III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13061)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Green Capital Power, SL, autorización administrativa previa para el Parque Eólico Valderrete, de 52 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Ocón, El Redal, Corera, Galilea, Murillo de Río Leza, Agoncilo y Arrúbal (La Rioja).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76665
instalaciones de generación eléctrica, en la Subestación El Sequero 220 kV, que incluye,
los siguientes proyectos:
– Parque Eólico Valderrete, con el código de proyecto SGEE/ PEol-240, objeto de
autorización por la presente.
– Planta fotovoltaica Censequero I, tramitado por la Dirección General de Transición
Energética y Cambio Climático de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica
del Gobierno de La Rioja.
– Planta fotovoltaica Aguas Mansas, tramitado por la Dirección General de
Transición Energética y Cambio Climático de la Consejería de Sostenibilidad y Transición
Ecológica del Gobierno de La Rioja.
La infraestructura de evacuación compartida del citado acuerdo de promotores
comprende:
– La «Subestación Eléctrica Colectora Sequero Renovables 30/220 kV»,
– La Línea Eléctrica de Alta Tensión en 220 kV «LAAT SET Colectora Sequero
Renovables-SET Sequero.
Mediante Resolución n.º 265/2022 de la Dirección General de Transición Energética
y Cambio Climático de la Rioja, con fecha 27 de septiembre de 2022, se concede
autorización administrativa previa y de construcción, y declaración de utilidad pública del
Parque Fotovoltaico «Censequero 1» e infraestructura de evacuación. Por lo tanto,
quedan autorizadas las instalaciones del citado acuerdo de promotores: «Subestación
Eléctrica Colectora Sequero Renovables 30/220 kV» y la Línea Eléctrica de Alta Tensión
en 220 kV «LAAT SET Colectora Sequero Renovables-SET Sequero».
A la vista de lo anterior, en fecha 8 de octubre de 2022 se requiere a GCP que, de
acuerdo con lo establecido en la estipulación Primera.VIII del acuerdo de promotores
de 17 de mayo de 2022, GCP, debe proceder al desistimiento de su solicitud de
autorización de las infraestructuras comunes de evacuación que forman parte del
acuerdo, y que ya han sido autorizadas. Asimismo, se le requiere la copia de los
permisos de conexión a la red de transporte en la SET-Sequero 220 kV.
Es por esto que GCP procede, en fecha 27 de octubre de 2022, al desistimiento de
su solicitud de autorización de las infraestructuras comunes de evacuación que forman
parte del acuerdo, y que ya han sido autorizadas: «Subestación Eléctrica Colectora
Sequero Renovables 30/220 kV» y la Línea Eléctrica de Alta Tensión en 220 kV «LAAT
SET Colectora Sequero Renovables-SET Sequero».
Asimismo, aporta copia del permiso de conexión de Red Eléctrica de España, SAU,
de fecha 19 de mayo de 2021, con el Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas
de Conexión (ICCTC) y con fecha 19 de mayo de 2021, el Informe de Verificación de las
Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC), relativos a la solicitud para la conexión en
una posición nueva planificada en la Subestación «El Sequero 220 kV» del Parque
Eólico «Valderrete», entre otras instalaciones de generación renovable.
Por tanto, la infraestructura de evacuación del proyecto contempla las siguientes
actuaciones: tres líneas de interconexión subterráneas a 30 kV, que unen los
aerogeneradores con la Subestación Valderrete 30/220 kV. Esta subestación se
conectará mediante una línea aérea a 220 kV con la subestación denominada
«Colectora Sequero Renovables 30/220 kV.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
cve: BOE-A-2023-13061
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76665
instalaciones de generación eléctrica, en la Subestación El Sequero 220 kV, que incluye,
los siguientes proyectos:
– Parque Eólico Valderrete, con el código de proyecto SGEE/ PEol-240, objeto de
autorización por la presente.
– Planta fotovoltaica Censequero I, tramitado por la Dirección General de Transición
Energética y Cambio Climático de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica
del Gobierno de La Rioja.
– Planta fotovoltaica Aguas Mansas, tramitado por la Dirección General de
Transición Energética y Cambio Climático de la Consejería de Sostenibilidad y Transición
Ecológica del Gobierno de La Rioja.
La infraestructura de evacuación compartida del citado acuerdo de promotores
comprende:
– La «Subestación Eléctrica Colectora Sequero Renovables 30/220 kV»,
– La Línea Eléctrica de Alta Tensión en 220 kV «LAAT SET Colectora Sequero
Renovables-SET Sequero.
Mediante Resolución n.º 265/2022 de la Dirección General de Transición Energética
y Cambio Climático de la Rioja, con fecha 27 de septiembre de 2022, se concede
autorización administrativa previa y de construcción, y declaración de utilidad pública del
Parque Fotovoltaico «Censequero 1» e infraestructura de evacuación. Por lo tanto,
quedan autorizadas las instalaciones del citado acuerdo de promotores: «Subestación
Eléctrica Colectora Sequero Renovables 30/220 kV» y la Línea Eléctrica de Alta Tensión
en 220 kV «LAAT SET Colectora Sequero Renovables-SET Sequero».
A la vista de lo anterior, en fecha 8 de octubre de 2022 se requiere a GCP que, de
acuerdo con lo establecido en la estipulación Primera.VIII del acuerdo de promotores
de 17 de mayo de 2022, GCP, debe proceder al desistimiento de su solicitud de
autorización de las infraestructuras comunes de evacuación que forman parte del
acuerdo, y que ya han sido autorizadas. Asimismo, se le requiere la copia de los
permisos de conexión a la red de transporte en la SET-Sequero 220 kV.
Es por esto que GCP procede, en fecha 27 de octubre de 2022, al desistimiento de
su solicitud de autorización de las infraestructuras comunes de evacuación que forman
parte del acuerdo, y que ya han sido autorizadas: «Subestación Eléctrica Colectora
Sequero Renovables 30/220 kV» y la Línea Eléctrica de Alta Tensión en 220 kV «LAAT
SET Colectora Sequero Renovables-SET Sequero».
Asimismo, aporta copia del permiso de conexión de Red Eléctrica de España, SAU,
de fecha 19 de mayo de 2021, con el Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas
de Conexión (ICCTC) y con fecha 19 de mayo de 2021, el Informe de Verificación de las
Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC), relativos a la solicitud para la conexión en
una posición nueva planificada en la Subestación «El Sequero 220 kV» del Parque
Eólico «Valderrete», entre otras instalaciones de generación renovable.
Por tanto, la infraestructura de evacuación del proyecto contempla las siguientes
actuaciones: tres líneas de interconexión subterráneas a 30 kV, que unen los
aerogeneradores con la Subestación Valderrete 30/220 kV. Esta subestación se
conectará mediante una línea aérea a 220 kV con la subestación denominada
«Colectora Sequero Renovables 30/220 kV.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
cve: BOE-A-2023-13061
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130