III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13043)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Helena Solar 2, de 99,98 MW de potencia pico y 89,36 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Méntrida, La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte, Novés, Maqueda, Portillo de Toledo, Quismondo, Valmojado y Santa Cruz de Retamar (Toledo) y Navalcarnero, Villaviciosa de Odón, Villamanta y Móstoles (Madrid).
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76494
– Disminución de posiciones de línea en las subestaciones SET La Cañada, SET El
Límite y SET La Platera, con incrementos de potencia de los transformadores.
– Cambios de trazado y tipología de las líneas de evacuación: se soterra casi en su
totalidad las conexiones a 30 kV entre Helena Solar 9 y 12 con la subestación SET La
Cañada 30/220 kV; se produce soterramiento de tramos entre las subestaciones SET La
Mesilla 30/220 kV y SET Las Loberas 30/220 kV; cambia de trazado y se soterra
parcialmente la línea a 30 kV entre Helena Solar 4 y la subestación SET Las
Loberas 30/220 kV; cambios de trazado y soterramiento parcial entre las subestaciones
SET Las Loberas 30/220 kV y SET El Límite 30/220 kV; soterramiento parcial entre las
subestaciones SET El Límite 30/220 y SET La Platera 220/400 kV.
– Nuevas líneas de evacuación entre las plantas Helena Solar 12 y la subestación
SET La Cañada 30/220kV y entre Helena Solar 7 y la subestación SET Las
Loberas 30/220 kV.
La petición fue sometida a una segunda información pública, de conformidad con lo
previsto en el mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo
dispuesto en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 1 de julio
de 2022 en el «Boletín Oficial del Estado» y con fecha 30 de junio de 2022 en el Boletín
Oficial de la Provincia de Toledo, y el 5 de julio de 2022 en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid. Se han recibido alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran los promotores de instalaciones de
generación eléctrica Minerva Power SL, Aulaga Desarrollos España SL, Granado
Desarrollos Fotovoltaicos España, SL, Progresión Dinámica SL y Trébol Desarrollos
Fotovoltaicos España SL, en relación con afecciones del proyecto del promotor con los
de los alegantes. Se dio traslado al promotor, que respondió a las mismas, indicando que
estaba manteniendo reuniones con todas y cada una de las promotoras al objeto de
llegar a soluciones técnicas compatibles para todos los proyectos involucrados.
Se ha recibido contestación, de la que no se desprende oposición, de la Dirección
General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de
Castilla-La Mancha, del Instituto Geográfico Nacional, de Exolum (Compañía Logística
de Hidrocarburos CLH), del Ayuntamiento de Méntrida, de la Dirección General de
Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana, de los Ayuntamientos de Portillo de Toledo y Maqueda, del Canal de
Isabel II y de ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias). Se ha dado traslado
al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de Telefónica de España SAU, de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, del Ayuntamiento de Santa Cruz de Retamar, de la Dirección General
de Carreteras de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de Enagás
Transporte SAU, de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea), de Madrileña Red de
Gas, de la Confederación Hidrográfica del Tajo y de los Ayuntamientos de Navalcarnero
y Villamanta, donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a
llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones,
el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Transición Energética de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla–La Mancha, donde se ponen de
manifiesto una serie de propuestas en relación con el proyecto consultado. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, y argumenta su postura en la respuesta. No
se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo
que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4
del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha,
donde se ponen de manifestando su oposición con el proyecto consultado por afecciones
con sus infraestructuras. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
indicando que desarrollará durante la fase de proyecto constructivo los datos finales del
cve: BOE-A-2023-13043
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76494
– Disminución de posiciones de línea en las subestaciones SET La Cañada, SET El
Límite y SET La Platera, con incrementos de potencia de los transformadores.
– Cambios de trazado y tipología de las líneas de evacuación: se soterra casi en su
totalidad las conexiones a 30 kV entre Helena Solar 9 y 12 con la subestación SET La
Cañada 30/220 kV; se produce soterramiento de tramos entre las subestaciones SET La
Mesilla 30/220 kV y SET Las Loberas 30/220 kV; cambia de trazado y se soterra
parcialmente la línea a 30 kV entre Helena Solar 4 y la subestación SET Las
Loberas 30/220 kV; cambios de trazado y soterramiento parcial entre las subestaciones
SET Las Loberas 30/220 kV y SET El Límite 30/220 kV; soterramiento parcial entre las
subestaciones SET El Límite 30/220 y SET La Platera 220/400 kV.
– Nuevas líneas de evacuación entre las plantas Helena Solar 12 y la subestación
SET La Cañada 30/220kV y entre Helena Solar 7 y la subestación SET Las
Loberas 30/220 kV.
La petición fue sometida a una segunda información pública, de conformidad con lo
previsto en el mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo
dispuesto en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 1 de julio
de 2022 en el «Boletín Oficial del Estado» y con fecha 30 de junio de 2022 en el Boletín
Oficial de la Provincia de Toledo, y el 5 de julio de 2022 en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid. Se han recibido alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran los promotores de instalaciones de
generación eléctrica Minerva Power SL, Aulaga Desarrollos España SL, Granado
Desarrollos Fotovoltaicos España, SL, Progresión Dinámica SL y Trébol Desarrollos
Fotovoltaicos España SL, en relación con afecciones del proyecto del promotor con los
de los alegantes. Se dio traslado al promotor, que respondió a las mismas, indicando que
estaba manteniendo reuniones con todas y cada una de las promotoras al objeto de
llegar a soluciones técnicas compatibles para todos los proyectos involucrados.
Se ha recibido contestación, de la que no se desprende oposición, de la Dirección
General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de
Castilla-La Mancha, del Instituto Geográfico Nacional, de Exolum (Compañía Logística
de Hidrocarburos CLH), del Ayuntamiento de Méntrida, de la Dirección General de
Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana, de los Ayuntamientos de Portillo de Toledo y Maqueda, del Canal de
Isabel II y de ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias). Se ha dado traslado
al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de Telefónica de España SAU, de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, del Ayuntamiento de Santa Cruz de Retamar, de la Dirección General
de Carreteras de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de Enagás
Transporte SAU, de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea), de Madrileña Red de
Gas, de la Confederación Hidrográfica del Tajo y de los Ayuntamientos de Navalcarnero
y Villamanta, donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a
llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones,
el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Transición Energética de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla–La Mancha, donde se ponen de
manifiesto una serie de propuestas en relación con el proyecto consultado. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, y argumenta su postura en la respuesta. No
se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo
que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4
del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha,
donde se ponen de manifestando su oposición con el proyecto consultado por afecciones
con sus infraestructuras. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
indicando que desarrollará durante la fase de proyecto constructivo los datos finales del
cve: BOE-A-2023-13043
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130