III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-12998)
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Betanzos, por la que se deniega la práctica del asiento de presentación de determinado documento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76134
Notario autorizante “para que remita a la Oficina del Catastro copia de lo actuado con
todos sus anejos, a fin de que por éste se tramite el expediente de rectificación de
errores en la titularidad catastral...”. Se acompaña resolución estimatoria de titularidad
dictada por la Gerencia Regional del Catastro de Galicia de fecha 28/11/2022.
El Acta notarial referida recoge un requerimiento encaminado a la rectificación de
errores existentes en un organismo púbico distinto del Registro de la Propiedad de
Betanzos, por tanto nos encontramos ante “documentos que por su naturaleza,
contenido o finalidad no puedan provocar operación registral alguna”.
En vista de los precedentes hechos, y al amparo de los siguientes:
Fundamentos de Derecho:
Art. 420 del Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento
Hipotecario: “Los Registradores no extenderán asiento de presentación de los siguientes
documentos:...
3. Los demás documentos que por su naturaleza, contenido o finalidad no puedan
provocar operación registral alguna.”
Vistos la Ley y Reglamento Hipotecario, en especial los preceptos citados,
El Registrador que suscribe acuerda no practicar asiento de presentación del Acta
notarial aportada.
Contra esta calificación podrá (…)
Este documento ha sido firmado con firma electrónica cualificada por Jesús
Fernández Brea registrador/a de Registro Propiedad de Betanzos a día veintiocho de
diciembre del dos mil veintidós.»
III
Contra la anterior nota de calificación, don A. C. V. interpuso recurso el día 13 de
febrero de 2023 mediante escrito en el que alegaba lo siguiente:
«(…) Que mostrando desacuerdo con la calificación emitida por el Sr. Registrador de
Betanzos, dentro del plazo legal se interpone recurso contra la calificación negativa de
fecha 28 de diciembre en el procedimiento núm. 7721/2022 en base a las siguientes:
Hechos.
“El día 27 del corriente mes de diciembre tuvo entrada en este Registro de la
Propiedad, bajo el número arriba indicado, un Acta de requerimiento autorizada
el 20/07/2022, por el Notario de A Coruña, don Enrique Santiago Rajoy Feijoo, número
de protocolo 1603/2022, en virtud de doña M. J. G. C. y don A. C. V. requieren al Notario
autorizante ‘para que remita a la Oficina del Catastro copia de lo actuado con todos sus
anejos, a fin de que por éste se tramite el expediente de rectificación de errores den la
titularidad catastral...’ Se acompaña resolución estimatoria de titularidad dictada por la
Gerencia Regional del Catastro de Galicia de fecha 28/11/2022.
cve: BOE-A-2023-12998
Verificable en https://www.boe.es
Primero. Que mediante instancia suscrita el pasado día 27 de diciembre, se
presenta Acta de requerimiento con firma legitimada por el notario de A Coruña, Don
Enrique Santiago Rajoy Feijoo, con número de protocolo 1603/2022, de fecha 20 de julio
de 2022, por el que se solicita la rectificación de errores en la titularidad catastral; en
cuanto a la titularidad registral (finca 21140, libro de Bergondo, Registro de Betanzos).
Que presentado dicho documento en el Registro de la Propiedad de Betanzos, es
objeto de calificación negativa, con arreglo a los siguientes hechos y fundamentos
jurídicos:
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76134
Notario autorizante “para que remita a la Oficina del Catastro copia de lo actuado con
todos sus anejos, a fin de que por éste se tramite el expediente de rectificación de
errores en la titularidad catastral...”. Se acompaña resolución estimatoria de titularidad
dictada por la Gerencia Regional del Catastro de Galicia de fecha 28/11/2022.
El Acta notarial referida recoge un requerimiento encaminado a la rectificación de
errores existentes en un organismo púbico distinto del Registro de la Propiedad de
Betanzos, por tanto nos encontramos ante “documentos que por su naturaleza,
contenido o finalidad no puedan provocar operación registral alguna”.
En vista de los precedentes hechos, y al amparo de los siguientes:
Fundamentos de Derecho:
Art. 420 del Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento
Hipotecario: “Los Registradores no extenderán asiento de presentación de los siguientes
documentos:...
3. Los demás documentos que por su naturaleza, contenido o finalidad no puedan
provocar operación registral alguna.”
Vistos la Ley y Reglamento Hipotecario, en especial los preceptos citados,
El Registrador que suscribe acuerda no practicar asiento de presentación del Acta
notarial aportada.
Contra esta calificación podrá (…)
Este documento ha sido firmado con firma electrónica cualificada por Jesús
Fernández Brea registrador/a de Registro Propiedad de Betanzos a día veintiocho de
diciembre del dos mil veintidós.»
III
Contra la anterior nota de calificación, don A. C. V. interpuso recurso el día 13 de
febrero de 2023 mediante escrito en el que alegaba lo siguiente:
«(…) Que mostrando desacuerdo con la calificación emitida por el Sr. Registrador de
Betanzos, dentro del plazo legal se interpone recurso contra la calificación negativa de
fecha 28 de diciembre en el procedimiento núm. 7721/2022 en base a las siguientes:
Hechos.
“El día 27 del corriente mes de diciembre tuvo entrada en este Registro de la
Propiedad, bajo el número arriba indicado, un Acta de requerimiento autorizada
el 20/07/2022, por el Notario de A Coruña, don Enrique Santiago Rajoy Feijoo, número
de protocolo 1603/2022, en virtud de doña M. J. G. C. y don A. C. V. requieren al Notario
autorizante ‘para que remita a la Oficina del Catastro copia de lo actuado con todos sus
anejos, a fin de que por éste se tramite el expediente de rectificación de errores den la
titularidad catastral...’ Se acompaña resolución estimatoria de titularidad dictada por la
Gerencia Regional del Catastro de Galicia de fecha 28/11/2022.
cve: BOE-A-2023-12998
Verificable en https://www.boe.es
Primero. Que mediante instancia suscrita el pasado día 27 de diciembre, se
presenta Acta de requerimiento con firma legitimada por el notario de A Coruña, Don
Enrique Santiago Rajoy Feijoo, con número de protocolo 1603/2022, de fecha 20 de julio
de 2022, por el que se solicita la rectificación de errores en la titularidad catastral; en
cuanto a la titularidad registral (finca 21140, libro de Bergondo, Registro de Betanzos).
Que presentado dicho documento en el Registro de la Propiedad de Betanzos, es
objeto de calificación negativa, con arreglo a los siguientes hechos y fundamentos
jurídicos: