I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Función pública. (BOE-A-2023-12918)
Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
108 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Jueves 1 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 75819

i) Determinar el número de puestos, características y retribuciones reservados al
personal eventual y personal directivo profesional, dentro de los créditos presupuestarios
consignados al efecto.
j) Aprobar las condiciones generales, modalidades y ámbitos de aplicación de la
carrera profesional del personal funcionario de carrera en el marco de lo establecido en
esta ley.
k) Aprobar los sistemas y procedimientos para la evaluación del desempeño del
personal empleado público, así como sus efectos en la carrera profesional, en la
formación, en la provisión de puestos de trabajo y en la percepción de retribuciones
complementarias, todo ello en el marco de lo establecido en esta ley.
l) Resolver, previos informes o dictámenes pertinentes, los expedientes
disciplinarios que impliquen separación definitiva del servicio del personal funcionario.
m) Establecer el régimen jurídico específico del personal directivo, así como los
criterios para determinar su condición.
n) Establecer la jornada de trabajo.
ñ) Integrar al personal funcionario de la Administración pública de la Comunidad
Autónoma de La Rioja en los cuerpos y escalas que se crean en esta ley.
o) Aprobar, a propuesta de la consejería correspondiente, las medidas que
garanticen los servicios mínimos en los casos de huelga, de acuerdo con la normativa
que resulte aplicable.
p) Aprobar las agrupaciones de puestos de trabajo con el fin de ordenar el sistema
de selección y provisión de personal, la formación y la carrera profesional, así como para
garantizar una mayor especialización profesional.
q) Ejercer cualquier otra competencia que le sea atribuida por la normativa vigente.
Artículo 15.

Competencias de la consejería competente en materia de función pública.

a) Elaborar los proyectos de normas de general aplicación en materia de función
pública, proponiendo al Consejo de Gobierno su aprobación.
b) Impulsar, coordinar y controlar la ejecución de la política de personal.
c) Velar por el cumplimiento de las normas de general aplicación en materia de
función pública y de personal por parte de los órganos de la Administración, y ejercer la
inspección general sobre todos los servicios y personal dependiente de la Administración
general de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de los organismos públicos, sin
perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos en relación con la inspección
interna de los mismos.
d) Elaborar el proyecto de oferta de empleo público, de acuerdo con las previsiones
que a tal efecto se determinen en las leyes anuales de presupuestos, y la propuesta de
su aprobación al Consejo de Gobierno.
e) Elaborar y someter a la aprobación del Consejo de Gobierno las relaciones de
puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja
e informar las correspondientes a los organismos públicos.
f) Elaborar, tramitar y aprobar las relaciones de puestos de trabajo
correspondientes a la Administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja y
sus organismos públicos cuando se financien con créditos presupuestarios del mismo
centro de gasto.
g) Informar con carácter facultativo y no vinculante los anteproyectos de ley y los
proyectos de disposiciones generales elaborados por la Presidencia de la Comunidad
Autónoma de La Rioja o las consejerías que se refieran a estructura orgánica, método de
trabajo y personal correspondientes a la Comunidad Autónoma de La Rioja.

cve: BOE-A-2023-12918
Verificable en https://www.boe.es

1. Corresponde a la consejería competente en materia de función pública el
desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de la política del Consejo
de Gobierno en materia de función pública.
2. Corresponde, en particular, a la consejería competente en materia de función
pública: