III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12898)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Ojeador Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar, de 59,02 MW de potencia instalada e infraestructura de evacuación, en Pioz, Pozo de Guadalajara y Guadalajara (Guadalajara).
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75640

Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Subdirección General de Patrimonio de la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa, de UFD Distribución Electricidad, SA, y de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y de Redexis Gas, SA, en
las que se recogen condicionados a las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se
ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su
conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe de Infraestructuras Agua Castilla-La Mancha, donde muestra
su oposición y ponen de manifiesto que la implantación propuesta en la zona genera
afecciones a las infraestructuras de abastecimiento de la Mancomunidad de Aguas del
Río Tajuña, en concreto, se produce un cruce entre la línea subterránea a 30kV de la
planta solar y la derivación del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable en Alto de
Tajuña (Ramal Z1-A). Se ha dado traslado al promotor, que declara presentará planos
técnicos describiendo las afecciones y cumpliendo la legislación vigente una vez
consolidado el Proyecto de Construcción y siempre previo inicio de obras, asimismo
solicitará a una visita técnica conjunta para la obtención de los permisos pertinentes por
el citado organismo. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última
contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de
lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Carreteras de la
Consejería de Fomento la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Diputación
Provincial de Guadalajara, el Ayuntamiento de Pioz, el Ayuntamiento de Pozo de
Guadalajara, el Ayuntamiento de Guadalajara, la Compañía Logística de Hidrocarburos,
SA (EXOLUM), Hidroeléctrica El Carmen Redes, SL, Red Eléctrica De España, SA y
Telefónica de España SAU, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 19 de julio de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 16 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Guadalajara». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Tajo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a
la Oficina Española del Cambio Climático de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General
de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, a la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa
de la Subdirección General de Patrimonio, a la Dirección General de Salud Pública del
Ministerio de Sanidad, a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del
Ministerio de Interior, a la Dirección General de Transición Energética de la Consejería
de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la
Viceconsejería de Cultura y Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de
Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Salud Pública

cve: BOE-A-2023-12898
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 129