III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13038)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Cilindro Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Cilindro Solar, de 90,47 MW de potencia pico y 72,38 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Numancia de la Sagra, Esquivias y Yeles (Toledo) y Torrejón de Velasco (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 76451

puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición
del proyecto se atenderá, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y
medidas dispuestas en la DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a
tal efecto:
– El proyecto de construcción de las PSFV desarrollará la solución propuesta por el
promotor en diciembre de 2022 y respecto a las infraestructuras de evacuación,
desarrollará las sometidas al tercer periodo de información pública y consultas
(condición i.1)
– Se soterrará la línea eléctrica en los tramos expresamente indicados por la
Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid
(corredores ecológicos principales, IBA, MUP y arroyo Guatén). El proyecto definitivo de
soterramiento llevará asociado estudio de detalle de las afecciones sobre suelos, flora,
fauna, HIC, paisaje, agua y patrimonio cultural. Tanto el proyecto como los estudios
adicionales se presentarán a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales
de la Comunidad de Madrid para su conformidad (condición i.4).
– Se excluirá la disposición de los paneles fotovoltaicos en las zonas de
inundabilidad para el periodo de retorno de 100 años (condición ii.2.4).
– Se elaborará un plan de restauración vegetal e integración paisajística, acorde a lo
establecido en la DIA (condición ii.4.7).
– Se elaborará un protocolo de erradicación y control de flora, acorde a lo
establecido en la DIA (condición ii.4.10).
– Las medidas compensatorias por afección de las PSFV indicadas (condición ii.5.9)
serán aprobadas antes del comienzo de los trabajos por el Servicio Provincial de Toledo
de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha.
– Serán aprobadas por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
Castilla-La Mancha las medidas compensatorias acordadas en su informe de 27 de abril
de 2022; dicha medida aplicará de manera análoga al tramo de línea eléctrica que
atraviese la provincia de Toledo (condición ii.5.10).
– Se modificarán los apoyos de la línea eléctrica aérea, con tres apoyos por
kilómetro de nueva línea. Dicha modificación podrá ser sustituida por soterramiento en
distancia equivalente (condición ii.5.14).
– Se aprobará por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid la compensación en mejora de líneas eléctricas ya existentes, al
haberse exceptuado el soterramiento del tramo que atraviesa el corredor ecológico «La
Sagra» (condición ii.5.15).
– Se presentará el proyecto definitivo de infraestructura eléctrica en formato digital para
su evaluación por el Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y
Deportes de Toledo, y se realizarán las intervenciones indicadas (condición ii.8.1).
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA y en particular lo indicado en el
apartado (iii).
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la
citada DIA, previamente a su aprobación.
Considerando que en la formulación de la DIA señalada anteriormente el órgano
ambiental ha tenido en consideración la adenda presentada por el promotor de los
parques fotovoltaicos de diciembre de 2022, donde se aplica una reducción de superficie
en consonancia con las demandas de los organismos ambientales competentes, lo que
ha supuesto una actualización de la potencia instalada que será recogida en la presente
autorización.
La citada DIA ha tomado en consideración las modificaciones de proyecto que se
han producido atendiendo a los requerimientos expuestos en informes y alegaciones
recibidos durante la tramitación del proyecto e incluidas en la documentación aportada

cve: BOE-A-2023-13038
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