III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-12614)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Helipuerto de Son Orlandis".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Lunes 29 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 73775

a. Características del proyecto. El helipuerto proyectado es de superficie, de uso
privado y de emergencias para permitir la evacuación, en caso necesario, de la vivienda
en cuya parcela se proyecta la instalación, que actualmente no es accesible para
vehículos de emergencia. Estará dotado de un área de aproximación y despegue (FATO)
horizontal de losa de hormigón armado y con pendiente máxima de 2 %. La superficie de
la FATO es de 100 m2, con dimensiones 10 x 10 m en base al diseño de los helicópteros
que van a emplear la instalación. La FATO es coincidente con el área de toma de
contacto y elevación inicial (TLOF). El área de seguridad alrededor de la FATO,
pavimentada con gravas, abarca un rectángulo de 16 x 20 y en ella no se prevé la
existencia de obstáculos, por lo que únicamente es necesario el desbroce y limpieza de
la zona.
La pendiente de la FATO se orienta en un solo agua hacia la vertiente sur, sur-este
de forma que se recojan todas las aguas vertidas en la superficie en una canaleta
perimetral (de 15 cm) de hormigón prefabricado protegida por rejilla metálica. El control
de vertidos fortuitos de aceites o hidrocarburos se realiza mediante materiales
absorbentes instalados en los puntos de salida de los desagües.
El helipuerto cuenta con las siguientes ayudas visuales: indicador de la dirección del
viento (WDI), señal de identificación de helipuerto (H), señal valor D, señal de perímetro
de área de toma de contacto y de elevación inicial, señal de punto de toma de contacto y
posicionamiento y sistema de iluminación de área de toma de contacto y de elevación
inicial. Por otra parte, no cuenta con instalaciones adicionales como calles de rodaje,
plataforma, ni puestos de estacionamiento salvo el existente en la propia FATO y no se
prevén tareas de mantenimiento, ni repostaje, por lo que tampoco son necesarios
hangares en la instalación. No será necesario un cerramiento específico puesto que
cuenta con el preexistente en la finca.
Las actuaciones previstas en el proyecto consisten en el desbroce y movimiento de
tierras y en la ejecución de las obras para la heliplataforma e instalaciones. En fase de
explotación, se prevén cuatro operaciones a la semana (dos aterrizajes y dos
despegues), de manera que el número de operaciones anuales estimadas es de ciento
cuatro, con un máximo de doscientas ocho al año. Se opera en condiciones de vuelo
visual (VFR), en horario H24 (diurno y nocturno). Se establecen como trayectorias
principales los despegues por la cabecera 20 y los aterrizajes por la 02, eliminando las
operaciones por las cabeceras contrarias debido a la presencia de obstáculos y porque
son las que menor afección por ruido generan en las fincas más próximas (cumpliendo
los valores máximos). Así mismo, en la trayectoria hacia el puerto, se corrige la
trayectoria recta para seguir evitando sobrevolar zonas residenciales. Los helicópteros
de referencia que se prevé que operen en la instalación son las siguientes (EC-120 y
R44, o similares en clase performance 2 y 3):
Aeronave

Longitud

MTOW

Rotor

Altura

Eurocopter EC120

11,52 m

1.800 kg

10 m

3,4 m

Robinson R44

11,65 m

1.134 kg

10,1 m

3,3 m

cve: BOE-A-2023-12614
Verificable en https://www.boe.es

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II del título II según los
criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Este procedimiento no comprende el análisis de la evaluación de la seguridad y salud
en el trabajo, de la seguridad aeronáutica, de la planificación urbanística y la ordenación
territorial, ni de otros ámbitos, que poseen normativa reguladora propia e instrumentos
específicos.