III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12901)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Vulpes Velox Invest, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Bilyana 2, de 58,18 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Monóvar (Alicante).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75662

solicitando documentación complementaria. Se dio traslado al promotor, que contestó
que se realizarían cuantos planos se requieren en las conclusiones del informe.
Trasladada la contestación del promotor al citado organismo, se ratificó en su informe
desfavorable salvo que se subsanase conforme solicitado. EL promotor dio respuesta a
este segundo informe indicando que se encontraba preparando dicha documentación y
la aportará de manera conjunta al expediente tan pronto como se finalizase el estudio
de tráfico.
Preguntados el Ayuntamiento de Novelda y la Dirección General de Industria,
Energía y Minas de la Consejería de Economía Sostenible, Sectores Productivos,
Comercio y Trabajo de la Generalitat Valenciana, no se recibió respuesta por su parte,
por lo que se entiendió la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 18 de noviembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado» y con fecha 9 de noviembre de 2021 en el «Boletín Oficial de
la Provincia de Alicante». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Cabe destacar la alegación de Taranta Solar, SLU y Carlit Solar Spain, SLU,
indicando que se producen cruzamientos en las líneas de evacuación y con poligonales
de los proyectos de instalaciones fotovoltaicas que promueven, bajo los expedientes
SGEE/PFot-098 y SGEE/PFot-099. Se dio traslado al promotor, que contestó que se
pondrá en contacto con dichas sociedades en búsqueda de una solución óptima.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Júcar; a la Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental
de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición
Ecológica de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General de Cultura y Patrimonio de
la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana; a la Agencia
de Seguridad y Respuesta a las Emergencias de la Consejería de Justicia, Interior y
Administración Pública; a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la
Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana; de la
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica de la Generalitat
Valenciana; a la Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la Consejería de
Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat Valenciana; a la Dirección
General de Prevención de Incendios Forestales y Sensibilización de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica de la
Generalitat Valenciana; a la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a la Subdirección General
de Política Forestal y Lucha contra la Desertificación del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico; a Ecologistas en acción; a SEO/Birdlife y a WWF/Adena.
Posteriormente, con fecha 7 de septiembre de 2022, el promotor presenta
modificaciones del proyecto original, que afectan a las superficies y características del
parque fotovoltaico, eliminando la parte del parque fotovoltaico del término municipal de
Salinas, sin reducir la potencia instalada de la planta FV Monòver, al tener un mayor
impacto ambiental por cercanía a una sierra y zona ZEPA; así como también presenta
modificaciones en el trazado y en las características de la línea de evacuación a 220 kV
que conecta la subestación «FV Monòver» 220/30 kV con la subestación «Promotores
Novelda» 220 kV, que pasa a contar con más tramos soterrados, siguiendo
recomendaciones de los municipios de Monóvar y Novelda.
Resultado de lo anterior, el expediente fue tramitado de nuevo en el Área de Industria
y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Alicante, de conformidad con lo previsto
en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades

cve: BOE-A-2023-12901
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Núm. 129