III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12900)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Roble New Energy, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Villameca I Solar PV, de 99,74 MW de potencia pico, 87,4 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Benavides, Quintana del Castillo y Villamejil (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75654

intercambio de informes entre las partes, finalmente Red Eléctrica indica que el
cruzamiento es reglamentario.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Villamejil y de la Junta Vecinal
de Castrillos de Cepeda, donde manifiestan su oposición a la línea de evacuación del
parque por motivos medioambientales, urbanísticos y por su afección negativa en el
empleo local. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
argumenta su postura en la respuesta. Trasladadas las respuestas del promotor al
ayuntamiento y la junta vecinal, ambos mantienen su oposición.
Se ha recibido contestaciones de la Junta Vecinal de Antoñán del Valle y de la Junta
Vecinal de Sueros de Cepeda, donde manifiestan su oposición a la línea de evacuación
del parque por motivos medioambientales y urbanísticos. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual argumenta su postura en la respuesta.
Trasladadas las respuestas del promotor a las juntas vecinales, estas mantienen su
oposición.
Preguntados la Dirección General Ordenación del Territorio y Planificación de la
Junta de Castilla y León, la Diputación Provincial de León, el Ayuntamiento de
Benavides, el Ayuntamiento de Quintana del Castillo, la Junta Vecinal de Quintanilla del
Monte, la Junta Vecinal de Riofrío, la Junta Vecinal de Abano de Cepeda y la Junta
Vecinal de la Veguellina de Cepeda, no se ha recibido contestación por su parte, por lo
que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 15 de abril de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 16 de abril de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia
de León. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se recibieron alegaciones de las sociedades Miriam Solar y Wasat Solar, promotores
de los proyectos Villameca Solar 1-2 (SGEE/PFot-389) y Villameca Solar 3 (SGEE/
PFot-401), así como de la sociedad Planta FV127, promotor del proyecto Aquarii Solar
(SGEE/PFot-234). En las citadas alegaciones, se indica la afección de la línea de
evacuación a 132 kV del proyecto con parte las infraestructuras comunes de evacuación
de sus expedientes, entre ellas, la subestación Cepeda Renovables 132/400 kV. Se ha
dado traslado al promotor de dicha alegación, el cual argumenta su postura en la
respuesta, indicando que, tras retomar las conversaciones, se está próximo a firmar un
acuerdo al respecto. Finalmente, el promotor manifiesta que el tramo de línea en
cuestión ya no se encuentra en el expediente objeto de esta resolución y, a su vez, esta
incompatibilidad ya estaría solucionada, por lo que no es necesaria la firma de ningún
acuerdo.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Oficina Española de Cambio Climático, a la Confederación
Hidrográfica del Duero, a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y
Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la
Dirección General de Salud Pública de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General
de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de Calidad y
Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de
Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, a la Fundación de
Patrimonio Natural de Castilla y León de la Junta de Castilla y León, a la Dirección
General Ordenación del Territorio y Planificación de la Junta de Castilla y León, a la
Diputación Provincial de León, a la Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y
León, a Ecologistas en Acción, a Greenpeace y a WWF España (WWF/ADENA).
Las consideraciones en materia de medio ambiente han sido objeto del trámite de
evaluación de impacto ambiental del proyecto del cual resulta la declaración de impacto
ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta por
parte del promotor para el proyecto.

cve: BOE-A-2023-12900
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Núm. 129