III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12614)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Helipuerto de Son Orlandis".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 73776
Se establece una velocidad máxima de despegue de 120 km/h y una velocidad de
aterrizaje aproximada de 30 km/h.
Además, el helipuerto proyectado podrá ser utilizado, en caso de necesidad, por los
helicópteros de transporte de brigadas contraincendios y lanzamiento de agua de la
Consejería de Medio Ambiente y Territorio del Gobierno de las Islas Baleares. En
condiciones normales no se prevé el uso de iluminación artificial y, si fuera necesario
para un aterrizaje seguro, la iluminación la activa el propio piloto cuando se encuentre a
una distancia de 200 m.
Los elementos constructivos principales son las tierras y el hormigón y en caso de
ejecutar estructura metálica se emplearán perfiles de acero y cimentación de hormigón.
La tierra en la zona de ocupación no se convierte en residuo ya que reutiliza en el mismo
terreno. En esta obra se prevé la generación de 1 tonelada de restos de hormigón, 0,5
toneladas de envases y embalajes y 0,5 toneladas de residuos metálicos. Así mismo, no
se prevé la generación ni almacenamiento de residuos peligrosos.
b. Ubicación del proyecto. El helipuerto se localiza en el polígono 10 del término
municipal de Andratx, al noroeste de la isla de Mallorca (Comunidad Autónoma de las
Islas Baleares) a 2 km del puerto de Andratx y a 2,5 km del núcleo urbano de Andratx. El
proyecto que se propone se sitúa en la parcela 46 con una superficie según catastro
de 7.666 m2 y en la que no existe edificación alguna ya que la vivienda existente, a la
que se accede desde el Camí de Son Orlandis, n.º 8, se sitúa en la parcela 22. Las
coordenadas de la ubicación del proyecto en coordenadas UTM Huso 31 son: X: 448823,
Y: 4378849. Las coordenadas del punto de referencia en el sistema WGS84 son: 2° 24’
15,42456" E y 39° 33’ 28,09447" N.
Según el documento ambiental, el helipuerto se plantea en una zona de bancales
agrícolas abandonados, colonizados por vegetación oportunista (mata, acebuches y
algunos pinos), algunos con buen porte especialmente en las lindes y junto a las paredes
de piedra. En el entorno inmediato dominan zonas agrícolas y prados. Se trata de un
suelo calificado como rústico-con clasificación de Área Rural de Interés Paisajístico
según el PTM (SR-ARIP) y de acuerdo con dicho Plan la implantación de infraestructuras
está condicionado al cumplimiento de la norma 19.2.b) del PTM.
En el ámbito de estudio no se localizan espacios de la Red Natura 2000, el más
cercano al helipuerto es la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA)
ES0000519 «Espacio marino del poniente de Mallorca», la cual se localiza en la parte
sur y oeste de la zona de influencia, a una distancia de 2,278 km, del lugar de actuación.
Así mismo, el helipuerto proyectado estará a una distancia de algo más de 5 km de los
siguientes espacios Red Natura 2000: Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y ZEPA
ES0000221 «Sa Dragonera» (a 5,15 km), LIC ES0000222 «La Trapa» (a 5,291 km), LIC
ES5310076 «Serra d’en Salat» (a 5.026 km) y Zonas Especial de Conservación (ZEC)
ES530018 «Serra de Tramuntana» (a 5,026 km). En el entorno de la zona se ubica el
Área Importante para la Conservación de las Aves y la Biodiversidad en España (IBA) n.º
416 «Espacio Marino del Poniente de Mallorca» a 2.945 m, incluido en la ZEPA
ES0000519. Por otro lado, la ubicación del proyecto se encuentra próxima al hábitat de
interés comunitario (HIC) 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos».
Respecto a la fauna, en el entorno inmediato, se han inventariado dos especies,
alcaraván común (Burhinus Oedicnemus) y cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), incluidas
en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE),
aunque no están amenazadas ni son endémicas de las Islas Baleares.
c. Características del potencial impacto. El documento ambiental incluye un análisis
de los impactos potenciales del proyecto sobre todos los factores del medio ambiente
enumerados en el apartado c) del artículo 35 de la Ley de Evaluación Ambiental, y
propone medidas preventivas y correctoras para minimizar dichos impactos. Todos ellos
han sido analizados por el órgano ambiental.
A continuación, se resume la información aportada por el promotor, junto a las
consideraciones realizadas por los organismos consultados respecto a los impactos más
relevantes que han motivado la presente resolución:
cve: BOE-A-2023-12614
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 73776
Se establece una velocidad máxima de despegue de 120 km/h y una velocidad de
aterrizaje aproximada de 30 km/h.
