III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12901)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Vulpes Velox Invest, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Bilyana 2, de 58,18 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Monóvar (Alicante).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75663

de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de Nedgia
Cegas, SA, de Red Eléctrica de España, SAU, y de Telefónica de España, SA. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con
las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Novelda, indicando que será
necesaria la declaración de interés comunitario y cierre vegetal de la subestación
«Promotores Novelda» 220 kV y solicitando el soterramiento de la infraestructura de
evacuación a su paso por el municipio. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, el cual manifiesta su conformidad respecto al cierre vegetal e indica que ha
previsto soterrar alrededor de 2,2 km a la llegada de la línea 220 kV de evacuación.
Preguntados el Ayuntamiento de Aspe; el Ayuntamiento de Monóvar; la Comunidad de
Aguas de Novelda; la Confederación Hidrográfica del Júcar; la Dirección General de
Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía Sostenible, Sectores Productivos,
Comercio y Trabajo de la Generalitat Valenciana; la Dirección General de Obras Públicas,
Transporte y Movilidad de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad
de la Generalitat Valenciana; I-DE Redes eléctricas inteligentes, SAU, y de Redexis, SA, no
se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los
mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre.
Asimismo, se ha sometido la documentación modificada a una nueva información
pública, realizando la publicación el 27 de septiembre de 2022 en el «Boletín Oficial del
Estado» y con fecha 29 de septiembre de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Alicante». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Cabe destacar la alegación de Taranta Solar, SLU, el cual indica que si se agregan
las superficies de la planta fotovoltaica que promueve bajo el expediente SGEE/PFot-098
junto con el parque fotovoltaico del presente expediente ocuparían una extensión que
supera el límite de la ocupación racional del suelo no urbanizable en el término municipal
de Monóvar y alegan que su proyecto goza de prioridad por el orden riguroso de
incoación. Se da traslado al promotor, que contesta que su proyecto representa una
ocupación del 0,94 % de suelo no urbanizable del término municipal, siendo compatible
con el proyecto desarrollado por la entidad alegante.
Igualmente, se remitieron separatas del nuevo anteproyecto y estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación Hidrográfica del
Júcar, a la Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias de la Consejería de
Justicia, Interior y Administración Pública; a la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la
Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana; a la Dirección
General de Medio Natural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia
Climática y Transición Ecológica de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General de
Política Territorial y Paisaje de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad
de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales y
Sensibilización de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática
y Transición Ecológica de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General de Salud Pública
y Adicciones de la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat
Valenciana; a Ecologistas en acción; a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a SEO/Birdlife y a WWF/Adena.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de Alicante de la Subdelegación del
Gobierno en Alicante emitió informe en fecha 23 de noviembre de 2022.

cve: BOE-A-2023-12901
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Núm. 129