III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12898)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Ojeador Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar, de 59,02 MW de potencia instalada e infraestructura de evacuación, en Pioz, Pozo de Guadalajara y Guadalajara (Guadalajara).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Miércoles 31 de mayo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Ojeador Solar, SLU, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar, de 59,02
MW de potencia instalada e infraestructura de evacuación, en Pioz, Pozo de
Guadalajara y Guadalajara (Guadalajara).

Ojeador Solar, SLU, en adelante, el promotor, con fecha 6 de agosto de 2020,
subsanada con fecha 6 de noviembre de 2020, presentó solicitud de Autorización
Administrativa Previa de la planta solar fotovoltaica Ojeador Solar de 65 MWp, en los
términos municipales de Pioz y Pozo de Guadalajara (Guadalajara), y su Infraestructura
de Evacuación en 30 kV.
Con fecha 4 de junio de 2021, tiene entrada en el Registro Electrónico de esta
Subdirección General, escrito del promotor para la solicitud de modificación de la
implantación de la planta fotovoltaica Ojeador Solar, aportando documentación
actualizada que permite evitar la ocupación de zonas catalogadas como Suelo Rústico
de Reserva en el Plan de Ordenación Municipal del municipio Pozo de Guadalajara.
Con fecha 28 de junio de 2021, esta Dirección General de Política Energética y
Minas acordó la acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de
Autorización Administrativa Previa de las plantas fotovoltaicas Pañol Solar, de 100 MWp,
Bichero Solar, de 75 MWp, Montería Solar, de 65 MWp, Ojeador Solar, de 65 MWp,
Aluvión Solar, de 50 MWp, y Broza Solar, de 50 MWp; así como los expedientes de
Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la
planta fotovoltaica Bruma Solar, de 75 MWp, de la Subestación Eléctrica Pozo I 220/30
kV, de la Subestación Eléctrica Pozo II 220/30 kV, de la Entrada/Salida en ST Pozo I de
la Línea aérea de 220kV Atanzón-Ardoz, de la Entrada/Salida en Pozo II de la Línea
aérea de 220 kV Hojarasca–Henares, del tramo de Línea aérea de 220 kV AtanzónArdoz (Tramo entre AP57 y AP121), del tramo de Línea aérea de 220 kV AtanzónArdoz 220 kV (tramo entre AP157 y SET Ardoz 220 kV), de la Subestación Eléctrica
Villaflores 30/220 kV, y de la Línea aérea de 220 kV Atanzón–Ardoz REE (tramo ST
Villaflores-apoyo n.º2 de L/220 kV Hojarasca - Henares), en las provincias de
Guadalajara y Madrid.
Con fecha 10 de abril de 2023, esta Dirección General de Política Energética y Minas
acordó la desacumulación para la tramitación separada relativa a los expedientes de
Autorización Administrativa Previa de las plantas fotovoltaicas Pañol Solar, de 100 MWp,
Bichero Solar, de 75 MWp, Montería Solar, de 65 MWp, Ojeador Solar, de 65 MWp,
Aluvión Solar, de 50 MWp, Broza Solar, de 50 MWp, Bruma Solar, de 75 MWp y sus
infraestructuras de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid.
El expediente fue incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la
Subdelegación de Gobierno en Guadalajara y en el Área de Industria y Energía de la
Delegación de Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.

cve: BOE-A-2023-12898
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