Además, el helipuerto proyectado podrá ser utilizado, en caso de necesidad, por los
helicópteros de transporte de brigadas contraincendios y lanzamiento de agua de la
Consejería de Medio Ambiente y Territorio del Gobierno de las Islas Baleares. En
condiciones normales no se prevé el uso de iluminación artificial y, si fuera necesario
para un aterrizaje seguro, la iluminación la activa el propio piloto cuando se encuentre a
una distancia de 200 m.
Los elementos constructivos principales son las tierras y el hormigón y en caso de
ejecutar estructura metálica se emplearán perfiles de acero y cimentación de hormigón.
La tierra en la zona de ocupación no se convierte en residuo ya que reutiliza en el mismo
terreno. En esta obra se prevé la generación de 1 tonelada de restos de hormigón, 0,5
toneladas de envases y embalajes y 0,5 toneladas de residuos metálicos. Así mismo, no
se prevé la generación ni almacenamiento de residuos peligrosos.
b. Ubicación del proyecto. El helipuerto se localiza en el polígono 10 del término
municipal de Andratx, al noroeste de la isla de Mallorca (Comunidad Autónoma de las
Islas Baleares) a 2 km del puerto de Andratx y a 2,5 km del núcleo urbano de Andratx. El
proyecto que se propone se sitúa en la parcela 46 con una superficie según catastro
de 7.666 m2 y en la que no existe edificación alguna ya que la vivienda existente, a la
que se accede desde el Camí de Son Orlandis, n.º 8, se sitúa en la parcela 22. Las
coordenadas de la ubicación del proyecto en coordenadas UTM Huso 31 son: X: 448823,
Y: 4378849. Las coordenadas del punto de referencia en el sistema WGS84 son: 2° 24’
15,42456" E y 39° 33’ 28,09447" N.
Según el documento ambiental, el helipuerto se plantea en una zona de bancales
agrícolas abandonados, colonizados por vegetación oportunista (mata, acebuches y
algunos pinos), algunos con buen porte especialmente en las lindes y junto a las paredes
de piedra. En el entorno inmediato dominan zonas agrícolas y prados. Se trata de un
suelo calificado como rústico-con clasificación de Área Rural de Interés Paisajístico
según el PTM (SR-ARIP) y de acuerdo con dicho Plan la implantación de infraestructuras
está condicionado al cumplimiento de la norma 19.2.b) del PTM.
En el ámbito de estudio no se localizan espacios de la Red Natura 2000, el más
cercano al helipuerto es la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA)
ES0000519 «Espacio marino del poniente de Mallorca», la cual se localiza en la parte
sur y oeste de la zona de influencia, a una distancia de 2,278 km, del lugar de actuación.
Así mismo, el helipuerto proyectado estará a una distancia de algo más de 5 km de los
siguientes espacios Red Natura 2000: Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y ZEPA
ES0000221 «Sa Dragonera» (a 5,15 km), LIC ES0000222 «La Trapa» (a 5,291 km), LIC
ES5310076 «Serra d’en Salat» (a 5.026 km) y Zonas Especial de Conservación (ZEC)
ES530018 «Serra de Tramuntana» (a 5,026 km). En el entorno de la zona se ubica el
Área Importante para la Conservación de las Aves y la Biodiversidad en España (IBA) n.º
416 «Espacio Marino del Poniente de Mallorca» a 2.945 m, incluido en la ZEPA
ES0000519. Por otro lado, la ubicación del proyecto se encuentra próxima al hábitat de
interés comunitario (HIC) 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos».
Respecto a la fauna, en el entorno inmediato, se han inventariado dos especies,
alcaraván común (Burhinus Oedicnemus) y cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), incluidas
en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE),
aunque no están amenazadas ni son endémicas de las Islas Baleares.
c. Características del potencial impacto. El documento ambiental incluye un análisis
de los impactos potenciales del proyecto sobre todos los factores del medio ambiente
enumerados en el apartado c) del artículo 35 de la Ley de Evaluación Ambiental, y
propone medidas preventivas y correctoras para minimizar dichos impactos. Todos ellos
han sido analizados por el órgano ambiental.
A continuación, se resume la información aportada por el promotor, junto a las
consideraciones realizadas por los organismos consultados respecto a los impactos más
relevantes que han motivado la presente resolución:
cve: BOE-A-2023-12614
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 127