III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13057)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberenova Promociones, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la planta solar FV Tagus, de 329,95 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Alcántara (Cáceres) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 76621

sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Alcántara en el que se establece un
condicionado de carácter urbanístico. El promotor da respuesta al mismo. Dicha
respuesta fue trasladada al Ayuntamiento de Alcántara, sin que se haya recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de
lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
También se recibe una declaración de apoyo al proyecto por parte de dicho
Ayuntamiento.
Preguntadas Red Eléctrica de España, SAU, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
(AESA), y Gas Extremadura Transportista S.L., no se ha recibido contestación por su
parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en
los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 18 de diciembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 20 de diciembre de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres», el 18 de diciembre de 2021 en el Periódico de Extremadura, así
como en el tablón de edictos del Ayuntamientos de Alcántara. No se recibieron
alegaciones.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la a la Dirección General de Política
Forestal de la Junta de Extremadura, a la Dirección General de Emergencias y
Protección Civil de la Junta de Extremadura, a la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultura de la Junta de Extremadura, a la Dirección General de
Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, al Servicio Extremeño de Salud, a la
Asociación para la Defensa de la Naturaleza y los Recursos de Extremadura (Adenex), a
Ecologistas en Acción, a Greenpeace y a la Sociedad Española de Ornitología (SEO
Birdlife).
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura emitió
informe en fecha 30 de septiembre de 2022.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, fruto de la tramitación
realizada, será de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones
de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento
de todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y de su infraestructura de evacuación asociada, junto a
su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración
de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante Resolución de 23 de enero
de 2023 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA), en la que se establecen
las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, y que ha sido
debidamente publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las
aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.

cve: BOE-A-2023-13057
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 130