III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12642)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Buganvilla Solar PV, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "Serna I Solar", de 107,79 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicadas en Corella y Tudela (Navarra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 74039

alguna en el plazo reglamentario, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, en la que indica que en
cuanto a la Planta Solar Fotovoltaica y a la SET 30/220 kV, no presenta oposición a las
mismas al no existir afecciones con instalaciones propiedad. En cuanto a la Línea de
Evacuación aéreo-subterránea a 220 kV, se informa de que existen varios paralelismos
con líneas propiedad de Red Eléctrica, los cuales son reglamentarios. Respecto a los
cruzamientos hay uno de ellos que no lo es, concretamente al de la línea a 400 kV Santa
Engracia-Serna. También informa en relación a la SET 220/400 kV y la Línea de
Evacuación aérea a 400 kV, ya que puede afectar a las posibilidades de ampliación de
futuros desarrollos de la RdT para el refuerzo en la zona de influencia, lo cual debe
coordinarse con Red Eléctrica. Buganvilla Solar informa de un modificado a su proyecto
de la traza de la línea de 220 kV. Asimismo, al no poner reparos por parte de Buganvilla
Solar, se entiende la aceptación de los condicionados impuestos por el organismo. Se da
traslado a dicho Organismo de la nueva documentación presentada, no habiéndose
recibido contestación alguna en el plazo reglamentario, se entiende la conformidad del
mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre.
No se ha recibido contestación de la Dirección General de Obras Públicas e
Infraestructuras de Navarra, de la Dirección General de Industria del Gobierno de Navarra,
de los Ayuntamientos de Corella y Tudela, de Canal de Navarra, S.A. (CANASA) y de
Renovables de la Ribera, S.L. Se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 18 de mayo de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado», publicando posteriormente el 29 de mayo de 2021 una corrección de
errores, y el 27 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Navarra». Se
recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre dichas alegaciones se puede destacar varias:
− La Mancomunidad de Aguas del Moncayo solicita que se deben investigar las
afecciones a sus instalaciones. Buganvilla Solar solicitó a la Mancomunidad de Aguas
del Moncayo un plano de referencia con las coordenadas de dos arquetas de la tubería
de agua. Con la información facilitada, Buganvilla Solar manifestó que existe distancia
suficiente a la posible afección.
− Autopistas de Navarra, S.A. (AUDENASA), indica debe tenerse en cuenta que las
operaciones de mantenimiento de la autopista y en particular, el periódico refuerzo de
firmes, implican el uso de maquinaria que supera los 9 m de altura (camiones
descargando mezclas asfálticas sobre las extendedoras y avanzando con ellas), razón
por la cual se considera imprescindible que la altura mínima proyectada para los cables
sobre la calzada de la Ap-15 y ramal de conexión con la carretera N-113 sea de 13
metros como altura mínima. Buganvilla Solar responde con un modificado a su proyecto
de la traza de la línea de 220 kV.
− Las sociedades Solen Desarrollos, S.L.U., EDP Renovables España, S.L.U. y
Enerfin Sociedad de Energía S.L.U. indican que existen posibles afecciones sobre
instalaciones de su propiedad y solicitan la modificación del proyecto fotovoltaico.
Buganvilla Solar responde a las alegaciones emitidas e informa de un modificado a su
proyecto de la traza de la línea de 220 kV.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de Salud del
Gobierno de Navarra, a la Agencia de Protección Civil y Emergencias, a la Dirección
General de Cultura Institución Príncipe Viana, al Departamento de Desarrollo Rural y
Medio Natural, al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y

cve: BOE-A-2023-12642
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Núm. 127