III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12774)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Vertederos asociados al proyecto de construcción de la carretera N-629, de Burgos a Santoña. Acondicionamiento del Puerto de Los Tornos (Cantabria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Martes 30 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 74974
documento ambiental, e introduce una serie de indicaciones a tener en cuenta por el
promotor durante la ejecución del proyecto.
Sobre el resto de los vertederos (V-1, V-2, V-3, V-4, V-5A, V-5B y V-6), el organismo
competente en materia de aguas es la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, que indica
que los vertederos se encuentran sobre la cuenca vertiente a la masa de agua superficial
«Río Asón II» código ES078MAR000050, tipo «pequeños ejes cantabroatlánticos calcáreos»,
si bien ninguno en zona de policía del dominio público hidráulico.
Al no prever el documento ambiental afecciones sobre la hidrología superficial y
subterránea, este organismo señala una serie de medidas que deberán ser tenidas en
cuenta por el proyecto.
La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del
Gobierno de Cantabria considera que, aunque no se verá afectado directamente ningún
curso de agua por los rellenos planteados, deberá tenerse en cuenta el efecto indirecto
de las actuaciones sobre los mismos y destaca las siguientes afecciones:
– Contaminación de las aguas por vertidos accidentales durante la fase de obra.
– Incremento de la carga de sedimentos en las cuencas de drenaje afectadas por la
presencia de tierras sin cobertura vegetal durante la fase de obra.
– Modificación de los cauces hídricos superficiales en la fase de explotación debido
a la construcción de los sistemas de drenaje para captar y evacuar las aguas
procedentes de la escorrentía superficial del terreno en el entorno de los vertederos y
aquellas que se filtren en los rellenos.
Además, señala que la zona del relleno del vertedero V-0 presenta pequeños arroyos
superficiales que no han sido tenidos en cuenta en el documento. Con respecto a esta
ubicación, señala también que la realización del relleno V-0 supondrá la afección a un
ecosistema de turbera y la potencial alteración de la calidad de las aguas de los cursos
fluviales que reciben las aguas de las escorrentías que se rellenarán (arroyo innominado
y, posteriormente, el arroyo de Ventorrillo), de forma que se debe prescindir de dicho
vertedero analizando otras ubicaciones cercanas, accesibles, con topografía favorable y
que carezcan de valores ambientales susceptibles de ser protegidos.
Por su parte, la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad del
Gobierno de Cantabria, recuerda la necesidad de garantizar la calidad de las aguas
continentales y de consumo humano, cumpliendo, en todo momento, lo establecido en la
normativa sectorial. Por ello, sugiere incluir dentro del proyecto un Plan de Vigilancia
Ambiental y condiciones que garanticen la calidad de las aguas continentales y de
consumo humano. También indica que se deberá asegurar que los vertidos se realicen
de modo que no comprometan el desarrollo de actividades en las aguas receptoras.
El impacto sobre la vegetación procederá fundamentalmente de la eliminación de la
cubierta vegetal como resultado del despeje y desbroce del terreno en aquellos lugares
en los que se haga necesaria la ocupación de terreno, ya sea de manera definitiva o
temporal. Según el promotor, el documento ambiental ha valorado este impacto teniendo
en cuenta tanto la superficie de afección como el valor global de biodiversidad,
naturalidad y singularidad de las formaciones vegetales afectadas. Se prevé afección a
matorrales, en el caso del vertedero V-0, y prados y pastizales montanos, para el resto,
los cuales tienen un grado de naturalidad bajo. Teniendo en cuenta esto y las bajas
superficies de afección (8,97 ha en el vertedero V-0, y 28,64 ha para los restantes), el
impacto es calificado como compatible.
No obstante, la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio
Climático del Gobierno de Cantabria afirma que en la ubicación del vertedero V-0, existe
también un ecosistema de turbera, el cual no se ha identificado en el documento
ambiental y que tiene alto valor ecológico e interés para la herpetofauna.
cve: BOE-A-2023-12774
Verificable en https://www.boe.es
Vegetación:
Núm. 128
Martes 30 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 74974
documento ambiental, e introduce una serie de indicaciones a tener en cuenta por el
promotor durante la ejecución del proyecto.
