III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13063)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Armadura Solar, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Armadura Solar, de 222,54 MW de potencia pico, 212,50 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Villarino de los Aires (Salamanca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76678
Infraestructura de la Junta de Castilla y León. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, expresando su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Duero, donde se
muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el
promotor. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de Iberdrola Generación SA, en la que muestra su
oposición al proyecto, basada en la incompatibilidad que supone el trazado de la línea
subterránea de alta tensión, con las instalaciones esenciales de la central hidroeléctrica
de Villarino, de 810 MW, salvo que dicha afección sea subsanada modificando el actual
proyecto, y así no se vean afectadas las instalaciones de su propiedad. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, el cual indica que, tras diversas reuniones
entre las partes, la ejecución del proyecto se realizará de tal forma que no se genere
ninguna afección sobre la central hidroeléctrica de Villarino. Iberdrola Generación, tras el
traslado de la citada respuesta del promotor, se reitera en sus argumentos iniciales,
solicitando que le sea enviado un proyecto detallado de cualquier actuación que
pretenda realizarse en terrenos de su propiedad, o en las proximidades, para confirmar
la inexistencia de afecciones y la no existencia de incompatibilidad. También solicita la
obligación de modificar el actual proyecto en lo que sea necesario para que no resulten
afectadas las instalaciones de su propiedad, tal y como fueron identificadas en sus
primeras alegaciones presentadas. El promotor, tras recibir esta segunda contestación,
emite una nueva respuesta donde aporta un informe en el que reitera que el proyecto
adaptado no supone ninguna afección a la central hidroeléctrica de Villarino. También
aporta documento firmado entre las partes, que regula el procedimiento de información y
comprobación de la ejecución por parte de Iberdrola Generación de los cruzamientos
que puedan generarse. Finalmente, el promotor indica que el proyecto no genera
afección al funcionamiento de la central hidroeléctrica de Villarino y por tanto ambas
instalaciones son compatibles.
Preguntados el Área de Fomento de la Diputación Provincial de Salamanca, la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), el Ayuntamiento de Villarino de los Aires, la
Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental, I-DE Redes
Eléctricas Inteligentes, SAU y Red Eléctrica de España, SAU, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 22 de abril de 2022 en el «Boletín
Oficial del Estado» y en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, no habiéndose
recibido alegaciones.
Igualmente, se remitieron separatas del «Proyecto de Ejecución Adaptado» y de la
adenda estudio de impacto ambiental acompañadas de solicitudes de informe en
relación a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
a la Unidad de Protección Civil de Salamanca de la Subdelegación del Gobierno en
Salamanca, a la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa, a la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Subdirección General de Aire Limpio y
Sostenibilidad Industrial del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Subdirección General de Economía Circular del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General del Agua del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Subdirección General
de Política Forestal y lucha contra la Desertificación del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, a la Oficina Española de Cambio Climático del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, al Instituto Geológico y
Minero de España, a la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la
cve: BOE-A-2023-13063
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76678
Infraestructura de la Junta de Castilla y León. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, expresando su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Duero, donde se
muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el
promotor. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de Iberdrola Generación SA, en la que muestra su
oposición al proyecto, basada en la incompatibilidad que supone el trazado de la línea
subterránea de alta tensión, con las instalaciones esenciales de la central hidroeléctrica
de Villarino, de 810 MW, salvo que dicha afección sea subsanada modificando el actual
proyecto, y así no se vean afectadas las instalaciones de su propiedad. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, el cual indica que, tras diversas reuniones
entre las partes, la ejecución del proyecto se realizará de tal forma que no se genere
ninguna afección sobre la central hidroeléctrica de Villarino. Iberdrola Generación, tras el
traslado de la citada respuesta del promotor, se reitera en sus argumentos iniciales,
solicitando que le sea enviado un proyecto detallado de cualquier actuación que
pretenda realizarse en terrenos de su propiedad, o en las proximidades, para confirmar
la inexistencia de afecciones y la no existencia de incompatibilidad. También solicita la
obligación de modificar el actual proyecto en lo que sea necesario para que no resulten
afectadas las instalaciones de su propiedad, tal y como fueron identificadas en sus
primeras alegaciones presentadas. El promotor, tras recibir esta segunda contestación,
emite una nueva respuesta donde aporta un informe en el que reitera que el proyecto
adaptado no supone ninguna afección a la central hidroeléctrica de Villarino. También
aporta documento firmado entre las partes, que regula el procedimiento de información y
comprobación de la ejecución por parte de Iberdrola Generación de los cruzamientos
que puedan generarse. Finalmente, el promotor indica que el proyecto no genera
afección al funcionamiento de la central hidroeléctrica de Villarino y por tanto ambas
instalaciones son compatibles.
Preguntados el Área de Fomento de la Diputación Provincial de Salamanca, la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), el Ayuntamiento de Villarino de los Aires, la
Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental, I-DE Redes
Eléctricas Inteligentes, SAU y Red Eléctrica de España, SAU, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 22 de abril de 2022 en el «Boletín
Oficial del Estado» y en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, no habiéndose
recibido alegaciones.
Igualmente, se remitieron separatas del «Proyecto de Ejecución Adaptado» y de la
adenda estudio de impacto ambiental acompañadas de solicitudes de informe en
relación a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
a la Unidad de Protección Civil de Salamanca de la Subdelegación del Gobierno en
Salamanca, a la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa, a la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Subdirección General de Aire Limpio y
Sostenibilidad Industrial del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Subdirección General de Economía Circular del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General del Agua del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Subdirección General
de Política Forestal y lucha contra la Desertificación del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, a la Oficina Española de Cambio Climático del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, al Instituto Geológico y
Minero de España, a la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la
cve: BOE-A-2023-13063
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