III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Subvenciones. (BOE-A-2023-13074)
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se fijan los criterios de distribución territorial y las cuantías resultantes entre comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado a la financiación en 2023 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Comunidad autónoma o ciudad
Sec. III. Pág. 76773
Distribución de Crédito 2023
Porcentaje de reparto (%) Cuantía resultante
Canarias.
5,10
765.562,00
Cantabria.
2,39
358.208,00
Castilla y León.
7,07
1.060.937,00
Castilla-La Mancha.
5,74
861.434,00
12,01
1.801.739,00
Comunidad Valenciana.
9,25
1.387.326,00
Extremadura.
4,42
662.376,00
Galicia.
7,58
1.137.097,00
Comunidad de Madrid.
9,82
1.473.460,00
Región de Murcia.
4,20
629.856,00
La Rioja.
1,58
237.600,00
Ciudad de Ceuta.
2,09
313.900,00
Ciudad de Melilla.
1,99
298.630,00
100,00
15.000.000,00
Cataluña.
Total.
B) Programas para el refuerzo de equipos de atención a la infancia y la familia en
los servicios sociales de atención primaria, en ejecución de lo previsto en la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia (LOPIVI) por un importe de 25.000.000 de euros.
Este crédito irá destinado a financiar el refuerzo de los equipos de infancia y familia
de la Red de servicios sociales de atención primaria y a proporcionar a la ciudadanía
servicios sociales adecuados que permitan la prevención y detección precoz de cualquier
tipo de riesgo de violencia hacia la infancia, promoviendo la competencia en sus
funciones de crianza por parte de las familias.
El programa se vincula con el despliegue de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia, donde establece, en su apartado 1, la necesidad de que los
servicios sociales se doten de profesionales y equipos de intervención familiar y con la
infancia y adolescencia, especialmente entrenados en la detección precoz, valoración e
intervención frente a la violencia ejercida sobre las personas menores de edad.
Así mismo, el apartado 2 del mencionado artículo indica que estos equipos deberán
estar constituidos preferentemente por profesionales de la educación social, de la
psicología y del trabajo social, y cuando sea necesario de la abogacía, especializados en
casos de violencia sobre la infancia y la adolescencia.
Los programas, que deberán ser promovidos -dentro del Sistema Público de
Servicios Sociales- por las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla
o por las corporaciones locales y/o los entes públicos de carácter local, se seleccionarán
de común acuerdo entre éstas y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y
deberán estar dirigidos a la financiación de los equipos de atención a la infancia y la
familia de los servicios sociales de atención primaria.
Cofinanciación de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla y/o
de las corporaciones locales:
Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla aportarán, para la
financiación de los proyectos seleccionados, al menos, una dotación económica de igual
cuantía que la que le corresponde en la distribución.
cve: BOE-A-2023-13074
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Comunidad autónoma o ciudad
Sec. III. Pág. 76773
Distribución de Crédito 2023
Porcentaje de reparto (%) Cuantía resultante
Canarias.
5,10
765.562,00
Cantabria.
2,39
358.208,00
Castilla y León.
7,07
1.060.937,00
Castilla-La Mancha.
5,74
861.434,00
12,01
1.801.739,00
Comunidad Valenciana.
9,25
1.387.326,00
Extremadura.
4,42
662.376,00
Galicia.
7,58
1.137.097,00
Comunidad de Madrid.
9,82
1.473.460,00
Región de Murcia.
4,20
629.856,00
La Rioja.
1,58
237.600,00
Ciudad de Ceuta.
2,09
313.900,00
Ciudad de Melilla.
1,99
298.630,00
100,00
15.000.000,00
Cataluña.
Total.
B) Programas para el refuerzo de equipos de atención a la infancia y la familia en
los servicios sociales de atención primaria, en ejecución de lo previsto en la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia (LOPIVI) por un importe de 25.000.000 de euros.
Este crédito irá destinado a financiar el refuerzo de los equipos de infancia y familia
de la Red de servicios sociales de atención primaria y a proporcionar a la ciudadanía
servicios sociales adecuados que permitan la prevención y detección precoz de cualquier
tipo de riesgo de violencia hacia la infancia, promoviendo la competencia en sus
funciones de crianza por parte de las familias.
El programa se vincula con el despliegue de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia, donde establece, en su apartado 1, la necesidad de que los
servicios sociales se doten de profesionales y equipos de intervención familiar y con la
infancia y adolescencia, especialmente entrenados en la detección precoz, valoración e
intervención frente a la violencia ejercida sobre las personas menores de edad.
Así mismo, el apartado 2 del mencionado artículo indica que estos equipos deberán
estar constituidos preferentemente por profesionales de la educación social, de la
psicología y del trabajo social, y cuando sea necesario de la abogacía, especializados en
casos de violencia sobre la infancia y la adolescencia.
Los programas, que deberán ser promovidos -dentro del Sistema Público de
Servicios Sociales- por las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla
o por las corporaciones locales y/o los entes públicos de carácter local, se seleccionarán
de común acuerdo entre éstas y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y
deberán estar dirigidos a la financiación de los equipos de atención a la infancia y la
familia de los servicios sociales de atención primaria.
Cofinanciación de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla y/o
de las corporaciones locales:
Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla aportarán, para la
financiación de los proyectos seleccionados, al menos, una dotación económica de igual
cuantía que la que le corresponde en la distribución.
cve: BOE-A-2023-13074
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130