Sobre el resto de los vertederos (V-1, V-2, V-3, V-4, V-5A, V-5B y V-6), el organismo
competente en materia de aguas es la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, que indica
que los vertederos se encuentran sobre la cuenca vertiente a la masa de agua superficial
«Río Asón II» código ES078MAR000050, tipo «pequeños ejes cantabroatlánticos calcáreos»,
si bien ninguno en zona de policía del dominio público hidráulico.
Al no prever el documento ambiental afecciones sobre la hidrología superficial y
subterránea, este organismo señala una serie de medidas que deberán ser tenidas en
cuenta por el proyecto.
La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del
Gobierno de Cantabria considera que, aunque no se verá afectado directamente ningún
curso de agua por los rellenos planteados, deberá tenerse en cuenta el efecto indirecto
de las actuaciones sobre los mismos y destaca las siguientes afecciones:
– Contaminación de las aguas por vertidos accidentales durante la fase de obra.
– Incremento de la carga de sedimentos en las cuencas de drenaje afectadas por la
presencia de tierras sin cobertura vegetal durante la fase de obra.
– Modificación de los cauces hídricos superficiales en la fase de explotación debido
a la construcción de los sistemas de drenaje para captar y evacuar las aguas
procedentes de la escorrentía superficial del terreno en el entorno de los vertederos y
aquellas que se filtren en los rellenos.
Además, señala que la zona del relleno del vertedero V-0 presenta pequeños arroyos
superficiales que no han sido tenidos en cuenta en el documento. Con respecto a esta
ubicación, señala también que la realización del relleno V-0 supondrá la afección a un
ecosistema de turbera y la potencial alteración de la calidad de las aguas de los cursos
fluviales que reciben las aguas de las escorrentías que se rellenarán (arroyo innominado
y, posteriormente, el arroyo de Ventorrillo), de forma que se debe prescindir de dicho
vertedero analizando otras ubicaciones cercanas, accesibles, con topografía favorable y
que carezcan de valores ambientales susceptibles de ser protegidos.
Por su parte, la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad del
Gobierno de Cantabria, recuerda la necesidad de garantizar la calidad de las aguas
continentales y de consumo humano, cumpliendo, en todo momento, lo establecido en la
normativa sectorial. Por ello, sugiere incluir dentro del proyecto un Plan de Vigilancia
Ambiental y condiciones que garanticen la calidad de las aguas continentales y de
consumo humano. También indica que se deberá asegurar que los vertidos se realicen
de modo que no comprometan el desarrollo de actividades en las aguas receptoras.
El impacto sobre la vegetación procederá fundamentalmente de la eliminación de la
cubierta vegetal como resultado del despeje y desbroce del terreno en aquellos lugares
en los que se haga necesaria la ocupación de terreno, ya sea de manera definitiva o
temporal. Según el promotor, el documento ambiental ha valorado este impacto teniendo
en cuenta tanto la superficie de afección como el valor global de biodiversidad,
naturalidad y singularidad de las formaciones vegetales afectadas. Se prevé afección a
matorrales, en el caso del vertedero V-0, y prados y pastizales montanos, para el resto,
los cuales tienen un grado de naturalidad bajo. Teniendo en cuenta esto y las bajas
superficies de afección (8,97 ha en el vertedero V-0, y 28,64 ha para los restantes), el
impacto es calificado como compatible.
No obstante, la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio
Climático del Gobierno de Cantabria afirma que en la ubicación del vertedero V-0, existe
también un ecosistema de turbera, el cual no se ha identificado en el documento
ambiental y que tiene alto valor ecológico e interés para la herpetofauna.
cve: BOE-A-2023-12774
Verificable en https://www.boe.es
Vegetación: