III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13043)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Helena Solar 2, de 99,98 MW de potencia pico y 89,36 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Méntrida, La Torre de Esteban Hambrán, Casarrubios del Monte, Novés, Maqueda, Portillo de Toledo, Quismondo, Valmojado y Santa Cruz de Retamar (Toledo) y Navalcarnero, Villaviciosa de Odón, Villamanta y Móstoles (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 76492

Entre las alegaciones recogidas se encuentran los promotores de instalaciones de
generación eléctrica Aulaga Desarrollos España SL (PFot 452AC), Desarrollos
Fotovoltaicos Ibéricos 1 SL (PFot 575), El Refugio Fotovoltaico SLU (PFot 523), Kalianda
Promociones SL (PFot 458), PFV Prado Gris SLU (PFot 595) y Progresión Dinámica
(PFot 455AC), en relación con afecciones del proyecto del promotor con los de los
alegantes. Se dio traslado al promotor, que respondió a las mismas, indicando que
estaba manteniendo reuniones con todas y cada una de las promotoras al objeto de
llegar a soluciones técnicas compatibles para todos los proyectos involucrados.
Se han recibido contestaciones, de las que no se desprende oposición, de la
Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo
Rural de Castilla-La Mancha, de Telefónica de España SAU, del Ayuntamiento de Novés,
del Ayuntamiento de Maqueda, de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería
de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, y de la Dirección
General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Se
ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad
con las mismas.
Se han recibido contestaciones de Red Eléctrica de España, del Ayuntamiento de
Méntrida, de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del Canal de Isabel II, del
Instituto Geográfico Nacional, de UFD (Grupo Naturgy), del Ayuntamiento de
Navalcarnero, y del Área de Vías Pecuarias de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, donde se muestran condicionantes a
la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Planificación Territorial y
Urbanismo y de la Dirección General de Carreteras y Transportes, ambas de la
Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, de Infraestructuras del Agua de CastillaLa Mancha, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, del Ayuntamiento de Portillo de
Toledo, de la Dirección General de Ordenación y Seguridad Minera y la Dirección
General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía y Hacienda
de la Comunidad de Madrid, donde se ponen de manifiesto una serie de propuestas en
relación con el proyecto consultado. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, y argumenta su postura en la respuesta. No se ha recibido respuesta de
los organismos a estas últimas contestaciones del promotor, por lo que se entiende la
conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados los Ayuntamientos de Santa Cruz de Retamar, La Torre de Esteban
Hambrán, Casarrubios del Monte y Valmojado, Endesa SA, la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea (AESA), el Servicio Provincial de Minas de la Consejería de Desarrollo
Sostenible de Castilla-La Mancha, Iberdrola Distribución Eléctrica, la Viceconsejería de
Medio Ambiente de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, la
Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes de
Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, la Delegación del Gobierno en Madrid, la
Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, la Compañía Logística de Hidrocarburos, SA (CLH), los Ayuntamiento de
Móstoles y Villamanta, la Subdirección General de Evaluación Ambiental Estratégica y
Desarrollo Sostenible, la Subdirección General de Planificación, la Subdirección General
de Política Agraria y Desarrollo Rural y la Subdirección General de Recursos Naturales,
todas ellas de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad
de Madrid, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Quismondo, indicando que no
existía afectación. El promotor respondió que quedaba acreditada afección por el paso
de la línea eléctrica de 220 kV. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última

cve: BOE-A-2023-13043
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Núm. 130