables que ambas conforman, o bien proyectarse íntegramente en
subterráneo de conformidad con el condicionante 5.2.4.8.
– Se diseñarán y se presentarán en una adenda, las medidas de integración
paisajística en los términos del condicionante 5.2.5.1 y 5.2.5.3.
– Plan de emergencia de gestión y actuación conforme al apartado 5.2.2.8.
– Informe de impacto arqueológico y paleontológico con dictamen favorable de
Dirección General de Cultura del Gobierno de La Rioja según el condicionante 5.2.7.1.
– Estudio geotécnico de detalle del emplazamiento de aerogeneradores y apoyos,
que permita detectar eventuales inestabilidades en el terreno y adaptar el diseño del
proyecto según apartado 5.2.8.1.
– Estudio sísmico justificativo de las instalaciones y obras anexas y Plan Específico
ante el riesgo sísmico conforme 5.2.8.2.
– Se completará el programa de seguimiento y vigilancia ambiental en los términos
de la DIA y, en particular, conforme al punto 5.3 de la DIA.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor mediante una adenda al proyecto, con
el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA.
Finalmente, la DIA establece los condicionantes específicos que se tendrán en
cuenta en las sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso,
antes de otorgar una autorización de explotación.
Teniendo en cuenta todo lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en
el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre respecto de las
modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización
administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidos en el citado
artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
La infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta conectará el Parque
Eólico con la red de transporte, en la Subestación El Sequero 220 kV, propiedad de Red
Eléctrica de España, SAU.
El Parque Eólico Valderrete cuenta con permiso de acceso a la red de transporte en
la Subestación El Sequero 220 KV, otorgado con fecha 20 de octubre de 2019.
La nueva posición de la red de transporte en El Sequero 220 kV está planificada de
forma expresa en la planificación vigente, «Plan de Desarrollo de la Red de Transporte
de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22
de marzo de 2022 (BOE de 19 de abril de 2022). La citada actuación se articula de
conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto
Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la
protección de consumidores, estando incluida en la planificación vigente.
La infraestructura de evacuación cuenta con tres líneas de interconexión
subterráneas a 30 kV, que unen los aerogeneradores con la Subestación
Valderrete 30/220 kV. Esta subestación se conectará mediante una línea aérea a 220 kV
con la subestación denominada «Colectora Sequero Renovables 30/220 kV», común a
varias instalaciones de generación eléctrica, desde ella partirá una línea subterránea
a 220 kV para evacuación de la energía hasta la Subestación El Sequero 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica.
Con fecha 17 de mayo de 2022, Green Capital Power firmó con otras entidades un
acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada del Parque Eólico Valderrete con otras
cve: BOE-A-2023-13061
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130